Código HS: 852861
Proyector (para computadora)
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 85 abarca máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Este capítulo es uno de los más concentrados en productos de alta intensidad tecnológica dentro de la clasificación del SA, abarcando electrodomésticos, equipos de comunicación, componentes electrónicos, control eléctrico industrial y otros campos. Las partidas dentro del capítulo se ordenan por función o uso, cubriendo desde equipos de generación y transformación de energía eléctrica hasta productos electrónicos de consumo; el proyector, como dispositivo de visualización de imágenes, también pertenece a este capítulo.
Partida
La partida 8528 comprende los aparatos receptores de televisión (incluso con receptor de radiodifusión o grabador o reproductor de vídeo incorporados), los monitores de vídeo y los proyectores de vídeo. Esta partida abarca los aparatos cuya función principal es la visualización de imágenes en pantalla o mediante proyección, independientemente de que la fuente de señal sea radiodifusión televisiva, computadora u otra fuente de vídeo. Dentro de la partida 8528 se subdivide según la tecnología de visualización, el uso, la presencia o no de función de recepción de televisión, etc.
Desglose
Los 2 primeros dígitos, 85: indican el Capítulo 85, es decir, máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Los dígitos 3-4, 28: indican la partida 8528, que comprende los aparatos receptores de televisión, monitores de vídeo y proyectores de vídeo. Los dígitos 5-6, 61: indican la subpartida 852861, que se refiere específicamente a los proyectores (para computadora), es decir, equipos de proyección diseñados para sistemas informáticos, que normalmente reciben señales de computadora a través de interfaces como VGA, HDMI, USB y proyectan imágenes, distinguiéndose de los proyectores domésticos de televisión o los proyectores de cine. Esta subpartida se subdivide además según la presencia o no de función de recepción de televisión, etc.
Base de clasificación
Esta mercancía es un proyector para computadora, cuya función principal es recibir señales de vídeo de computadora y proyectar imágenes, perteneciendo a la categoría de proyectores de vídeo. No posee función de recepción de televisión, ni es un monitor de vídeo (los monitores suelen ser de visualización directa). Por lo tanto, se clasifica en 8528.61, y no en 8528.62 (proyectores con función de recepción de televisión) ni en 8528.72 (aparatos receptores de televisión en color).

📝 Elementos de declaración

Nombre de la mercancía
Nombre estándar de la mercancía declarada, que debe reflejar con precisión las propiedades del producto, como "proyector para computadora" o "proyector de cristal líquido".
⚠️ Escribir solo "proyector" sin indicar el uso, o escribirlo erróneamente como "televisor".
Marca
Indicar la marca del producto, como Epson, BenQ, Sony, etc.; si no tiene marca, indicar "sin marca".
⚠️ Confundir la marca con el modelo, u omitir la marca, lo que genera controversias de clasificación.
Modelo
Indicar el modelo específico, como EB-X06, MX560, etc., para distinguir diferentes especificaciones de la misma marca.
⚠️ Indicar el modelo de forma incompleta o que no coincida con el producto físico.
Uso
Indicar "para computadora" o "para visualización en computadora", enfatizando que no es para recepción de televisión.
⚠️ Escribir de forma genérica "para proyección", sin especificar que es exclusivo para computadora.
Tecnología de visualización
Como LCD, DLP, LCOS, etc., que influye en la subdivisión de subpartidas y la clasificación.
⚠️ Omitir o indicar erróneamente el tipo de tecnología, lo que provoca errores de clasificación.
Resolución
Como 1920x1080, 1024x768, etc., que refleja el rendimiento de visualización.
⚠️ Confundir la resolución con los formatos de señal compatibles.
Presencia de función de recepción de televisión
Indicar claramente "no" o "sí", lo que determina la clasificación en 8528.61 o 8528.62.
⚠️ Clasificar erróneamente en 8528.61 un proyector que incorpora sintonizador de TV.
Tipo de interfaz
Como HDMI, VGA, USB, etc., que respalda el uso informático.
⚠️ No enumerar las interfaces, lo que impide demostrar que es exclusivo para computadora.
