El Capítulo 07 abarca todas las hortalizas, raíces y tubérculos comestibles, incluidas las frescas, refrigeradas, congeladas, secas, conservadas provisionalmente y preparadas. Este capítulo es el capítulo central del comercio de productos agrícolas, e involucra reglas complejas como contingentes arancelarios, tipos impositivos estacionales y requisitos de cuarentena. La partida 0704 se encuentra en la parte inicial de este capítulo, pertenece a las hortalizas comestibles frescas o refrigeradas, y forma una clasificación completa de la cadena industrial con las hortalizas procesadas posteriores (como 0710 congeladas, 0711 conservadas provisionalmente, 0712 secas). La partida 0704 se refiere específicamente a las coles, coliflores, brécoles, coles rizadas y demás coles comestibles (género Brassica), frescas o refrigeradas. Abarca todas las hortalizas del género Brassica no sometidas a cocción al vapor, congelación, desecación o conservación en vinagre, independientemente de que estén cortadas, peladas o envasadas. Bajo esta partida, se subdividen por variedad en subpartidas como coliflor, brécol, col, etc., y es una de las partidas con mayor frecuencia de declaración en el comercio de hortalizas. Los 2 primeros dígitos 07: Capítulo 7, que representa hortalizas, raíces y tubérculos comestibles, distinto del Capítulo 6 (plantas vivas) y del Capítulo 8 (frutas). Los dígitos 3.º y 4.º 04: partida 0704, que se refiere a las hortalizas del género Brassica frescas o refrigeradas, incluidas col, coliflor, brécol, col rizada, etc. Los dígitos 5.º y 6.º 90: subpartida 070490, que se refiere a las demás coles frescas o refrigeradas distintas de la coliflor (070410), el brécol (070420) y la col rizada (07049010), como la col común, la col roja, la col rizada, etc. Esta subpartida es una partida residual que abarca las variedades de col no enumeradas específicamente. Esta mercancía es col fresca y otras coles comestibles, no congeladas, secas, conservadas en vinagre ni cocidas al vapor, y cumple con la descripción de la partida 0704. Como no pertenece a la coliflor (070410) ni al brécol (070420), y no está enumerada específicamente como col rizada (07049010), se clasifica en 07049090. Si estuviera congelada se clasificaría en 0710, si estuviera seca en 0712, si estuviera conservada en vinagre en 0711, si estuviera conservada provisionalmente en 0711, y si fuera un producto elaborado en 2004.
Capítulo
El Capítulo 07 abarca todas las hortalizas, raíces y tubérculos comestibles, incluidas las frescas, refrigeradas, congeladas, secas, conservadas provisionalmente y preparadas. Este capítulo es el capítulo central del comercio de productos agrícolas, e involucra reglas complejas como contingentes arancelarios, tipos impositivos estacionales y requisitos de cuarentena. La partida 0704 se encuentra en la parte inicial de este capítulo, pertenece a las hortalizas comestibles frescas o refrigeradas, y forma una clasificación completa de la cadena industrial con las hortalizas procesadas posteriores (como 0710 congeladas, 0711 conservadas provisionalmente, 0712 secas).
Partida
La partida 0704 se refiere específicamente a las coles, coliflores, brécoles, coles rizadas y demás coles comestibles (género Brassica), frescas o refrigeradas. Abarca todas las hortalizas del género Brassica no sometidas a cocción al vapor, congelación, desecación o conservación en vinagre, independientemente de que estén cortadas, peladas o envasadas. Bajo esta partida, se subdividen por variedad en subpartidas como coliflor, brécol, col, etc., y es una de las partidas con mayor frecuencia de declaración en el comercio de hortalizas.
