El Capítulo 10 abarca los cereales, incluidos los principales cultivos alimentarios como el trigo, el centeno, la cebada, la avena, el maíz, el arroz, el sorgo, el trigo sarraceno y el mijo. Los cereales de este capítulo se refieren a los granos sin elaborar, estén o no descascarillados, pero una vez molidos, refinados o sometidos a otros procesos de elaboración generalmente se clasifican en el Capítulo 11. Este capítulo es el capítulo central del comercio de productos agrícolas, e involucra contingentes arancelarios, cuarentena y otras regulaciones sensibles. La partida 1002 se refiere específicamente al centeno, incluido el centeno para siembra y los demás centenos. El centeno es un cultivo resistente al frío, utilizado principalmente para la elaboración de pan de centeno, whisky, piensos, etc. Esta partida abarca los granos de centeno sin descascarillar o descascarillados, pero no incluye los productos ya molidos en forma de harina (clasificados en la partida 1102) ni los productos sometidos a una elaboración ulterior. Los 2 primeros dígitos, 10, representan el Capítulo 10, Cereales; los dígitos 3.º y 4.º, 02, representan la partida 1002, Centeno; los dígitos 5.º y 6.º, subpartidas, se utilizan para distinguir el centeno para siembra de los demás: 1002.10 corresponde al centeno para siembra y 1002.90 a los demás centenos. El código completo de 6 dígitos es, por ejemplo, 1002.10.00. La división en subpartidas se basa en el uso, y el centeno para siembra debe cumplir normas específicas de cuarentena y de variedades. El centeno se clasifica en la partida 1002 y no en la 1001 (trigo) ni en la 1003 (cebada), debido a que se trata de especies diferentes. El nombre científico del centeno es Secale cereale, y presenta diferencias botánicas claras con los géneros Triticum y Hordeum. Si el centeno ya ha sido molido en forma de harina, se clasifica en la partida 1102; si ha germinado, se clasifica en la partida 1104 o 1107; pero en estado de grano sin elaborar debe clasificarse en la partida 1002.
Capítulo
El Capítulo 10 abarca los cereales, incluidos los principales cultivos alimentarios como el trigo, el centeno, la cebada, la avena, el maíz, el arroz, el sorgo, el trigo sarraceno y el mijo. Los cereales de este capítulo se refieren a los granos sin elaborar, estén o no descascarillados, pero una vez molidos, refinados o sometidos a otros procesos de elaboración generalmente se clasifican en el Capítulo 11. Este capítulo es el capítulo central del comercio de productos agrícolas, e involucra contingentes arancelarios, cuarentena y otras regulaciones sensibles.
Partida
La partida 1002 se refiere específicamente al centeno, incluido el centeno para siembra y los demás centenos. El centeno es un cultivo resistente al frío, utilizado principalmente para la elaboración de pan de centeno, whisky, piensos, etc. Esta partida abarca los granos de centeno sin descascarillar o descascarillados, pero no incluye los productos ya molidos en forma de harina (clasificados en la partida 1102) ni los productos sometidos a una elaboración ulterior.
Desglose
Los 2 primeros dígitos, 10, representan el Capítulo 10, Cereales; los dígitos 3.º y 4.º, 02, representan la partida 1002, Centeno; los dígitos 5.º y 6.º, subpartidas, se utilizan para distinguir el centeno para siembra de los demás: 1002.10 corresponde al centeno para siembra y 1002.90 a los demás centenos. El código completo de 6 dígitos es, por ejemplo, 1002.10.00. La división en subpartidas se basa en el uso, y el centeno para siembra debe cumplir normas específicas de cuarentena y de variedades.
