El Capítulo 20 abarca las preparaciones de hortalizas, frutas, frutos secos o demás partes de plantas, incluidas las preparadas mediante vinagre, azúcar, cocción, salazón u otros métodos. Este capítulo tiene como objetivo distinguir los productos agrícolas primarios de los alimentos sometidos a transformación profunda, cuyo procesamiento generalmente implica la adición de condimentos, conservantes o la modificación de la forma del producto. Los productos como confituras, jaleas, purés de frutas, etc., pertenecen a este capítulo, pero debe tenerse en cuenta la distinción con el Capítulo 8 (frutas y frutos secos comestibles) y el Capítulo 19 (preparaciones a base de cereales, harinas). La partida 2007 abarca específicamente las confituras, jaleas, purés y pastas de frutas, o de frutos secos, y preparaciones similares, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante. Incluye los productos obtenidos por cocción de frutas, frutos secos u otras partes de plantas, cuya textura suele ser semilíquida o pastosa. Esta partida no incluye los productos conservados con vinagre o ácido acético (partida 2001), las hortalizas conservadas con azúcar (partida 2004) ni el praliné o mazapán (partida 1704). Los 2 primeros dígitos = 20, representan el Capítulo 20, que abarca las preparaciones de hortalizas, frutas, frutos secos o demás partes de plantas. Los dígitos 3-4 = 07, representan la partida 2007, es decir, confituras, jaleas, purés y pastas de frutas. Los dígitos 5-6 = 99, representan la subpartida 2007.99, es decir, las demás confituras. Esta subpartida se subdivide a su vez en 2007.91 (frutos cítricos) y 2007.99 (las demás), donde 2007.99 incluye las confituras de frutas no cítricas, como fresa, manzana, melocotón, etc. El código 200799 se refiere a las confituras de frutas distintas de los frutos cítricos. Esta mercancía se clasifica en 200799 porque es una confitura semilíquida elaborada a partir de frutas mediante cocción y adición de azúcar, y el tipo de fruta no es cítrico. Si fuera confitura de frutos cítricos se clasificaría en 200791; si fuera confitura conservada con vinagre se clasificaría en 2001; si fuera un producto homogeneizado se clasificaría en 2007.10. Además, si la confitura se destina a alimentos infantiles o sustitutivos de comidas, podría clasificarse en 2106 o 1901.
Capítulo
El Capítulo 20 abarca las preparaciones de hortalizas, frutas, frutos secos o demás partes de plantas, incluidas las preparadas mediante vinagre, azúcar, cocción, salazón u otros métodos. Este capítulo tiene como objetivo distinguir los productos agrícolas primarios de los alimentos sometidos a transformación profunda, cuyo procesamiento generalmente implica la adición de condimentos, conservantes o la modificación de la forma del producto. Los productos como confituras, jaleas, purés de frutas, etc., pertenecen a este capítulo, pero debe tenerse en cuenta la distinción con el Capítulo 8 (frutas y frutos secos comestibles) y el Capítulo 19 (preparaciones a base de cereales, harinas).
Partida
La partida 2007 abarca específicamente las confituras, jaleas, purés y pastas de frutas, o de frutos secos, y preparaciones similares, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante. Incluye los productos obtenidos por cocción de frutas, frutos secos u otras partes de plantas, cuya textura suele ser semilíquida o pastosa. Esta partida no incluye los productos conservados con vinagre o ácido acético (partida 2001), las hortalizas conservadas con azúcar (partida 2004) ni el praliné o mazapán (partida 1704).
Desglose
Los 2 primeros dígitos = 20, representan el Capítulo 20, que abarca las preparaciones de hortalizas, frutas, frutos secos o demás partes de plantas. Los dígitos 3-4 = 07, representan la partida 2007, es decir, confituras, jaleas, purés y pastas de frutas. Los dígitos 5-6 = 99, representan la subpartida 2007.99, es decir, las demás confituras. Esta subpartida se subdivide a su vez en 2007.91 (frutos cítricos) y 2007.99 (las demás), donde 2007.99 incluye las confituras de frutas no cítricas, como fresa, manzana, melocotón, etc. El código 200799 se refiere a las confituras de frutas distintas de los frutos cítricos.