Desglose
Los 2 primeros dígitos 07: Capítulo 7, que representa hortalizas, raíces y tubérculos comestibles, distinto del Capítulo 6 (plantas vivas) y del Capítulo 8 (frutas). Los dígitos 3.º y 4.º 04: partida 0704, que se refiere a las hortalizas del género Brassica frescas o refrigeradas, incluidas col, coliflor, brécol, col rizada, etc. Los dígitos 5.º y 6.º 90: subpartida 070490, que se refiere a las demás coles frescas o refrigeradas distintas de la coliflor (070410), el brécol (070420) y la col rizada (07049010), como la col común, la col roja, la col rizada, etc. Esta subpartida es una partida residual que abarca las variedades de col no enumeradas específicamente.
Base de clasificación
Esta mercancía es col fresca y otras coles comestibles, no congeladas, secas, conservadas en vinagre ni cocidas al vapor, y cumple con la descripción de la partida 0704. Como no pertenece a la coliflor (070410) ni al brécol (070420), y no está enumerada específicamente como col rizada (07049010), se clasifica en 07049090. Si estuviera congelada se clasificaría en 0710, si estuviera seca en 0712, si estuviera conservada en vinagre en 0711, si estuviera conservada provisionalmente en 0711, y si fuera un producto elaborado en 2004.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Nombre específico de la mercancía declarada; debe utilizarse el nombre normalizado en chino y en lengua extranjera, como col fresca, col rizada, etc. Tipo de marca: Seleccionar una de las siguientes opciones: sin marca, marca nacional propia, marca nacional adquirida, marca extranjera (producción con marca de terceros), marca extranjera (otras). Situación de goce de preferencias en la exportación: Seleccionar según el acuerdo comercial real: si la mercancía de exportación goza de arancel preferencial en el país de destino final, si no goza de arancel preferencial, o si es incierto. Método de elaboración o conservación: Declarar claramente si es fresca, refrigerada, congelada, seca, conservada en vinagre, etc.; este código corresponde a fresco o refrigerado. Grado: Declarar según la norma sectorial o lo pactado en el contrato, como primera, segunda, surtido, etc.; si no hay grado, puede indicarse “ninguno”. Especificación del envase: Declarar el modo de envasado concreto y el peso o la cantidad por bulto, por ejemplo, envasado en cajas de cartón, 10 kilogramos por caja. Marca (nombre en chino y en lengua extranjera): Si hay marca, debe declararse el nombre de la marca en chino y en lengua extranjera; si no hay marca, indicar “ninguna”. GTIN: Si existe código global de artículo comercial, declarar el GTIN; si no, indicar “ninguno”. Nombre de la mercancía: col fresca (col verde); Tipo de marca: sin marca; Situación de goce de preferencias en la exportación: no goza de arancel preferencial; Método de elaboración o conservación: fresco; Grado: primera; Especificación del envase: envasado en cajas de cartón, 10 kilogramos por caja; Marca: ninguna; GTIN: ninguno. Clasificar erróneamente la col refrigerada en 0710 como hortaliza congelada, lo que provoca errores en el tipo impositivo y las condiciones de control. Omitir la subdivisión por variedad y clasificar erróneamente la col rizada (07049010) en 07049090. No declarar el tipo de marca, lo que hace que la aduana cuestione la situación de propiedad intelectual y retrase el despacho.
Nombre de la mercancía
Nombre específico de la mercancía declarada; debe utilizarse el nombre normalizado en chino y en lengua extranjera, como col fresca, col rizada, etc.
⚠️ Escribir solo “hortaliza” o “col” es demasiado genérico y no distingue la variedad específica.
Tipo de marca
Seleccionar una de las siguientes opciones: sin marca, marca nacional propia, marca nacional adquirida, marca extranjera (producción con marca de terceros), marca extranjera (otras).
⚠️ Declarar erróneamente una mercancía sin marca como marca extranjera, lo que genera riesgos de propiedad intelectual.
Situación de goce de preferencias en la exportación
Seleccionar según el acuerdo comercial real: si la mercancía de exportación goza de arancel preferencial en el país de destino final, si no goza de arancel preferencial, o si es incierto.