Base de clasificación
El centeno se clasifica en la partida 1002 y no en la 1001 (trigo) ni en la 1003 (cebada), debido a que se trata de especies diferentes. El nombre científico del centeno es Secale cereale, y presenta diferencias botánicas claras con los géneros Triticum y Hordeum. Si el centeno ya ha sido molido en forma de harina, se clasifica en la partida 1102; si ha germinado, se clasifica en la partida 1104 o 1107; pero en estado de grano sin elaborar debe clasificarse en la partida 1002.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico de la mercancía declarada; debe indicarse "centeno" y especificarse si es para siembra. Si es para siembra: Declarar si el lote de centeno se destina a la siembra; el centeno para siembra requiere certificado fitosanitario y descripción de la variedad. Origen: Indicar el país o región de origen del centeno, que debe coincidir con el certificado fitosanitario. Estado de elaboración: Indicar si está descascarillado, molido, germinado, etc.; el grano sin elaborar debe indicarse como "sin elaborar". Grado: Clasificar según indicadores de calidad como peso hectolítrico, impurezas, humedad, etc.; los grados habituales son del 1 al 5. Especificaciones de envasado: Indicar la forma de envasado (en sacos, a granel) y el peso neto por envase, por ejemplo "50 kg/saco". Uso: Indicar el uso final del centeno, como consumo humano, pienso, elaboración de bebidas, uso industrial, etc. Nombre del producto: centeno; Si es para siembra: no para siembra; Origen: Rusia; Estado de elaboración: sin descascarillar, sin moler; Grado: grado 2; Especificaciones de envasado: a granel; Uso: consumo humano. Confundir el centeno para siembra con el no destinado a siembra; el centeno para siembra requiere además aprobación de cuarentena y certificado de variedad. Clasificar erróneamente la harina de centeno en la partida 1002, cuando en realidad debe clasificarse en la partida 1102, con tipos impositivos y condiciones de regulación diferentes. Declarar falsamente el origen, lo que puede afectar las preferencias arancelarias o desencadenar medidas antidumping.
Nombre del producto
Nombre específico de la mercancía declarada; debe indicarse "centeno" y especificarse si es para siembra.
⚠️ Declararlo erróneamente como "trigo" o "cebada", u omitir si es para siembra.
Si es para siembra
Declarar si el lote de centeno se destina a la siembra; el centeno para siembra requiere certificado fitosanitario y descripción de la variedad.
⚠️ Declarar erróneamente centeno para consumo como centeno para siembra, a fin de eludir la cuarentena o los aranceles.
Origen
Indicar el país o región de origen del centeno, que debe coincidir con el certificado fitosanitario.
⚠️ Indicar el origen de forma vaga, por ejemplo "Europa", sin especificar el país.
Estado de elaboración
Indicar si está descascarillado, molido, germinado, etc.; el grano sin elaborar debe indicarse como "sin elaborar".
⚠️ Declarar harina de centeno ya molida bajo la partida 1002, cuando en realidad debe clasificarse en la partida 1102.
Grado
Clasificar según indicadores de calidad como peso hectolítrico, impurezas, humedad, etc.; los grados habituales son del 1 al 5.
⚠️ Indicar un grado que no coincide con el contrato o el informe de inspección de calidad.
Especificaciones de envasado
Indicar la forma de envasado (en sacos, a granel) y el peso neto por envase, por ejemplo "50 kg/saco".
⚠️ Omitir el peso neto o la forma de envasado, lo que impide a la aduana determinar la cantidad.
Uso
Indicar el uso final del centeno, como consumo humano, pienso, elaboración de bebidas, uso industrial, etc.
⚠️ Declarar un uso falso, por ejemplo, declarar como consumo humano el destinado a pienso.
Ejemplo: Nombre del producto: centeno; Si es para siembra: no para siembra; Origen: Rusia; Estado de elaboración: sin descascarillar, sin moler; Grado: grado 2; Especificaciones de envasado: a granel; Uso: consumo humano.
Errores comunes:
Confundir el centeno para siembra con el no destinado a siembra; el centeno para siembra requiere además aprobación de cuarentena y certificado de variedad.
Clasificar erróneamente la harina de centeno en la partida 1002, cuando en realidad debe clasificarse en la partida 1102, con tipos impositivos y condiciones de regulación diferentes.