Base de clasificación
Esta mercancía se clasifica en 200799 porque es una confitura semilíquida elaborada a partir de frutas mediante cocción y adición de azúcar, y el tipo de fruta no es cítrico. Si fuera confitura de frutos cítricos se clasificaría en 200791; si fuera confitura conservada con vinagre se clasificaría en 2001; si fuera un producto homogeneizado se clasificaría en 2007.10. Además, si la confitura se destina a alimentos infantiles o sustitutivos de comidas, podría clasificarse en 2106 o 1901.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Indicar el nombre específico de la mercancía, como confitura de fresa, compota de manzana, etc., que debe coincidir con el producto real. Composición: Enumerar los componentes principales y su contenido, incluidos frutas, azúcar, aditivos, etc., en porcentaje en peso. Método de elaboración: Explicar el método de procesamiento, como cocción, concentración, esterilización, etc., y si se añaden conservantes. Especificaciones del envase: Indicar el tipo de envase y el peso neto, como frasco, lata, cantidad por caja, etc. Marca: Indicar el nombre de la marca; si no tiene marca, indicar "sin marca". Fecha de producción: Indicar la fecha de producción o el número de lote, para trazabilidad y verificación de la vida útil. País de origen: Indicar el país (región) de origen de la mercancía, para determinar la tasa impositiva y los acuerdos comerciales. Nombre del producto: confitura de fresa; Composición: fresa 60%, azúcar blanco 35%, pectina 3%, ácido cítrico 2%; Método de elaboración: cocción, concentración, esterilización; Especificaciones del envase: 200 g/frasco, 24 frascos/caja; Marca: XX; Fecha de producción: 2025-01-01; País de origen: China. No distinguir entre frutos cítricos y otras frutas, lo que provoca un error en la subpartida. No indicar el grado de azúcar en la composición, lo que puede confundirse con frutas confitadas. Descripción incompleta del método de elaboración, por ejemplo, no mencionar la cocción, lo que puede llevar a clasificarlo en 2008. No indicar envase para venta al por menor en las especificaciones del envase, lo que afecta la clasificación.
Nombre del producto
Indicar el nombre específico de la mercancía, como confitura de fresa, compota de manzana, etc., que debe coincidir con el producto real.
⚠️ Escribir solo "confitura" sin indicar el tipo de fruta, lo que genera controversia en la clasificación.
Composición
Enumerar los componentes principales y su contenido, incluidos frutas, azúcar, aditivos, etc., en porcentaje en peso.
⚠️ No indicar el grado de azúcar o el contenido de fruta, lo que afecta la clasificación y la valoración aduanera.
Método de elaboración
Explicar el método de procesamiento, como cocción, concentración, esterilización, etc., y si se añaden conservantes.
⚠️ Omitir procesos clave como la "cocción", lo que puede llevar a una clasificación errónea en otra partida.
Especificaciones del envase
Indicar el tipo de envase y el peso neto, como frasco, lata, cantidad por caja, etc.
⚠️ No indicar si es envase para venta al por menor o envase a granel, lo que afecta la aplicación de la tasa impositiva.
Marca
Indicar el nombre de la marca; si no tiene marca, indicar "sin marca".
⚠️ La marca no coincide con el producto real, lo que genera problemas de propiedad intelectual.
Fecha de producción
Indicar la fecha de producción o el número de lote, para trazabilidad y verificación de la vida útil.
⚠️ Formato incorrecto o no proporcionada, lo que afecta la inspección aduanera.
País de origen
Indicar el país (región) de origen de la mercancía, para determinar la tasa impositiva y los acuerdos comerciales.
⚠️ Indicar erróneamente el país de tránsito, lo que provoca una determinación incorrecta del origen.
Ejemplo: Nombre del producto: confitura de fresa; Composición: fresa 60%, azúcar blanco 35%, pectina 3%, ácido cítrico 2%; Método de elaboración: cocción, concentración, esterilización; Especificaciones del envase: 200 g/frasco, 24 frascos/caja; Marca: XX; Fecha de producción: 2025-01-01; País de origen: China.
Errores comunes:
No distinguir entre frutos cítricos y otras frutas, lo que provoca un error en la subpartida.
No indicar el grado de azúcar en la composición, lo que puede confundirse con frutas confitadas.