⚠️ No verificar las reglas de origen del acuerdo de libre comercio y declarar arbitrariamente que goza de preferencias, lo que provoca el rechazo de la declaración.
Método de elaboración o conservación
Declarar claramente si es fresca, refrigerada, congelada, seca, conservada en vinagre, etc.; este código corresponde a fresco o refrigerado.
⚠️ Declarar erróneamente lo refrigerado como congelado, lo que provoca una clasificación incorrecta en 0710.
Grado
Declarar según la norma sectorial o lo pactado en el contrato, como primera, segunda, surtido, etc.; si no hay grado, puede indicarse “ninguno”.
⚠️ Confundir distintos grados, lo que afecta la valoración aduanera y las estadísticas.
Especificación del envase
Declarar el modo de envasado concreto y el peso o la cantidad por bulto, por ejemplo, envasado en cajas de cartón, 10 kilogramos por caja.
⚠️ Escribir solo “en cajas”, sin indicar el peso, lo que dificulta la inspección.
Marca (nombre en chino y en lengua extranjera)
Si hay marca, debe declararse el nombre de la marca en chino y en lengua extranjera; si no hay marca, indicar “ninguna”.
⚠️ Tener marca y declarar que no la tiene, lo que constituye presunta ocultación.
GTIN
Si existe código global de artículo comercial, declarar el GTIN; si no, indicar “ninguno”.
⚠️ Rellenar erróneamente un código interno de la empresa como GTIN.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: col fresca (col verde); Tipo de marca: sin marca; Situación de goce de preferencias en la exportación: no goza de arancel preferencial; Método de elaboración o conservación: fresco; Grado: primera; Especificación del envase: envasado en cajas de cartón, 10 kilogramos por caja; Marca: ninguna; GTIN: ninguno.
Errores comunes:
Clasificar erróneamente la col refrigerada en 0710 como hortaliza congelada, lo que provoca errores en el tipo impositivo y las condiciones de control.
Omitir la subdivisión por variedad y clasificar erróneamente la col rizada (07049010) en 07049090.
No declarar el tipo de marca, lo que hace que la aduana cuestione la situación de propiedad intelectual y retrase el despacho.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación son las notas del Capítulo 7 y los textos de las subpartidas del Arancel de Importación y Exportación. La partida 0704 incluye expresamente las hortalizas del género Brassica frescas o refrigeradas, y la subpartida 070490 corresponde a las demás coles. Debe confirmarse especialmente el estado de la mercancía (fresca/refrigerada), la variedad (si es coliflor, brécol o col rizada) y el método de elaboración (no congelada, no seca, no conservada en vinagre). Si se trata de col común, col roja, col rizada, etc., frescas o refrigeradas, se clasifican en 07049090. 070410 Coliflores frescas o refrigeradas: La coliflor tiene forma de masa floral densa, mientras que la col forma un cogollo de hojas; son variedades botánicas diferentes. 070420 Brécoles frescos o refrigerados: El brécol tiene la masa floral verde y el tallo largo, con una diferencia morfológica evidente respecto del cogollo de hojas de la col. 07049010 Coles rizadas frescas o refrigeradas: Las hojas de la col rizada son arrugadas, mientras que las de la col común son lisas; es una variedad específica. 0710 Hortalizas congeladas: Las hortalizas congeladas han sido sometidas a congelación, mientras que la partida 0704 se limita a frescas o refrigeradas; el control de temperatura es diferente. 070511 Lechugas repolladas frescas o refrigeradas: La lechuga repollada pertenece a la familia Asteraceae y sus hojas son tiernas y crujientes; no pertenece a la misma familia que la col del género Brassica. ¿La mercancía ha sido congelada, secada o conservada en vinagre? ¿Pertenece a coliflor, brécol o col rizada? ¿Se encuentra únicamente en estado fresco o refrigerado? ¿El envase se utiliza solo para transporte y conservación? ¿Está mezclada con otras hortalizas?
