El recargo por embarque directo (Direct Additional) es uno de los recargos más comunes en el transporte marítimo internacional. Se refiere al cargo adicional que la naviera cobra por proporcionar un servicio de embarque directo, es decir, cuando la mercancía debe ser transportada desde el puerto de origen hasta el puerto de destino sin transbordo. Generalmente aparece en el transporte de contenedores, especialmente cuando el flete básico no incluye el servicio de embarque directo, o cuando la naviera lo añade para cubrir los mayores costos operativos que implica el embarque directo (como la planificación de rutas, gastos portuarios, consumo de combustible, etc.). Los escenarios de uso más frecuentes son: cuando el crédito documentario exige embarque directo, cuando el cliente lo designa específicamente, o cuando la naturaleza de la mercancía no es apta para transbordo (como productos perecederos o mercancías peligrosas). Notas a tener en cuenta: es necesario confirmar con el agente de carga o la naviera antes de reservar el espacio si el recargo ya está incluido en el flete, para evitar costos adicionales; hay que distinguirlo del recargo por transbordo (Transhipment Additional), ya que este último se genera por el transbordo, mientras que el recargo por embarque directo se genera por no realizar transbordo; asimismo, conviene verificar si el recargo es negociable para obtener una reducción. Este recargo coexiste con el flete básico, el recargo por combustible (BAF), el recargo por depreciación monetaria (CAF), etc., pero su naturaleza es diferente.
📝 Ejemplos
1. El crédito documentario de este lote de mercancías exige envío directo a Hamburgo, por lo que la naviera ha indicado expresamente en su cotización un recargo por envío directo de 150 USD por contenedor de 20 pies. Sírvase confirmar si lo acepta. (Nota: Cuando el crédito documentario exige envío directo, la naviera detalla este recargo por separado, por lo que es necesario negociar con el cliente quién asume el costo.)
2. Debido a que el cliente necesita la mercancía con urgencia y el puerto de destino está congestionado, optamos por el servicio de envío directo. El transitario nos recordó que el recargo por envío directo ya está incluido en el flete marítimo, por lo que no es necesario pagarlo adicionalmente. (Nota: En ocasiones, el recargo ya está incluido en el flete marítimo, por lo que es necesario verificar cuidadosamente el desglose de costos para evitar pagos duplicados.)
💡 Consejos prácticos
Los términos de comercio exterior son la base de la comunicación empresarial internacional
Las prácticas comerciales pueden variar ligeramente según el país
Al usar términos en contratos, especifique la versión aplicable (p. ej., Incoterms 2020)
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