El Capítulo 12 comprende semillas y frutos oleaginosos, semillas y frutos diversos, plantas industriales o medicinales, paja, esparto y forrajes. Las mercancías de este capítulo son en su mayoría productos vegetales primarios, incluidos cultivos oleaginosos como soja, maní, semillas de lino, semillas de colza y semillas de girasol, así como lúpulo, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar. La característica clave es que no han sido sometidos a procesamiento profundo o solo a un tratamiento primario, como tostado o molienda, pero debe tenerse en cuenta que el maní tostado sigue clasificándose en este capítulo, mientras que si se elabora further como alimento puede clasificarse en el Capítulo 20. La partida 1202 comprende maní sin tostar o tostado, incluso sin cáscara o quebrantado. Incluye específicamente maní para siembra, demás maní sin tostar (sin cáscara o con cáscara), y maní tostado (sin cáscara o con cáscara). Nota: la mantequilla de maní, el aceite de maní y otros productos de procesamiento profundo no se clasifican en esta partida; el maní tostado si se sazona further o se convierte en aperitivo puede clasificarse en el Capítulo 20. Esta partida se refiere principalmente al maní con procesamiento primario destinado a la extracción de aceite o al consumo directo. El código 120220 tiene 6 dígitos. Los primeros 2 dígitos "12" representan el Capítulo 12: semillas y frutos oleaginosos, semillas y frutos diversos, plantas industriales o medicinales, paja, esparto y forrajes. Los dígitos 3-4 "02" representan la partida 1202: maní sin tostar o tostado, incluso sin cáscara o quebrantado. Los dígitos 5-6 "20" representan la subpartida 1202.20: maní tostado. Nota: 1202.10 es maní para siembra, 1202.30 es demás maní sin tostar. Por lo tanto, 120220 se refiere específicamente al maní que ha sido sometido a tostado, ya sea sin cáscara o quebrantado. El maní tostado se clasifica en 120220 porque ha sido tostado pero no procesado further como alimento. Si el maní no está tostado, se clasifica en 120230 (demás maní sin tostar); si es para siembra, se clasifica en 120210. Si después del tostado se sazona o se elabora mantequilla de maní, caramelos de maní, etc., excede el ámbito del Capítulo 12 y debe clasificarse en el Capítulo 20 (por ejemplo, 2008). Por lo tanto, el tostado es el límite clave de procesamiento, pero no cambia su atributo básico como semilla oleaginosa.
Capítulo
El Capítulo 12 comprende semillas y frutos oleaginosos, semillas y frutos diversos, plantas industriales o medicinales, paja, esparto y forrajes. Las mercancías de este capítulo son en su mayoría productos vegetales primarios, incluidos cultivos oleaginosos como soja, maní, semillas de lino, semillas de colza y semillas de girasol, así como lúpulo, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar. La característica clave es que no han sido sometidos a procesamiento profundo o solo a un tratamiento primario, como tostado o molienda, pero debe tenerse en cuenta que el maní tostado sigue clasificándose en este capítulo, mientras que si se elabora further como alimento puede clasificarse en el Capítulo 20.
Partida
La partida 1202 comprende maní sin tostar o tostado, incluso sin cáscara o quebrantado. Incluye específicamente maní para siembra, demás maní sin tostar (sin cáscara o con cáscara), y maní tostado (sin cáscara o con cáscara). Nota: la mantequilla de maní, el aceite de maní y otros productos de procesamiento profundo no se clasifican en esta partida; el maní tostado si se sazona further o se convierte en aperitivo puede clasificarse en el Capítulo 20. Esta partida se refiere principalmente al maní con procesamiento primario destinado a la extracción de aceite o al consumo directo.
Desglose
El código 120220 tiene 6 dígitos. Los primeros 2 dígitos "12" representan el Capítulo 12: semillas y frutos oleaginosos, semillas y frutos diversos, plantas industriales o medicinales, paja, esparto y forrajes. Los dígitos 3-4 "02" representan la partida 1202: maní sin tostar o tostado, incluso sin cáscara o quebrantado. Los dígitos 5-6 "20" representan la subpartida 1202.20: maní tostado. Nota: 1202.10 es maní para siembra, 1202.30 es demás maní sin tostar. Por lo tanto, 120220 se refiere específicamente al maní que ha sido sometido a tostado, ya sea sin cáscara o quebrantado.