Base
La base central de clasificación son las notas del Capítulo 7 y los textos de las subpartidas del Arancel de Importación y Exportación. La partida 0704 incluye expresamente las hortalizas del género Brassica frescas o refrigeradas, y la subpartida 070490 corresponde a las demás coles. Debe confirmarse especialmente el estado de la mercancía (fresca/refrigerada), la variedad (si es coliflor, brécol o col rizada) y el método de elaboración (no congelada, no seca, no conservada en vinagre). Si se trata de col común, col roja, col rizada, etc., frescas o refrigeradas, se clasifican en 07049090.
Códigos confundidos:
070410 - Coliflores frescas o refrigeradas
La coliflor tiene forma de masa floral densa, mientras que la col forma un cogollo de hojas; son variedades botánicas diferentes.
070420 - Brécoles frescos o refrigerados
El brécol tiene la masa floral verde y el tallo largo, con una diferencia morfológica evidente respecto del cogollo de hojas de la col.
07049010 - Coles rizadas frescas o refrigeradas
Las hojas de la col rizada son arrugadas, mientras que las de la col común son lisas; es una variedad específica.
0710 - Hortalizas congeladas
Las hortalizas congeladas han sido sometidas a congelación, mientras que la partida 0704 se limita a frescas o refrigeradas; el control de temperatura es diferente.
070511 - Lechugas repolladas frescas o refrigeradas
La lechuga repollada pertenece a la familia Asteraceae y sus hojas son tiernas y crujientes; no pertenece a la misma familia que la col del género Brassica.
Autoverificación:
✓ ¿La mercancía ha sido congelada, secada o conservada en vinagre?
✓ ¿Pertenece a coliflor, brécol o col rizada?
✓ ¿Se encuentra únicamente en estado fresco o refrigerado?
✓ ¿El envase se utiliza solo para transporte y conservación?
✓ ¿Está mezclada con otras hortalizas?
❓ Preguntas frecuentes
¿La col fresca y la col refrigerada se clasifican en el mismo código? Sí, 07049090 abarca la col fresca o refrigerada y las demás coles comestibles. Fresco y refrigerado solo difieren en temperatura y no afectan la clasificación. Sin embargo, en los elementos de declaración debe indicarse claramente que el método de elaboración o conservación es “fresco” o “refrigerado”. ¿Cómo distinguir la col rizada de la col común? La col rizada (Savoy cabbage) tiene hojas claramente arrugadas y nervaduras hundidas, y se clasifica en 07049010; la col común tiene hojas lisas y se clasifica en 07049090. Si no puede determinarse, pueden aportarse fotografías o un informe de identificación botánica. ¿En qué código debe clasificarse la col congelada? La col congelada se clasifica en 0710, y la subpartida específica es 07108090 (las demás hortalizas congeladas). Si antes de congelarse fue cocida al vapor, se clasifica en 2004. Debe prestarse atención a la diferencia de clasificación entre congelado y refrigerado. ¿Cuál es la tasa de reembolso de exportación de 07049090? La tasa de reembolso de exportación se ajusta según las políticas nacionales; se recomienda consultar la tasa de reembolso más reciente a través de la “Plataforma de Publicidad de Información Crediticia de Importación y Exportación de Empresas de la Aduana de China” o consultando a la autoridad fiscal competente. Por lo general, la tasa de reembolso de los productos agrícolas es del 9% o 13%, pero debe prevalecer lo publicado oficialmente. ¿Es necesario presentar un certificado fitosanitario al declarar? Sí, la exportación de hortalizas frescas o refrigeradas normalmente requiere un certificado fitosanitario oficial del país exportador, y el país importador también puede exigirlo. En concreto, se aplicará lo establecido en el contrato comercial y los requisitos del país de destino. Al despachar la aduana deben adjuntarse los certificados correspondientes. ¿Pueden la col y la col rizada clasificarse en el mismo código? Sí, ambas pertenecen a las hortalizas del género Brassica y, si son frescas o refrigeradas y no están enumeradas específicamente, se clasifican en 07049090. No obstante, si la col rizada es para uso ornamental, podría clasificarse en el Capítulo 6. ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de 07049090? Puede consultarse el tipo de nación más favorecida, los tipos convencionales, etc., a través del “Arancel de Importación y Exportación de la República Popular China” o del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas. Deben tenerse en cuenta arreglos especiales como contingentes arancelarios y tipos estacionales. Se recomienda utilizar el servicio de clasificación arancelaria anticipada de la aduana para confirmarlo. Si la col ha sido cortada pero no refrigerada, ¿sigue clasificándose en 07049090? Sí, la partida 0704 incluye la col fresca o refrigerada cortada pero no sometida a elaboración ulterior. Pero si después del corte ha sido cocida al vapor, congelada o conservada en vinagre, se clasifica en otros capítulos. El corte en sí no modifica la clasificación.