Descripción incompleta del método de elaboración, por ejemplo, no mencionar la cocción, lo que puede llevar a clasificarlo en 2008.
No indicar envase para venta al por menor en las especificaciones del envase, lo que afecta la clasificación.
🎯 Lógica de clasificación
La base fundamental de clasificación es: 1) el producto es una confitura semilíquida elaborada a partir de frutas mediante cocción y adición de azúcar; 2) el tipo de fruta no es cítrico; 3) no está conservado con vinagre o ácido acético; 4) no es un producto homogeneizado. Debe consultarse la interpretación de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado para la partida 2007, a fin de confirmar que el producto cumple con la definición de confitura. 200791 Confituras de frutos cítricos: Se aplica únicamente a las confituras elaboradas con frutos cítricos (como naranja, limón), mientras que 200799 se aplica a otras frutas. 2001 Hortalizas y frutas conservadas con vinagre: Productos conservados con vinagre o ácido acético, mientras que 2007 son productos cocidos con azúcar. 2008 Las demás preparaciones de frutas: Incluye frutas no cocidas o que no tienen forma de confitura, como conservas, frutas secas, etc. 1704 Artículos de confitería: No contienen fruta o la fruta solo se utiliza como aromatizante, siendo el componente principal el azúcar. 2106 Las demás preparaciones alimenticias: Se utiliza para dietas especiales o alimentos no denominados, como cuando la confitura se usa como complemento dietético. ¿La fruta es cítrica? ¿El método de elaboración es cocción con azúcar? ¿El producto es una confitura semilíquida? ¿Está conservado con vinagre o ácido acético? ¿Es un producto homogeneizado?
Base
La base fundamental de clasificación es: 1) el producto es una confitura semilíquida elaborada a partir de frutas mediante cocción y adición de azúcar; 2) el tipo de fruta no es cítrico; 3) no está conservado con vinagre o ácido acético; 4) no es un producto homogeneizado. Debe consultarse la interpretación de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado para la partida 2007, a fin de confirmar que el producto cumple con la definición de confitura.
Códigos confundidos:
200791 - Confituras de frutos cítricos
Se aplica únicamente a las confituras elaboradas con frutos cítricos (como naranja, limón), mientras que 200799 se aplica a otras frutas.
2001 - Hortalizas y frutas conservadas con vinagre
Productos conservados con vinagre o ácido acético, mientras que 2007 son productos cocidos con azúcar.
2008 - Las demás preparaciones de frutas
Incluye frutas no cocidas o que no tienen forma de confitura, como conservas, frutas secas, etc.
1704 - Artículos de confitería
No contienen fruta o la fruta solo se utiliza como aromatizante, siendo el componente principal el azúcar.
2106 - Las demás preparaciones alimenticias
Se utiliza para dietas especiales o alimentos no denominados, como cuando la confitura se usa como complemento dietético.
Autoverificación:
✓ ¿La fruta es cítrica?
✓ ¿El método de elaboración es cocción con azúcar?
✓ ¿El producto es una confitura semilíquida?
✓ ¿Está conservado con vinagre o ácido acético?
