El Capítulo 20 cubre preparaciones de hortalizas, frutas, nueces o demás partes de plantas, incluidos productos preparados o conservados con vinagre o ácido acético, confitados con azúcar, cocidos, preparados o conservados de diversas formas. Este capítulo no incluye alimentos preparados por otros métodos, como productos de panadería (Capítulo 19) o frutas frescas para consumo directo (Capítulo 8). La partida 2008 incluye frutas, nueces y demás partes comestibles de plantas, preparadas o conservadas de otra forma, incluso con adición de azúcar, edulcorante o alcohol, no expresadas ni comprendidas en otras partidas. Productos comunes como mermeladas, jaleas, purés, pastas de fruta, frutas confitadas, nueces tostadas, etc. Los primeros 2 dígitos 20 representan el Capítulo 20: preparaciones de hortalizas, frutas, nueces o demás partes de plantas. Los dígitos 3-4, 08, representan la partida 2008: frutas, nueces y demás partes comestibles de plantas, preparadas o conservadas de otra forma. Los dígitos 5-6, 99, representan la subpartida 200899: las demás preparaciones de frutas, es decir, preparaciones de frutas no especificadas en otras subpartidas de la partida 2008 (como 200811 maníes, 200819 demás nueces, 200820 piñas, 200830 cítricos, 200840 peras, 200850 albaricoques, 200860 cerezas, 200870 melocotones, 200880 fresas, 200891 palmitos, 200893 arándanos, 200897 mezclas de frutas, etc.). Esta mercancía es una preparación de frutas, y su método de elaboración no es conservación en vinagre (2001), confitado con azúcar (2006) ni congelado (0811), ni tampoco mermeladas, jaleas, etc. (2007), por lo que se clasifica en 2008. Dentro de 2008, si no corresponde a una fruta específicamente enumerada (como piña, cítricos, etc.), se clasifica en 200899 las demás.
Capítulo
El Capítulo 20 cubre preparaciones de hortalizas, frutas, nueces o demás partes de plantas, incluidos productos preparados o conservados con vinagre o ácido acético, confitados con azúcar, cocidos, preparados o conservados de diversas formas. Este capítulo no incluye alimentos preparados por otros métodos, como productos de panadería (Capítulo 19) o frutas frescas para consumo directo (Capítulo 8).
Partida
La partida 2008 incluye frutas, nueces y demás partes comestibles de plantas, preparadas o conservadas de otra forma, incluso con adición de azúcar, edulcorante o alcohol, no expresadas ni comprendidas en otras partidas. Productos comunes como mermeladas, jaleas, purés, pastas de fruta, frutas confitadas, nueces tostadas, etc.
Desglose
Los primeros 2 dígitos 20 representan el Capítulo 20: preparaciones de hortalizas, frutas, nueces o demás partes de plantas. Los dígitos 3-4, 08, representan la partida 2008: frutas, nueces y demás partes comestibles de plantas, preparadas o conservadas de otra forma. Los dígitos 5-6, 99, representan la subpartida 200899: las demás preparaciones de frutas, es decir, preparaciones de frutas no especificadas en otras subpartidas de la partida 2008 (como 200811 maníes, 200819 demás nueces, 200820 piñas, 200830 cítricos, 200840 peras, 200850 albaricoques, 200860 cerezas, 200870 melocotones, 200880 fresas, 200891 palmitos, 200893 arándanos, 200897 mezclas de frutas, etc.).
Base de clasificación
Esta mercancía es una preparación de frutas, y su método de elaboración no es conservación en vinagre (2001), confitado con azúcar (2006) ni congelado (0811), ni tampoco mermeladas, jaleas, etc. (2007), por lo que se clasifica en 2008. Dentro de 2008, si no corresponde a una fruta específicamente enumerada (como piña, cítricos, etc.), se clasifica en 200899 las demás.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico de la mercancía declarada, como "mango deshidratado", "conserva de frutas mixtas", etc., debe coincidir con el producto real. Método de elaboración o conservación: Describir detalladamente el proceso de elaboración, como "cocido en azúcar", "tostado", "enlatado", "envasado al vacío", etc. Composición y contenido: Enumerar los componentes principales y sus proporciones, como contenido de fruta, grados Brix, aditivos, etc. Especificaciones de empaque: Indicar la forma de empaque y el peso neto, como "250 g/lata, 24 latas/caja". Marca: Declarar el nombre de la marca; si no tiene, indicar "sin marca". GTIN: Si tiene código de barras comercial, debe declararse; si no, completar "ninguno". Fecha de producción: Declarar la fecha específica de producción, en formato AAAA-MM-DD. Vida útil: Declarar la duración de la vida útil, como "12 meses". Nombre: mango confitado deshidratado; Método de elaboración: cocido en azúcar y luego secado; Composición: mango 80%, azúcar blanco 15%, ácido cítrico 5%; Empaque: 200 g/bolsa, 20 bolsas/caja; Marca: ABC; GTIN: 1234567890123; Fecha de producción: 2023-05-01; Vida útil: 12 meses. Clasificar erróneamente frutas confitadas en 2006; en realidad, 2006 se refiere solo a frutas confitadas y conservadas en jarabe, mientras que 200899 incluye otros métodos de conservación. Ignorar la adición de alcohol; si se añade alcohol y el contenido alcohólico supera el 0.5%, puede clasificarse en 2008 pero debe prestarse atención a la subpartida. Las preparaciones mixtas de frutas que contienen varias frutas deben juzgarse según el componente principal o la subpartida específica, pudiendo clasificarse en 200897.