Declarar falsamente el origen, lo que puede afectar las preferencias arancelarias o desencadenar medidas antidumping.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación son las notas del Capítulo 10 y las notas de subpartida del Arancel de Aduanas de Importación y Exportación. El centeno debe ser grano sin elaborar, esté o no descascarillado. Si ha sido molido, refinado, germinado o sometido a otra elaboración, queda fuera del ámbito de la partida 1002. Asimismo, deben verificarse los textos de las partidas y las notas del Sistema Armonizado para asegurar que la especie sea centeno (Secale cereale). 1001 Trigo y morcajo (tranquillón): Planta del género Triticum, de género diferente al del centeno. La espiga del centeno es delgada y alargada, mientras que la del trigo es más gruesa; además, el centeno es más resistente al frío. 1003 Cebada: Planta del género Hordeum; sus granos suelen tener aristas largas, mientras que el centeno carece de aristas o las tiene cortas. La cebada se utiliza principalmente para elaboración de bebidas y piensos; el centeno, para pan. 1102 Las demás harinas de cereales: El centeno molido en forma de harina se clasifica en la partida 1102; la partida 1002 se limita al grano sin elaborar. Los productos en forma de harina tienen tipos impositivos y regulación diferentes. 1104 Los demás granos elaborados: El centeno descascarillado, triturado, en copos, etc., se clasifica en la partida 1104, como los copos de centeno. La partida 1002 se limita al simple descascarillado. 1005 Maíz: Planta del género Zea; sus granos son más grandes, mientras que los del centeno son delgados y alargados. El maíz se utiliza principalmente para piensos e industria; el centeno, principalmente para consumo humano. Confirmar que la mercancía es grano de centeno, no trigo ni cebada. Confirmar que no ha sido molido, refinado ni germinado, ni sometido a otra elaboración. Confirmar si es para siembra; el centeno para siembra requiere certificado de cuarentena. Verificar si el origen está sujeto a medidas antidumping o limitaciones de contingente. Comprobar que el envasado y el grado coinciden con el contrato.
Base
La base central de clasificación son las notas del Capítulo 10 y las notas de subpartida del Arancel de Aduanas de Importación y Exportación. El centeno debe ser grano sin elaborar, esté o no descascarillado. Si ha sido molido, refinado, germinado o sometido a otra elaboración, queda fuera del ámbito de la partida 1002. Asimismo, deben verificarse los textos de las partidas y las notas del Sistema Armonizado para asegurar que la especie sea centeno (Secale cereale).
Códigos confundidos:
1001 - Trigo y morcajo (tranquillón)
Planta del género Triticum, de género diferente al del centeno. La espiga del centeno es delgada y alargada, mientras que la del trigo es más gruesa; además, el centeno es más resistente al frío.
1003 - Cebada
Planta del género Hordeum; sus granos suelen tener aristas largas, mientras que el centeno carece de aristas o las tiene cortas. La cebada se utiliza principalmente para elaboración de bebidas y piensos; el centeno, para pan.
1102 - Las demás harinas de cereales
El centeno molido en forma de harina se clasifica en la partida 1102; la partida 1002 se limita al grano sin elaborar. Los productos en forma de harina tienen tipos impositivos y regulación diferentes.
1104 - Los demás granos elaborados
El centeno descascarillado, triturado, en copos, etc., se clasifica en la partida 1104, como los copos de centeno. La partida 1002 se limita al simple descascarillado.
1005 - Maíz
Planta del género Zea; sus granos son más grandes, mientras que los del centeno son delgados y alargados. El maíz se utiliza principalmente para piensos e industria; el centeno, principalmente para consumo humano.
Autoverificación:
✓ Confirmar que la mercancía es grano de centeno, no trigo ni cebada.
✓ Confirmar que no ha sido molido, refinado ni germinado, ni sometido a otra elaboración.
✓ Confirmar si es para siembra; el centeno para siembra requiere certificado de cuarentena.
✓ Verificar si el origen está sujeto a medidas antidumping o limitaciones de contingente.
✓ Comprobar que el envasado y el grado coinciden con el contrato.