✓ ¿Es un producto homogeneizado?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar la tasa de importación de 200799? Puede consultarse a través del sitio web de la Administración General de Aduanas de China o la "Ventanilla Única", ingresando el código HS 200799, seleccionando el país de origen y el modo de comercio; el sistema mostrará la tasa de nación más favorecida, la tasa preferencial, etc. Tenga en cuenta que las tasas pueden ajustarse según las políticas; se recomienda consultar la información más reciente publicada. ¿Cuál es la diferencia en la clasificación HS entre confitura y puré de frutas? Tanto la confitura como el puré de frutas generalmente se clasifican en 2007, pero el puré puede estar homogeneizado; si está homogeneizado se clasifica en 2007.10, de lo contrario se clasifica según el tipo de fruta en 2007.91 o 2007.99. ¿Qué certificaciones se necesitan para exportar confitura a la Unión Europea? Debe cumplir con la legislación alimentaria de la UE, como el Reglamento EC 178/2002; posiblemente se requieran certificaciones HACCP, ISO22000, y cumplir con los requisitos de etiquetado, restricciones de aditivos, etc. Consulte a organismos especializados para más detalles. ¿Cuál es la diferencia en los elementos de declaración entre 200799 y 200791? Los elementos de declaración son básicamente los mismos, pero en 200791 debe especificarse el tipo de fruto cítrico, como naranja, limón; en 200799 debe indicarse la fruta específica, como fresa, manzana. Si la confitura contiene frutos secos, ¿cómo se clasifica? Si los frutos secos solo se utilizan como aromatizante y la característica principal es la confitura, se clasifica en 2007; si los frutos secos son el componente principal, podría clasificarse en 2008. Debe determinarse según la proporción de los componentes y el método de elaboración. Para la venta de confitura en comercio electrónico transfronterizo, ¿cómo elegir el código HS? Se elige según el tipo de fruta y el método de elaboración de la confitura; las no cítricas se clasifican en 200799, las cítricas en 200791. Debe proporcionarse información de declaración precisa para evitar retrasos en el despacho de aduanas. ¿La vida útil de la confitura afecta la clasificación HS? La vida útil en sí no afecta la clasificación, pero el método de elaboración (como la esterilización) puede afectarla. La clasificación se basa en la composición del producto y el proceso de elaboración, no en la vida útil. ¿Cómo determinar si una confitura es un producto homogeneizado? Los productos homogeneizados son aquellos en los que la fruta ha sido sometida a un tratamiento de homogeneización, con una textura uniforme y fina, generalmente destinados a alimentos infantiles. Si cumple con la definición de homogeneizado, se clasifica en 2007.10; de lo contrario, se clasifica según el tipo de fruta.
Q: ¿Cómo consultar la tasa de importación de 200799?
A: Puede consultarse a través del sitio web de la Administración General de Aduanas de China o la "Ventanilla Única", ingresando el código HS 200799, seleccionando el país de origen y el modo de comercio; el sistema mostrará la tasa de nación más favorecida, la tasa preferencial, etc. Tenga en cuenta que las tasas pueden ajustarse según las políticas; se recomienda consultar la información más reciente publicada.
Q: ¿Cuál es la diferencia en la clasificación HS entre confitura y puré de frutas?
A: Tanto la confitura como el puré de frutas generalmente se clasifican en 2007, pero el puré puede estar homogeneizado; si está homogeneizado se clasifica en 2007.10, de lo contrario se clasifica según el tipo de fruta en 2007.91 o 2007.99.
Q: ¿Qué certificaciones se necesitan para exportar confitura a la Unión Europea?
A: Debe cumplir con la legislación alimentaria de la UE, como el Reglamento EC 178/2002; posiblemente se requieran certificaciones HACCP, ISO22000, y cumplir con los requisitos de etiquetado, restricciones de aditivos, etc. Consulte a organismos especializados para más detalles.
Q: ¿Cuál es la diferencia en los elementos de declaración entre 200799 y 200791?
A: Los elementos de declaración son básicamente los mismos, pero en 200791 debe especificarse el tipo de fruto cítrico, como naranja, limón; en 200799 debe indicarse la fruta específica, como fresa, manzana.
Q: Si la confitura contiene frutos secos, ¿cómo se clasifica?
A: Si los frutos secos solo se utilizan como aromatizante y la característica principal es la confitura, se clasifica en 2007; si los frutos secos son el componente principal, podría clasificarse en 2008. Debe determinarse según la proporción de los componentes y el método de elaboración.
Q: Para la venta de confitura en comercio electrónico transfronterizo, ¿cómo elegir el código HS?
A: Se elige según el tipo de fruta y el método de elaboración de la confitura; las no cítricas se clasifican en 200799, las cítricas en 200791. Debe proporcionarse información de declaración precisa para evitar retrasos en el despacho de aduanas.
Q: ¿La vida útil de la confitura afecta la clasificación HS?
A: La vida útil en sí no afecta la clasificación, pero el método de elaboración (como la esterilización) puede afectarla. La clasificación se basa en la composición del producto y el proceso de elaboración, no en la vida útil.
Q: ¿Cómo determinar si una confitura es un producto homogeneizado?
A: Los productos homogeneizados son aquellos en los que la fruta ha sido sometida a un tratamiento de homogeneización, con una textura uniforme y fina, generalmente destinados a alimentos infantiles. Si cumple con la definición de homogeneizado, se clasifica en 2007.10; de lo contrario, se clasifica según el tipo de fruta.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.