Base de clasificación
El maní tostado se clasifica en 120220 porque ha sido tostado pero no procesado further como alimento. Si el maní no está tostado, se clasifica en 120230 (demás maní sin tostar); si es para siembra, se clasifica en 120210. Si después del tostado se sazona o se elabora mantequilla de maní, caramelos de maní, etc., excede el ámbito del Capítulo 12 y debe clasificarse en el Capítulo 20 (por ejemplo, 2008). Por lo tanto, el tostado es el límite clave de procesamiento, pero no cambia su atributo básico como semilla oleaginosa.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Nombre específico de la mercancía declarada, que debe reflejar con precisión el estado de la mercancía, como "maní tostado sin cáscara" o "maní tostado con cáscara". Si está tostado: Indicar claramente si ha sido sometido a tostado, siendo el tostado la condición clave para clasificar en 120220. Si está sin cáscara: Indicar si el maní tiene cáscara o no, lo que afecta la subdivisión de subpartidas pero todos permanecen bajo 120220. Si está quebrantado: Indicar si el maní ha sido quebrantado, lo cual no afecta la clasificación en 120220. Método de procesamiento: Describir detalladamente el método de procesamiento, como temperatura y tiempo de tostado, si está sazonado, etc. Uso: Declarar el uso del maní, como consumo alimentario, extracción de aceite, materia prima para procesamiento de alimentos, etc. Marca: Si tiene marca, declarar el nombre de la marca; si no tiene marca, puede declararse "ninguna". Especificaciones de embalaje: Declarar el método y las especificaciones de embalaje, como en bolsas, en cajas, peso neto, etc. Nombre de la mercancía: maní tostado sin cáscara; Si está tostado: sí; Si está sin cáscara: sin cáscara; Si está quebrantado: no; Método de procesamiento: tostado a 150°C durante 30 minutos, sin sazonar; Uso: consumo directo; Marca: ABC; Especificaciones de embalaje: 25 kg/bolsa. No declarar claramente si está tostado, lo que puede resultar en clasificación en 120230. Omitir la condición de sazonado; si está sazonado puede clasificarse en 2008, en lugar de 120220. Confundir sin cáscara con con cáscara; aunque ambos pertenecen a 120220, afecta las estadísticas.
Nombre de la mercancía
Nombre específico de la mercancía declarada, que debe reflejar con precisión el estado de la mercancía, como "maní tostado sin cáscara" o "maní tostado con cáscara".
⚠️ Escribir solo "maní" sin indicar si está tostado, lo que genera controversia de clasificación.
Si está tostado
Indicar claramente si ha sido sometido a tostado, siendo el tostado la condición clave para clasificar en 120220.
⚠️ Declarar erróneamente maní sin tostar como tostado, o viceversa.
Si está sin cáscara
Indicar si el maní tiene cáscara o no, lo que afecta la subdivisión de subpartidas pero todos permanecen bajo 120220.
⚠️ Omitir el estado de descascarado, resultando en una declaración incompleta.
Si está quebrantado
Indicar si el maní ha sido quebrantado, lo cual no afecta la clasificación en 120220.
⚠️ Clasificar erróneamente maní quebrantado en otros códigos.
Método de procesamiento
Describir detalladamente el método de procesamiento, como temperatura y tiempo de tostado, si está sazonado, etc.
⚠️ No indicar si está sazonado; si está sazonado puede clasificarse en el Capítulo 20.
Uso
Declarar el uso del maní, como consumo alimentario, extracción de aceite, materia prima para procesamiento de alimentos, etc.
⚠️ Descripción de uso vaga, como "consumo" sin distinguir entre consumo directo o procesamiento.
Marca
Si tiene marca, declarar el nombre de la marca; si no tiene marca, puede declararse "ninguna".
⚠️ Omitir la marca, resultando en elementos de declaración incompletos.
Especificaciones de embalaje
Declarar el método y las especificaciones de embalaje, como en bolsas, en cajas, peso neto, etc.
⚠️ Descripción poco clara de las especificaciones de embalaje, afectando las estadísticas aduaneras.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: maní tostado sin cáscara; Si está tostado: sí; Si está sin cáscara: sin cáscara; Si está quebrantado: no; Método de procesamiento: tostado a 150°C durante 30 minutos, sin sazonar; Uso: consumo directo; Marca: ABC; Especificaciones de embalaje: 25 kg/bolsa.
Errores comunes:
No declarar claramente si está tostado, lo que puede resultar en clasificación en 120230.
Omitir la condición de sazonado; si está sazonado puede clasificarse en 2008, en lugar de 120220.
