El capítulo 07 abarca hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, incluidas las hortalizas frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente (por ejemplo, con gas de dióxido de azufre, en salmuera, en agua sulfurosa, etc.). Este capítulo no incluye los productos elaborados de hortalizas (como los preparados con vinagre o conservados del capítulo 20), ni las hortalizas para siembra utilizadas como semillas (capítulo 12). El núcleo son los productos hortícolas en estado primario. La partida 0710 abarca las hortalizas congeladas (incluso cocidas o escaldadas), es decir, hortalizas sometidas a congelación, incluidas las hortalizas de vaina (como guisantes, caupí, judías, etc.), espinacas, maíz dulce, etc. Sin embargo, las hortalizas sometidas a un procesamiento profundo antes de la congelación (como fritura o preparación con vinagre) no se clasifican en esta partida, sino en el capítulo 20. Los 2 primeros dígitos 07: indican el capítulo 7, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios. Los dígitos 3-4, 10: indican la partida 0710, hortalizas congeladas (incluso cocidas o escaldadas). Los dígitos 5-6, 21: indican la subpartida 071021, concretamente guisantes congelados. En particular, la subpartida 0710.21 se refiere específicamente a los guisantes (Pisum sativum), incluidas las variedades verdes y amarillas, pero únicamente en estado congelado. Si son guisantes frescos o refrigerados, se clasifican en 0708.10; si son guisantes secos, se clasifican en 0713.10. Los guisantes congelados, por haber sido sometidos a congelación y no a una elaboración ulterior, cumplen la definición de 0710 ‘hortalizas congeladas’. Su especie es el guisante (Pisum sativum), por lo que se clasifican en la subpartida 071021. Si fueran guisantes frescos o refrigerados, se clasificarían en 0708.10; si fueran guisantes secos, en 0713.10; si fueran guisantes en conserva o preparados con vinagre, se clasificarían en el capítulo 20.
Capítulo
El capítulo 07 abarca hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, incluidas las hortalizas frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente (por ejemplo, con gas de dióxido de azufre, en salmuera, en agua sulfurosa, etc.). Este capítulo no incluye los productos elaborados de hortalizas (como los preparados con vinagre o conservados del capítulo 20), ni las hortalizas para siembra utilizadas como semillas (capítulo 12). El núcleo son los productos hortícolas en estado primario.
Partida
La partida 0710 abarca las hortalizas congeladas (incluso cocidas o escaldadas), es decir, hortalizas sometidas a congelación, incluidas las hortalizas de vaina (como guisantes, caupí, judías, etc.), espinacas, maíz dulce, etc. Sin embargo, las hortalizas sometidas a un procesamiento profundo antes de la congelación (como fritura o preparación con vinagre) no se clasifican en esta partida, sino en el capítulo 20.
Desglose
Los 2 primeros dígitos 07: indican el capítulo 7, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios. Los dígitos 3-4, 10: indican la partida 0710, hortalizas congeladas (incluso cocidas o escaldadas). Los dígitos 5-6, 21: indican la subpartida 071021, concretamente guisantes congelados. En particular, la subpartida 0710.21 se refiere específicamente a los guisantes (Pisum sativum), incluidas las variedades verdes y amarillas, pero únicamente en estado congelado. Si son guisantes frescos o refrigerados, se clasifican en 0708.10; si son guisantes secos, se clasifican en 0713.10.