❓ Preguntas frecuentes
¿El centeno y el triticale tienen el mismo código del SA? No. El triticale es un híbrido de trigo y centeno y generalmente se clasifica como trigo, en la partida 1001. El centeno puro se clasifica en la partida 1002. Debe determinarse según el nombre científico de la especie y el certificado fitosanitario. ¿Qué documentos adicionales se requieren para importar centeno para siembra? El centeno para siembra requiere certificado fitosanitario oficial del país exportador, certificado de aprobación de variedad, solicitud de aprobación de importación de semillas, etc. El centeno no destinado a siembra solo requiere el certificado fitosanitario habitual. ¿La harina de centeno puede clasificarse en la partida 1002? No. La harina de centeno es un producto molido y debe clasificarse en la partida 1102. La partida 1002 solo se aplica al grano de centeno sin elaborar, esté o no descascarillado. ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación del centeno? Puede consultarse el Arancel de Aduanas de Importación y Exportación de la República Popular China o el sitio web de la Administración General de Aduanas, y determinarse el tipo de nación más favorecida, el tipo convencional o el tipo general según el país de origen. Debe prestarse atención a la situación de los contingentes arancelarios. ¿El centeno importado está sujeto a contingentes arancelarios? China aplica contingentes arancelarios al trigo, el maíz, el arroz, etc. Actualmente el centeno no tiene contingente global, pero debe prestarse atención a si existen medidas de salvaguardia temporales o derechos antidumping. ¿Cómo rellenar el "grado" entre los elementos de declaración del centeno? El grado se rellena según la norma nacional o lo pactado en el contrato, con indicadores como peso hectolítrico, impurezas, humedad, etc. Los grados habituales son del 1 al 5 y deben coincidir con el informe de inspección de calidad. ¿Puede utilizarse el centeno para piensos? Sí. Al declarar centeno para piensos, en la casilla de uso se indica "pienso", pero debe cumplir las normas de materias primas para piensos. Si está enmohecido o deteriorado, se prohíbe su importación. ¿Qué inspecciones y cuarentenas deben tramitarse para importar centeno? Debe tramitarse el permiso de cuarentena de animales y plantas para la entrada, presentarse el certificado fitosanitario y aceptarse la inspección aduanera. Debe prestarse especial atención a si transporta plagas cuarentenarias.
Q: ¿El centeno y el triticale tienen el mismo código del SA?
A: No. El triticale es un híbrido de trigo y centeno y generalmente se clasifica como trigo, en la partida 1001. El centeno puro se clasifica en la partida 1002. Debe determinarse según el nombre científico de la especie y el certificado fitosanitario.
Q: ¿Qué documentos adicionales se requieren para importar centeno para siembra?
A: El centeno para siembra requiere certificado fitosanitario oficial del país exportador, certificado de aprobación de variedad, solicitud de aprobación de importación de semillas, etc. El centeno no destinado a siembra solo requiere el certificado fitosanitario habitual.
Q: ¿La harina de centeno puede clasificarse en la partida 1002?
A: No. La harina de centeno es un producto molido y debe clasificarse en la partida 1102. La partida 1002 solo se aplica al grano de centeno sin elaborar, esté o no descascarillado.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación del centeno?
A: Puede consultarse el Arancel de Aduanas de Importación y Exportación de la República Popular China o el sitio web de la Administración General de Aduanas, y determinarse el tipo de nación más favorecida, el tipo convencional o el tipo general según el país de origen. Debe prestarse atención a la situación de los contingentes arancelarios.
Q: ¿El centeno importado está sujeto a contingentes arancelarios?
A: China aplica contingentes arancelarios al trigo, el maíz, el arroz, etc. Actualmente el centeno no tiene contingente global, pero debe prestarse atención a si existen medidas de salvaguardia temporales o derechos antidumping.
Q: ¿Cómo rellenar el "grado" entre los elementos de declaración del centeno?
A: El grado se rellena según la norma nacional o lo pactado en el contrato, con indicadores como peso hectolítrico, impurezas, humedad, etc. Los grados habituales son del 1 al 5 y deben coincidir con el informe de inspección de calidad.
Q: ¿Puede utilizarse el centeno para piensos?
A: Sí. Al declarar centeno para piensos, en la casilla de uso se indica "pienso", pero debe cumplir las normas de materias primas para piensos. Si está enmohecido o deteriorado, se prohíbe su importación.
Q: ¿Qué inspecciones y cuarentenas deben tramitarse para importar centeno?
A: Debe tramitarse el permiso de cuarentena de animales y plantas para la entrada, presentarse el certificado fitosanitario y aceptarse la inspección aduanera. Debe prestarse especial atención a si transporta plagas cuarentenarias.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.