Confundir sin cáscara con con cáscara; aunque ambos pertenecen a 120220, afecta las estadísticas.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación es el estado de procesamiento de la mercancía. El maní tostado debe haber sido sometido a tostado, pero no sazonado further ni convertido en alimento. El tostado es la clave que lo distingue del maní sin tostar (120230). Asimismo, debe confirmarse si es para siembra (120210). Si el maní después del tostado se sazona o se elabora mantequilla de maní, etc., excede el Capítulo 12 y se clasifica en el Capítulo 20. Además, el quebrantado y el descascarado no afectan la clasificación en 120220, pero deben indicarse en la declaración. 120230 Demás maní sin tostar: 120230 es maní sin tostar, mientras que 120220 es maní tostado. La diferencia central radica en si ha sido sometido a tostado. 120210 Maní para siembra: 120210 es maní para siembra, independientemente de si está tostado, pero en la práctica el maní para siembra generalmente no está tostado. Si está tostado puede aún clasificarse en 120220, pero si el propósito de siembra es claro se clasifica en 120210. 200811 Mantequilla de maní: 200811 es mantequilla de maní, elaborada mediante molienda, sazonado y otros procesamientos profundos, que excede el ámbito del Capítulo 12. 200819 Demás maní preparado o conservado: 200819 incluye maní tostado y sazonado o maní convertido en aperitivo, mientras que 120220 se refiere únicamente a maní simplemente tostado sin sazonar. ¿Ha sido sometido a tostado? ¿Está sazonado o procesado further? ¿Es para siembra? ¿Está sin cáscara o quebrantado? ¿Se destina a extracción de aceite o consumo directo?
Base
La base central de clasificación es el estado de procesamiento de la mercancía. El maní tostado debe haber sido sometido a tostado, pero no sazonado further ni convertido en alimento. El tostado es la clave que lo distingue del maní sin tostar (120230). Asimismo, debe confirmarse si es para siembra (120210). Si el maní después del tostado se sazona o se elabora mantequilla de maní, etc., excede el Capítulo 12 y se clasifica en el Capítulo 20. Además, el quebrantado y el descascarado no afectan la clasificación en 120220, pero deben indicarse en la declaración.
Códigos confundidos:
120230 - Demás maní sin tostar
120230 es maní sin tostar, mientras que 120220 es maní tostado. La diferencia central radica en si ha sido sometido a tostado.
120210 - Maní para siembra
120210 es maní para siembra, independientemente de si está tostado, pero en la práctica el maní para siembra generalmente no está tostado. Si está tostado puede aún clasificarse en 120220, pero si el propósito de siembra es claro se clasifica en 120210.
200811 - Mantequilla de maní
200811 es mantequilla de maní, elaborada mediante molienda, sazonado y otros procesamientos profundos, que excede el ámbito del Capítulo 12.
200819 - Demás maní preparado o conservado
200819 incluye maní tostado y sazonado o maní convertido en aperitivo, mientras que 120220 se refiere únicamente a maní simplemente tostado sin sazonar.
Autoverificación:
✓ ¿Ha sido sometido a tostado?
✓ ¿Está sazonado o procesado further?
✓ ¿Es para siembra?
✓ ¿Está sin cáscara o quebrantado?
✓ ¿Se destina a extracción de aceite o consumo directo?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia en el código HS entre maní tostado y maní sin tostar? El maní tostado se clasifica en 120220, el maní sin tostar se clasifica en 120230. La diferencia radica en si ha sido sometido a tostado. El tostado es un tratamiento térmico que madura el maní, pero no lo sazona. Si no está tostado, aunque esté sin cáscara o quebrantado, se clasifica en 120230. Si el maní tostado está sazonado, ¿en qué código debe clasificarse? Si el maní tostado ha sido sazonado (como con sal, azúcar, etc.), excede el ámbito del Capítulo 12 y debe clasificarse en el Capítulo 20, específicamente en 200819 (demás maní preparado o conservado). Porque el sazonado cambia sus características básicas, convirtiéndolo en un alimento de consumo directo. ¿Por qué la mantequilla de maní no puede clasificarse en 120220? La mantequilla de maní es un producto elaborado mediante molienda, sazonado y otros procesamientos profundos, ya no es simple maní tostado. Según las reglas del HS, la mantequilla de maní se clasifica en 200811, perteneciente al Capítulo 20. 