Nombre del producto
Nombre específico de la mercancía declarada, como "mango deshidratado", "conserva de frutas mixtas", etc., debe coincidir con el producto real.
⚠️ Escribir solo "preparación de frutas" es demasiado general; debe especificarse la variedad y el método de elaboración.
Método de elaboración o conservación
Describir detalladamente el proceso de elaboración, como "cocido en azúcar", "tostado", "enlatado", "envasado al vacío", etc.
⚠️ Declarar erróneamente como "fresco" o "congelado", lo que provoca una clasificación incorrecta.
Composición y contenido
Enumerar los componentes principales y sus proporciones, como contenido de fruta, grados Brix, aditivos, etc.
⚠️ Ocultar la adición de azúcar o alcohol, lo que afecta la clasificación y la tasa impositiva.
Especificaciones de empaque
Indicar la forma de empaque y el peso neto, como "250 g/lata, 24 latas/caja".
⚠️ Omitir la información del peso neto, lo que impide que la aduana lo verifique.
Marca
Declarar el nombre de la marca; si no tiene, indicar "sin marca".
⚠️ La marca no coincide con el producto real, o riesgo de infracción.
GTIN
Si tiene código de barras comercial, debe declararse; si no, completar "ninguno".
⚠️ Completar incorrectamente u omitir.
Fecha de producción
Declarar la fecha específica de producción, en formato AAAA-MM-DD.
⚠️ Completar de forma vaga o incorrecta.
Vida útil
Declarar la duración de la vida útil, como "12 meses".
⚠️ No coincide con la etiqueta.
Ejemplo: Nombre: mango confitado deshidratado; Método de elaboración: cocido en azúcar y luego secado; Composición: mango 80%, azúcar blanco 15%, ácido cítrico 5%; Empaque: 200 g/bolsa, 20 bolsas/caja; Marca: ABC; GTIN: 1234567890123; Fecha de producción: 2023-05-01; Vida útil: 12 meses.
Errores comunes:
Clasificar erróneamente frutas confitadas en 2006; en realidad, 2006 se refiere solo a frutas confitadas y conservadas en jarabe, mientras que 200899 incluye otros métodos de conservación.
Ignorar la adición de alcohol; si se añade alcohol y el contenido alcohólico supera el 0.5%, puede clasificarse en 2008 pero debe prestarse atención a la subpartida.
Las preparaciones mixtas de frutas que contienen varias frutas deben juzgarse según el componente principal o la subpartida específica, pudiendo clasificarse en 200897.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación es: 1) la mercancía es una preparación de frutas; 2) el método de elaboración no es conservación en vinagre, confitado con azúcar (refiriéndose al confitado de 2006), congelado, etc.; 3) no está específicamente enumerada en otras subpartidas de 2008. Debe combinarse con las descripciones de las subpartidas de 2008 en el Arancel de Importación y Exportación y las Notas Explicativas del Sistema Armonizado para confirmar si corresponde a "las demás". 200600 Frutas confitadas: 2006 se refiere a frutas conservadas mediante confitado (inmersión en jarabe), mientras que 200899 incluye otros métodos de conservación como secado, enlatado, etc., y las frutas de 2006 generalmente mantienen su forma original. 200799 Las demás mermeladas, jaleas: 2007 abarca mermeladas, jaleas, purés, pastas de fruta, que son productos homogeneizados obtenidos por cocción, mientras que 200899 generalmente mantiene la forma de la fruta. 081100 Frutas congeladas: 0811 son frutas congeladas, no cocidas ni conservadas, mientras que 200899 son frutas preparadas o conservadas. 200897 Preparaciones mixtas de frutas: 200897 se refiere específicamente a preparaciones de mezclas de frutas, nueces u otras partes comestibles, es decir, productos que contienen dos o más ingredientes diferentes; 200899 se refiere a preparaciones de una sola fruta u otras preparaciones de frutas no enumeradas. Si el producto es una mezcla de frutas, debe considerarse prioritariamente 200897. 200990 Jugos mezclados: 2009 son jugos, que son bebidas líquidas, mientras que 200899 son preparaciones de frutas sólidas o semisólidas. ¿Es una preparación de frutas? ¿El método de elaboración no es conservación en vinagre, confitado con azúcar, congelado? ¿No está enumerada en otras subpartidas de 2008? ¿Es para consumo alimenticio? ¿Ha sido cocida o conservada?