Base de clasificación
Los guisantes congelados, por haber sido sometidos a congelación y no a una elaboración ulterior, cumplen la definición de 0710 ‘hortalizas congeladas’. Su especie es el guisante (Pisum sativum), por lo que se clasifican en la subpartida 071021. Si fueran guisantes frescos o refrigerados, se clasificarían en 0708.10; si fueran guisantes secos, en 0713.10; si fueran guisantes en conserva o preparados con vinagre, se clasificarían en el capítulo 20.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Nombre específico de la mercancía declarada; debe indicarse ‘guisantes congelados’ y distinguir entre guisantes verdes o amarillos. Tipo de marca: Cumplimentar según las normas aduaneras: sin marca, marca propia nacional, marca adquirida nacional, marca extranjera (producción con marca de terceros), marca extranjera (otras). Situación de preferencia arancelaria en la exportación: Si se exporta a un país que goza de arancel preferencial, debe indicarse ‘exportación con preferencia’ o ‘exportación sin preferencia’. Método de elaboración o conservación: Especificar detalladamente: ‘congelado’, si está cocido o escaldado, por ejemplo ‘congelado, sin cocer’. Grado: Según la calidad real de la mercancía, por ejemplo grado uno, grado dos, etc.; si no hay grado, indicar ‘ninguno’. Especificación del envase: Indicar la forma y especificación del envase, por ejemplo ‘10 kilogramos/caja’. Marca (nombre en chino y en idioma extranjero): Si tiene marca, debe declararse el nombre en chino y en idioma extranjero; si no tiene marca, indicar ‘ninguna’. GTIN: Si dispone de código global de artículo comercial, debe cumplimentarse; si no, indicar ‘ninguno’. Nombre de la mercancía: guisantes verdes congelados; tipo de marca: sin marca; situación de preferencia arancelaria en la exportación: exportación sin preferencia; método de elaboración o conservación: congelado, sin cocer; grado: uno; especificación del envase: 10 kilogramos/caja; marca: ninguna; GTIN: ninguno. No indicar el estado ‘congelado’, lo que puede llevar a clasificarlo erróneamente como guisantes frescos o refrigerados. No distinguir la variedad de guisante (verde/amarillo), lo que afecta la subdivisión de la subpartida. Omitir la declaración de ‘si está cocido’; si está cocido, puede afectar la clasificación.
Nombre de la mercancía
Nombre específico de la mercancía declarada; debe indicarse ‘guisantes congelados’ y distinguir entre guisantes verdes o amarillos.
⚠️ Escribir solo ‘guisantes’, sin indicar ‘congelados’ ni la variedad.
Tipo de marca
Cumplimentar según las normas aduaneras: sin marca, marca propia nacional, marca adquirida nacional, marca extranjera (producción con marca de terceros), marca extranjera (otras).
⚠️ Omitir o seleccionar incorrectamente el tipo de marca.
Situación de preferencia arancelaria en la exportación
Si se exporta a un país que goza de arancel preferencial, debe indicarse ‘exportación con preferencia’ o ‘exportación sin preferencia’.
⚠️ Ignorar este elemento, lo que impide disfrutar de la preferencia.
Método de elaboración o conservación
Especificar detalladamente: ‘congelado’, si está cocido o escaldado, por ejemplo ‘congelado, sin cocer’.
⚠️ No indicar si está cocido, lo que puede afectar la clasificación.
Grado
Según la calidad real de la mercancía, por ejemplo grado uno, grado dos, etc.; si no hay grado, indicar ‘ninguno’.
⚠️ Confundir grado con especificación.
Especificación del envase
Indicar la forma y especificación del envase, por ejemplo ‘10 kilogramos/caja’.
⚠️ Escribir solo ‘en caja’, sin indicar el peso.
Marca (nombre en chino y en idioma extranjero)
Si tiene marca, debe declararse el nombre en chino y en idioma extranjero; si no tiene marca, indicar ‘ninguna’.
⚠️ Errores ortográficos en el nombre de la marca u omisión.
GTIN
Si dispone de código global de artículo comercial, debe cumplimentarse; si no, indicar ‘ninguno’.
⚠️ Ignorar este elemento o cumplimentarlo erróneamente.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: guisantes verdes congelados; tipo de marca: sin marca; situación de preferencia arancelaria en la exportación: exportación sin preferencia; método de elaboración o conservación: congelado, sin cocer; grado: uno; especificación del envase: 10 kilogramos/caja; marca: ninguna; GTIN: ninguno.