120220 solo comprende maní simplemente tostado. ¿En qué código debe clasificarse el maní tostado para siembra? El maní para siembra generalmente se clasifica en 120210, pero si ha sido tostado puede perder su valor para siembra. Si aún se destina a siembra y el tostado es solo para prevenir la germinación, etc., debe juzgarse según la situación real. Generalmente el maní para siembra no se tuesta; si está tostado puede clasificarse en 120220. ¿Cómo consultar la tasa arancelaria de importación del maní tostado? La tasa arancelaria debe determinarse según el país específico, acuerdos comerciales, etc. Puede consultarse a través del sitio web de la Administración General de Aduanas, anuncios del Comité de Aranceles Aduaneros o sistemas profesionales de declaración. Tenga en cuenta que las tasas cambian; se recomienda basarse en los anuncios más recientes. Al declarar maní tostado, ¿qué elementos son más propensos a errores? El error más común es no declarar claramente si está tostado, lo que lleva a una clasificación errónea. En segundo lugar, omitir elementos como si está sazonado o si está sin cáscara. Se recomienda completar estrictamente cada elemento de declaración y conservar certificados del proceso de elaboración. Para la venta de maní tostado en comercio electrónico transfronterizo, ¿cómo seleccionar el código HS? Si es simplemente tostado sin sazonar, elegir 120220; si está sazonado o convertido en aperitivo, elegir 200819. Debe juzgarse según el estado real del producto y prestar atención a los requisitos aduaneros del país de destino para evitar problemas de despacho por clasificación errónea. ¿Cuál es la diferencia entre maní tostado y maní asado? En el código HS, tostado y asado generalmente se consideran el mismo método de procesamiento, ambos se clasifican en 120220. Pero si después del asado se sazona, se clasifica en 200819. La diferencia radica en si está sazonado, no en el método de calentamiento.
Q: ¿Cuál es la diferencia en el código HS entre maní tostado y maní sin tostar?
A: El maní tostado se clasifica en 120220, el maní sin tostar se clasifica en 120230. La diferencia radica en si ha sido sometido a tostado. El tostado es un tratamiento térmico que madura el maní, pero no lo sazona. Si no está tostado, aunque esté sin cáscara o quebrantado, se clasifica en 120230.
Q: Si el maní tostado está sazonado, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Si el maní tostado ha sido sazonado (como con sal, azúcar, etc.), excede el ámbito del Capítulo 12 y debe clasificarse en el Capítulo 20, específicamente en 200819 (demás maní preparado o conservado). Porque el sazonado cambia sus características básicas, convirtiéndolo en un alimento de consumo directo.
Q: ¿Por qué la mantequilla de maní no puede clasificarse en 120220?
A: La mantequilla de maní es un producto elaborado mediante molienda, sazonado y otros procesamientos profundos, ya no es simple maní tostado. Según las reglas del HS, la mantequilla de maní se clasifica en 200811, perteneciente al Capítulo 20. 120220 solo comprende maní simplemente tostado.
Q: ¿En qué código debe clasificarse el maní tostado para siembra?
A: El maní para siembra generalmente se clasifica en 120210, pero si ha sido tostado puede perder su valor para siembra. Si aún se destina a siembra y el tostado es solo para prevenir la germinación, etc., debe juzgarse según la situación real. Generalmente el maní para siembra no se tuesta; si está tostado puede clasificarse en 120220.
Q: ¿Cómo consultar la tasa arancelaria de importación del maní tostado?
A: La tasa arancelaria debe determinarse según el país específico, acuerdos comerciales, etc. Puede consultarse a través del sitio web de la Administración General de Aduanas, anuncios del Comité de Aranceles Aduaneros o sistemas profesionales de declaración. Tenga en cuenta que las tasas cambian; se recomienda basarse en los anuncios más recientes.
Q: Al declarar maní tostado, ¿qué elementos son más propensos a errores?
A: El error más común es no declarar claramente si está tostado, lo que lleva a una clasificación errónea. En segundo lugar, omitir elementos como si está sazonado o si está sin cáscara. Se recomienda completar estrictamente cada elemento de declaración y conservar certificados del proceso de elaboración.
Q: Para la venta de maní tostado en comercio electrónico transfronterizo, ¿cómo seleccionar el código HS?
A: Si es simplemente tostado sin sazonar, elegir 120220; si está sazonado o convertido en aperitivo, elegir 200819. Debe juzgarse según el estado real del producto y prestar atención a los requisitos aduaneros del país de destino para evitar problemas de despacho por clasificación errónea.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre maní tostado y maní asado?
A: En el código HS, tostado y asado generalmente se consideran el mismo método de procesamiento, ambos se clasifican en 120220. Pero si después del asado se sazona, se clasifica en 200819. La diferencia radica en si está sazonado, no en el método de calentamiento.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.