Base
La base central de clasificación es: 1) la mercancía es una preparación de frutas; 2) el método de elaboración no es conservación en vinagre, confitado con azúcar (refiriéndose al confitado de 2006), congelado, etc.; 3) no está específicamente enumerada en otras subpartidas de 2008. Debe combinarse con las descripciones de las subpartidas de 2008 en el Arancel de Importación y Exportación y las Notas Explicativas del Sistema Armonizado para confirmar si corresponde a "las demás".
Códigos confundidos:
200600 - Frutas confitadas
2006 se refiere a frutas conservadas mediante confitado (inmersión en jarabe), mientras que 200899 incluye otros métodos de conservación como secado, enlatado, etc., y las frutas de 2006 generalmente mantienen su forma original.
200799 - Las demás mermeladas, jaleas
2007 abarca mermeladas, jaleas, purés, pastas de fruta, que son productos homogeneizados obtenidos por cocción, mientras que 200899 generalmente mantiene la forma de la fruta.
081100 - Frutas congeladas
0811 son frutas congeladas, no cocidas ni conservadas, mientras que 200899 son frutas preparadas o conservadas.
200897 - Preparaciones mixtas de frutas
200897 se refiere específicamente a preparaciones de mezclas de frutas, nueces u otras partes comestibles, es decir, productos que contienen dos o más ingredientes diferentes; 200899 se refiere a preparaciones de una sola fruta u otras preparaciones de frutas no enumeradas. Si el producto es una mezcla de frutas, debe considerarse prioritariamente 200897.
200990 - Jugos mezclados
2009 son jugos, que son bebidas líquidas, mientras que 200899 son preparaciones de frutas sólidas o semisólidas.
Autoverificación:
✓ ¿Es una preparación de frutas?
✓ ¿El método de elaboración no es conservación en vinagre, confitado con azúcar, congelado?
✓ ¿No está enumerada en otras subpartidas de 2008?
✓ ¿Es para consumo alimenticio?
✓ ¿Ha sido cocida o conservada?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo determinar si una preparación de frutas debe clasificarse en 2008 o 2007? 2007 se refiere a mermeladas, jaleas, purés y productos homogeneizados, generalmente cocidos y convertidos en pasta; 2008 incluye preparaciones que mantienen la forma de la fruta, como enteras, en rodajas, en trozos, etc. Si el producto es un puré homogeneizado, debe clasificarse en 2007; si son trozos de fruta confitada, en 2008. ¿Cuál es la diferencia entre 200899 y 200897? 200897 se refiere específicamente a preparaciones de mezclas de frutas, nueces u otras partes comestibles, es decir, productos que contienen dos o más ingredientes diferentes; 200899 se refiere a preparaciones de una sola fruta u otras preparaciones de frutas no enumeradas. Si el producto es una mezcla de frutas, debe considerarse prioritariamente 200897. ¿En qué código se clasifican las conservas de frutas? Las conservas de frutas generalmente se someten a cocción, enlatado y sellado, pertenecen a frutas conservadas y generalmente se clasifican en 2008. Si es una sola fruta y no está específicamente enumerada, se clasifica en 200899; si es una mezcla de frutas, en 200897. ¿Cómo se clasifican las preparaciones de frutas con alcohol añadido? Si se añade alcohol y el contenido alcohólico supera el 0.5%, aún puede clasificarse en 2008, pero debe prestarse atención a las notas de subpartida. Si el contenido alcohólico es alto, puede considerarse una bebida y clasificarse en el Capítulo 22. Debe juzgarse según el contenido alcohólico y el estado del producto. ¿Cuáles son los errores comunes en los elementos de declaración de 200899? Los errores comunes incluyen: método de elaboración no específico (por ejemplo, escribir solo "procesado"), composición y contenido sin enumerar aditivos, especificaciones de empaque sin peso neto, marca que no coincide con el producto real, etc. Estos errores pueden provocar cuestionamientos de la aduana sobre la clasificación o retrasos en el despacho. ¿Cómo consultar la tasa impositiva de 200899? La tasa impositiva varía según el país, acuerdos comerciales, origen, etc. Se recomienda consultar el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, la Ventanilla Única de Comercio Internacional o herramientas profesionales de consulta arancelaria, ingresando el código HS y el origen para obtener la tasa más actualizada. Para la venta transfronteriza de frutas deshidratadas, ¿debe usarse 200899? Las frutas deshidratadas, si han sido sometidas a confitado, secado u otro tratamiento de conservación y no están específicamente enumeradas, generalmente se clasifican en 200899. Sin embargo, si son frutas liofilizadas, pueden clasificarse en otras subpartidas de 2008 o en 0813 (frutas deshidratadas congeladas), según el método de elaboración. ¿Cómo distinguir 200899 de las frutas confitadas de 200600? 200600 se refiere específicamente a frutas conservadas mediante inmersión en jarabe, que generalmente mantienen su forma original y el jarabe tiene alta concentración; 200899 incluye otros métodos de conservación, como secado, enlatado, envasado al vacío, etc. Si el producto está claramente inmerso en jarabe, debe clasificarse en 2006.