Ejemplo:
Nombre de la mercancía: proyector de cristal líquido para computadora; Marca: Epson; Modelo: EB-X06; Uso: conexión a computadora para visualización de imágenes; Tecnología de visualización: LCD; Resolución: 1024x768; Presencia de función de recepción de televisión: no; Tipo de interfaz: HDMI, VGA, USB.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
La base central de clasificación son las notas de capítulo y las notas de subpartida del Capítulo 85 del Arancel de Importación y Exportación. La subpartida 8528.61 se refiere específicamente a los proyectores diseñados para computadora, cuyos elementos clave de determinación incluyen: si la señal de computadora es la principal fuente de entrada, si posee función de recepción de televisión, el tipo de tecnología de visualización, etc. Si el dispositivo también posee función de recepción de televisión, se clasifica en 8528.62; si es un monitor de visualización directa, se clasifica en 8528.5. Además, debe consultarse la definición de "proyector de vídeo" en las Notas Explicativas del Arancel.
Códigos confundidos:
852862 - Proyectores con función de recepción de televisión
La subpartida 8528.62 posee sintonizador de televisión y puede recibir señales de TV; la 8528.61 se utiliza únicamente para visualización en computadora, sin función de recepción de televisión.
852872 - Aparatos receptores de televisión en color
La subpartida 8528.72 corresponde a receptores de televisión de visualización directa, no de proyección; la 8528.61 es de proyección y exclusiva para computadora.
852852 - Monitores exclusivos para computadora
La subpartida 8528.52 corresponde a monitores de visualización directa, no de proyección; la 8528.61 es de proyección, proyecta imágenes.
852869 - Los demás proyectores
La subpartida 8528.69 incluye proyectores no exclusivos para computadora, como proyectores de cine; la 8528.61 se limita a los de uso informático.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo se distinguen en el código SA un proyector para computadora y un proyector doméstico?
A: El proyector para computadora se clasifica en 8528.61; el proyector doméstico, si posee función de recepción de televisión, se clasifica en 8528.62; si no la posee pero no es exclusivo para computadora, puede clasificarse en 8528.69. La clave es el uso y la presencia o no de sintonizador de TV.
Q: Un proyector con interfaz HDMI pero que también puede conectarse a un decodificador de TV, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Si solo recibe señales de vídeo a través de HDMI, sin sintonizador de televisión incorporado, se clasifica como proyector para computadora en 8528.61; si incorpora sintonizador que puede recibir señales de televisión, se clasifica en 8528.62.
Q: ¿Cómo se determina si un proyector es "exclusivo para computadora"?
A: Principalmente por el uso de diseño: si la señal de computadora es la principal fuente de entrada, si posee interfaces de computadora como VGA, USB, y si en el manual o la publicidad se especifica claramente como proyector para computadora.
Q: ¿Cuál es la diferencia de clasificación entre un proyector y un monitor de vídeo?
A: El monitor de vídeo es un dispositivo de visualización directa, se clasifica en 8528.5; el proyector es de tipo proyectivo, se clasifica en 8528.6. Ambos tienen principios de visualización diferentes y subpartidas de clasificación distintas.
Q: ¿Qué consecuencias tiene omitir en la declaración la "presencia de función de recepción de televisión"?
A: Puede provocar un error de clasificación; si en realidad posee función de TV pero se clasifica en 8528.61, se enfrentará a inspección aduanera, pago de impuestos complementarios e incluso sanciones administrativas.
Q: ¿Existen subpartidas más detalladas dentro de 8528.61?
A: Algunos países subdividen aún más la 8528.61 según la tecnología de visualización (como LCD, DLP) o la resolución, pero el código SA internacional solo llega a 6 dígitos; cada país puede añadir subdivisiones propias.
Q: Para la exportación minorista transfronteriza de proyectores, ¿también se debe declarar según el código SA?
A: Sí, ya sea comercio general o comercio electrónico transfronterizo, se debe declarar según el código SA para fines de estadística, supervisión y recaudación de impuestos aduaneros.
Q: Si un proyector admite simultáneamente señales de computadora y de televisión, pero no tiene sintonizador incorporado, ¿cómo se clasifica?
A: Sin sintonizador incorporado no se considera un proyector con función de recepción de televisión; se clasifica como proyector para computadora en 8528.61, pero debe indicarse en la declaración la compatibilidad de señales.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.