Q: ¿La col fresca y la col refrigerada se clasifican en el mismo código?
A: Sí, 07049090 abarca la col fresca o refrigerada y las demás coles comestibles. Fresco y refrigerado solo difieren en temperatura y no afectan la clasificación. Sin embargo, en los elementos de declaración debe indicarse claramente que el método de elaboración o conservación es “fresco” o “refrigerado”.
Q: ¿Cómo distinguir la col rizada de la col común?
A: La col rizada (Savoy cabbage) tiene hojas claramente arrugadas y nervaduras hundidas, y se clasifica en 07049010; la col común tiene hojas lisas y se clasifica en 07049090. Si no puede determinarse, pueden aportarse fotografías o un informe de identificación botánica.
Q: ¿En qué código debe clasificarse la col congelada?
A: La col congelada se clasifica en 0710, y la subpartida específica es 07108090 (las demás hortalizas congeladas). Si antes de congelarse fue cocida al vapor, se clasifica en 2004. Debe prestarse atención a la diferencia de clasificación entre congelado y refrigerado.
Q: ¿Cuál es la tasa de reembolso de exportación de 07049090?
A: La tasa de reembolso de exportación se ajusta según las políticas nacionales; se recomienda consultar la tasa de reembolso más reciente a través de la “Plataforma de Publicidad de Información Crediticia de Importación y Exportación de Empresas de la Aduana de China” o consultando a la autoridad fiscal competente. Por lo general, la tasa de reembolso de los productos agrícolas es del 9% o 13%, pero debe prevalecer lo publicado oficialmente.
Q: ¿Es necesario presentar un certificado fitosanitario al declarar?
A: Sí, la exportación de hortalizas frescas o refrigeradas normalmente requiere un certificado fitosanitario oficial del país exportador, y el país importador también puede exigirlo. En concreto, se aplicará lo establecido en el contrato comercial y los requisitos del país de destino. Al despachar la aduana deben adjuntarse los certificados correspondientes.
Q: ¿Pueden la col y la col rizada clasificarse en el mismo código?
A: Sí, ambas pertenecen a las hortalizas del género Brassica y, si son frescas o refrigeradas y no están enumeradas específicamente, se clasifican en 07049090. No obstante, si la col rizada es para uso ornamental, podría clasificarse en el Capítulo 6.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de 07049090?
A: Puede consultarse el tipo de nación más favorecida, los tipos convencionales, etc., a través del “Arancel de Importación y Exportación de la República Popular China” o del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas. Deben tenerse en cuenta arreglos especiales como contingentes arancelarios y tipos estacionales. Se recomienda utilizar el servicio de clasificación arancelaria anticipada de la aduana para confirmarlo.
Q: Si la col ha sido cortada pero no refrigerada, ¿sigue clasificándose en 07049090?
A: Sí, la partida 0704 incluye la col fresca o refrigerada cortada pero no sometida a elaboración ulterior. Pero si después del corte ha sido cocida al vapor, congelada o conservada en vinagre, se clasifica en otros capítulos. El corte en sí no modifica la clasificación.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.