Q: ¿Cómo determinar si una preparación de frutas debe clasificarse en 2008 o 2007?
A: 2007 se refiere a mermeladas, jaleas, purés y productos homogeneizados, generalmente cocidos y convertidos en pasta; 2008 incluye preparaciones que mantienen la forma de la fruta, como enteras, en rodajas, en trozos, etc. Si el producto es un puré homogeneizado, debe clasificarse en 2007; si son trozos de fruta confitada, en 2008.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre 200899 y 200897?
A: 200897 se refiere específicamente a preparaciones de mezclas de frutas, nueces u otras partes comestibles, es decir, productos que contienen dos o más ingredientes diferentes; 200899 se refiere a preparaciones de una sola fruta u otras preparaciones de frutas no enumeradas. Si el producto es una mezcla de frutas, debe considerarse prioritariamente 200897.
Q: ¿En qué código se clasifican las conservas de frutas?
A: Las conservas de frutas generalmente se someten a cocción, enlatado y sellado, pertenecen a frutas conservadas y generalmente se clasifican en 2008. Si es una sola fruta y no está específicamente enumerada, se clasifica en 200899; si es una mezcla de frutas, en 200897.
Q: ¿Cómo se clasifican las preparaciones de frutas con alcohol añadido?
A: Si se añade alcohol y el contenido alcohólico supera el 0.5%, aún puede clasificarse en 2008, pero debe prestarse atención a las notas de subpartida. Si el contenido alcohólico es alto, puede considerarse una bebida y clasificarse en el Capítulo 22. Debe juzgarse según el contenido alcohólico y el estado del producto.
Q: ¿Cuáles son los errores comunes en los elementos de declaración de 200899?
A: Los errores comunes incluyen: método de elaboración no específico (por ejemplo, escribir solo "procesado"), composición y contenido sin enumerar aditivos, especificaciones de empaque sin peso neto, marca que no coincide con el producto real, etc. Estos errores pueden provocar cuestionamientos de la aduana sobre la clasificación o retrasos en el despacho.
Q: ¿Cómo consultar la tasa impositiva de 200899?
A: La tasa impositiva varía según el país, acuerdos comerciales, origen, etc. Se recomienda consultar el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, la Ventanilla Única de Comercio Internacional o herramientas profesionales de consulta arancelaria, ingresando el código HS y el origen para obtener la tasa más actualizada.
Q: Para la venta transfronteriza de frutas deshidratadas, ¿debe usarse 200899?
A: Las frutas deshidratadas, si han sido sometidas a confitado, secado u otro tratamiento de conservación y no están específicamente enumeradas, generalmente se clasifican en 200899. Sin embargo, si son frutas liofilizadas, pueden clasificarse en otras subpartidas de 2008 o en 0813 (frutas deshidratadas congeladas), según el método de elaboración.
Q: ¿Cómo distinguir 200899 de las frutas confitadas de 200600?
A: 200600 se refiere específicamente a frutas conservadas mediante inmersión en jarabe, que generalmente mantienen su forma original y el jarabe tiene alta concentración; 200899 incluye otros métodos de conservación, como secado, enlatado, envasado al vacío, etc. Si el producto está claramente inmerso en jarabe, debe clasificarse en 2006.
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