Errores comunes:
No indicar el estado ‘congelado’, lo que puede llevar a clasificarlo erróneamente como guisantes frescos o refrigerados.
No distinguir la variedad de guisante (verde/amarillo), lo que afecta la subdivisión de la subpartida.
Omitir la declaración de ‘si está cocido’; si está cocido, puede afectar la clasificación.
🎯 Lógica de clasificación
Base central de clasificación: la mercancía debe ser guisante (Pisum sativum) y haber sido sometida a congelación, sin elaboración ulterior (como preparación con vinagre, aceite, etc.). La congelación incluye la congelación rápida y lenta, independientemente de si está cocido o escaldado. Si es fresco o refrigerado, se clasifica en 0708; si es desecado, en 0713; si es en conserva o preparado con vinagre, en el capítulo 20. 070810 Guisantes frescos o refrigerados: Estado diferente: 070810 es fresco o refrigerado; 071021 es congelado. 071310 Guisantes secos: Grado de elaboración diferente: 071310 es desecado; 071021 es congelado. 200540 Guisantes preparados con vinagre: Método de elaboración diferente: 200540 es preparado con vinagre; 071021 es congelado sin vinagre. 200551 Conservas de caupí y judías desvainadas: Especie y elaboración diferentes: 200551 es conserva de caupí/judías; 071021 es guisantes congelados. ¿La mercancía es guisante (Pisum sativum)? ¿Ha sido sometida a congelación? ¿Ha sido cocida o escaldada? ¿Ha sido sometida a elaboración ulterior como preparación con vinagre o aceite? ¿El envase es adecuado para hortalizas congeladas?
Base
Base central de clasificación: la mercancía debe ser guisante (Pisum sativum) y haber sido sometida a congelación, sin elaboración ulterior (como preparación con vinagre, aceite, etc.). La congelación incluye la congelación rápida y lenta, independientemente de si está cocido o escaldado. Si es fresco o refrigerado, se clasifica en 0708; si es desecado, en 0713; si es en conserva o preparado con vinagre, en el capítulo 20.
Códigos confundidos:
070810 - Guisantes frescos o refrigerados
Estado diferente: 070810 es fresco o refrigerado; 071021 es congelado.
071310 - Guisantes secos
Grado de elaboración diferente: 071310 es desecado; 071021 es congelado.
200540 - Guisantes preparados con vinagre
Método de elaboración diferente: 200540 es preparado con vinagre; 071021 es congelado sin vinagre.
200551 - Conservas de caupí y judías desvainadas
Especie y elaboración diferentes: 200551 es conserva de caupí/judías; 071021 es guisantes congelados.
Autoverificación:
✓ ¿La mercancía es guisante (Pisum sativum)?
✓ ¿Ha sido sometida a congelación?
✓ ¿Ha sido cocida o escaldada?
✓ ¿Ha sido sometida a elaboración ulterior como preparación con vinagre o aceite?
