Documento de pago contra aceptación a plazo

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📖 Explicación detallada

D/P a plazo (Documentos contra Pago a plazo) es un tipo de cobranza documentaria en la que el exportador, tras enviar la mercancía, gira una letra a plazo y la entrega junto con los documentos de embarque a un banco para su cobro. El importador debe aceptar la letra antes de que el banco le entregue los documentos, y paga cuando la letra vence. Escenarios de uso: el exportador otorga financiamiento al importador, pero el banco no asume responsabilidad de pago, por lo que el riesgo es mayor que el D/P a la vista y que el crédito documentario. Precauciones: en D/A (Documentos contra Aceptación) los documentos se entregan solo con la aceptación, mientras que en D/P a plazo el banco retiene los documentos hasta el pago después de la aceptación, por lo que el riesgo es menor que en D/A pero mayor que en D/P a la vista; el importador puede negarse a pagar al vencimiento, por lo que el exportador debe evaluar su solvencia; los plazos más comunes son 30, 60 y 90 días. La diferencia con el D/P a la vista radica en el momento de pago, y la diferencia con el D/A radica en las condiciones de entrega de documentos.

📝 Ejemplos

1. Aceptamos liquidar mediante D/P a 60 días vista. Después de que acepte la letra, el banco retendrá los documentos y solo podrá retirar la mercancía tras el pago al vencimiento. (Nota: Especifica el plazo y las condiciones de entrega de documentos.) 2. Debido a sus dificultades de flujo de caja, esta transacción se realizará mediante D/P a plazo de 90 días, pero asegúrese de realizar el pago antes de la fecha de vencimiento; de lo contrario, se generarán gastos de demora. (Nota: Otorga un período de gracia y advierte sobre el riesgo.)

💡 Consejos prácticos

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