✓ ¿El envase es adecuado para hortalizas congeladas?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el código HS de los guisantes congelados? Puede consultarse mediante el arancel aduanero, sitios web de consulta de códigos HS o consultando a un agente de aduanas. La clave es confirmar que la mercancía es guisante, en estado congelado y sin elaboración ulterior, con lo que se clasifica en 071021. ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de los guisantes congelados y el de los guisantes frescos? Los guisantes frescos o refrigerados se clasifican en 070810; los guisantes congelados, en 071021. La diferencia principal radica en el estado de conservación; la congelación modifica la clasificación. ¿Qué elementos deben declararse para los guisantes congelados? Deben declararse el nombre de la mercancía, tipo de marca, situación de preferencia arancelaria en la exportación, método de elaboración o conservación, grado, especificación del envase, marca, GTIN, etc. En concreto, según los requisitos aduaneros. ¿Cómo consultar el tipo arancelario de los guisantes congelados? Los tipos arancelarios pueden variar; pueden obtenerse los tipos más recientes a través del sitio web de la Administración General de Aduanas, herramientas de consulta arancelaria o consultando a un agente de aduanas. Debe distinguirse entre tipo de nación más favorecida, tipo general, etc. Si los guisantes congelados han sido cocidos, ¿cambia el código HS? La cocción no afecta la clasificación en 071021, porque 0710 incluye hortalizas congeladas cocidas o escaldadas. Pero si se someten a elaboración ulterior (como condimentado), podrían clasificarse en el capítulo 20. ¿Qué debe tenerse en cuenta al vender guisantes congelados mediante comercio electrónico transfronterizo? Debe asegurarse que el código HS sea correcto, conocer los requisitos del país importador, como cuarentena, etiquetado, etc. También debe prestarse atención a la logística de cadena de frío para evitar el deterioro de la mercancía. ¿Es igual el código HS de los guisantes congelados y el de las habas congeladas? Las habas suelen referirse a guisantes o judías; si son guisantes, se clasifican en 071021; si son judías, en 071022. Debe determinarse según la variedad concreta. ¿Cómo distinguir los guisantes congelados del caupí congelado? El guisante es Pisum sativum; el caupí pertenece al género Vigna. En la clasificación, el guisante se clasifica en 071021 y el caupí en 071022. Debe distinguirse según el nombre científico latino o la apariencia.
Q: ¿Cómo consultar el código HS de los guisantes congelados?
A: Puede consultarse mediante el arancel aduanero, sitios web de consulta de códigos HS o consultando a un agente de aduanas. La clave es confirmar que la mercancía es guisante, en estado congelado y sin elaboración ulterior, con lo que se clasifica en 071021.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de los guisantes congelados y el de los guisantes frescos?
A: Los guisantes frescos o refrigerados se clasifican en 070810; los guisantes congelados, en 071021. La diferencia principal radica en el estado de conservación; la congelación modifica la clasificación.
Q: ¿Qué elementos deben declararse para los guisantes congelados?
A: Deben declararse el nombre de la mercancía, tipo de marca, situación de preferencia arancelaria en la exportación, método de elaboración o conservación, grado, especificación del envase, marca, GTIN, etc. En concreto, según los requisitos aduaneros.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de los guisantes congelados?
A: Los tipos arancelarios pueden variar; pueden obtenerse los tipos más recientes a través del sitio web de la Administración General de Aduanas, herramientas de consulta arancelaria o consultando a un agente de aduanas. Debe distinguirse entre tipo de nación más favorecida, tipo general, etc.
Q: Si los guisantes congelados han sido cocidos, ¿cambia el código HS?
A: La cocción no afecta la clasificación en 071021, porque 0710 incluye hortalizas congeladas cocidas o escaldadas. Pero si se someten a elaboración ulterior (como condimentado), podrían clasificarse en el capítulo 20.
Q: ¿Qué debe tenerse en cuenta al vender guisantes congelados mediante comercio electrónico transfronterizo?
A: Debe asegurarse que el código HS sea correcto, conocer los requisitos del país importador, como cuarentena, etiquetado, etc. También debe prestarse atención a la logística de cadena de frío para evitar el deterioro de la mercancía.
Q: ¿Es igual el código HS de los guisantes congelados y el de las habas congeladas?
A: Las habas suelen referirse a guisantes o judías; si son guisantes, se clasifican en 071021; si son judías, en 071022. Debe determinarse según la variedad concreta.
Q: ¿Cómo distinguir los guisantes congelados del caupí congelado?
A: El guisante es Pisum sativum; el caupí pertenece al género Vigna. En la clasificación, el guisante se clasifica en 071021 y el caupí en 071022. Debe distinguirse según el nombre científico latino o la apariencia.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.