El Capítulo 72 abarca el acero y sus manufacturas, incluidos el arrabio, las ferroaleaciones, los desperdicios y desechos, los lingotes, los productos semielaborados, los productos laminados planos, las barras, el alambre, los perfiles, las formas, los tubos, etc. Este capítulo se ordena según la forma de fusión y el grado de elaboración; la partida 7225 corresponde a la parte de acero aleado dentro de los productos laminados planos, diferenciándose del acero sin alear (7208-7212) y del acero inoxidable (7219-7222). La partida 7225 abarca los productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm, ya sean laminados en caliente o en frío, sin revestir o revestidos, chapados o recubiertos. No obstante, la 7225 solo incluye los productos laminados planos de acero aleado que hayan sido sometidos a un elaboración adicional (como decapado, recocido, revestimiento), y excluye los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm (que se clasifican en la 7226). Los 2 primeros dígitos 72 = Capítulo del acero; los dígitos 3.º-4.º 25 = productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm; los dígitos 5.º-6.º 11 = laminados en caliente, sin revestir, sin chapar ni recubrir, y sin elaboración adicional (aparte del laminado en caliente), enrollados. Nota: la 7225.11 se refiere únicamente a los productos laminados en caliente enrollados; si han sido decapados, recocidos, revestidos, etc., se clasifican en la 7225.19 o en otras subpartidas. Esta mercancía es un producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado, de anchura superior o igual a 600 mm, sin revestir, sin chapar ni recubrir, sin elaboración adicional, lo que cumple con la descripción de la 7225.11. Si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7226; si fuera acero inoxidable, en la 7219; si fuera acero sin alear, en la 7208; si hubiera sido decapado, recocido, etc., en la 7225.19.
Capítulo
El Capítulo 72 abarca el acero y sus manufacturas, incluidos el arrabio, las ferroaleaciones, los desperdicios y desechos, los lingotes, los productos semielaborados, los productos laminados planos, las barras, el alambre, los perfiles, las formas, los tubos, etc. Este capítulo se ordena según la forma de fusión y el grado de elaboración; la partida 7225 corresponde a la parte de acero aleado dentro de los productos laminados planos, diferenciándose del acero sin alear (7208-7212) y del acero inoxidable (7219-7222).
Partida
La partida 7225 abarca los productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm, ya sean laminados en caliente o en frío, sin revestir o revestidos, chapados o recubiertos. No obstante, la 7225 solo incluye los productos laminados planos de acero aleado que hayan sido sometidos a un elaboración adicional (como decapado, recocido, revestimiento), y excluye los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm (que se clasifican en la 7226).
Desglose
Los 2 primeros dígitos 72 = Capítulo del acero; los dígitos 3.º-4.º 25 = productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm; los dígitos 5.º-6.º 11 = laminados en caliente, sin revestir, sin chapar ni recubrir, y sin elaboración adicional (aparte del laminado en caliente), enrollados. Nota: la 7225.11 se refiere únicamente a los productos laminados en caliente enrollados; si han sido decapados, recocidos, revestidos, etc., se clasifican en la 7225.19 o en otras subpartidas.
Base de clasificación
Esta mercancía es un producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado, de anchura superior o igual a 600 mm, sin revestir, sin chapar ni recubrir, sin elaboración adicional, lo que cumple con la descripción de la 7225.11. Si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7226; si fuera acero inoxidable, en la 7219; si fuera acero sin alear, en la 7208; si hubiera sido decapado, recocido, etc., en la 7225.19.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Nombre declarado de la mercancía, que debe reflejar con precisión el material y la forma, por ejemplo, «producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado». Material: Indicar el grado o la composición específica del acero aleado, como el contenido de elementos de aleación (boro, cromo, níquel, etc.). Especificaciones y dimensiones: Declarar el espesor, la anchura, el peso de la bobina, etc.; la anchura debe ser superior o igual a 600 mm. Estado de elaboración: Indicar si es laminado en caliente, si está decapado, recocido, revestido, etc., por ejemplo, «laminado en caliente, sin decapar». Uso: Declarar el uso principal, por ejemplo, para piezas estructurales de automóviles, fabricación de tuberías, etc. Marca: Declarar el fabricante o la marca; si no tiene marca, indicar «sin marca». Modelo: Declarar el modelo o grado del producto, como Q345B, SS400, etc. Número de bobina: Declarar el número de bobina para su trazabilidad; si no lo tiene, indicar «ninguno». Nombre de la mercancía: producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado; Material: acero aleado, con boro 0,002 %, cromo 0,5 %; Especificaciones: espesor 3,0 mm, anchura 1250 mm, peso de la bobina 10 toneladas; Estado de elaboración: laminado en caliente, sin decapar, sin revestir; Uso: para la fabricación de piezas estructurales de automóviles; Marca: Baosteel; Modelo: BRC3; Número de bobina: COIL20240501. Declarar una anchura inferior a 600 mm, lo que puede llevar a clasificarlo en la 7226 en lugar de la 7225. No indicar el contenido de elementos de aleación, lo que impide demostrar que es acero aleado. Descripción poco clara del estado de elaboración, por ejemplo, «laminado en caliente» sin especificar si está decapado.
Nombre de la mercancía
Nombre declarado de la mercancía, que debe reflejar con precisión el material y la forma, por ejemplo, «producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado».
⚠️ Declararlo erróneamente como «bobina de acero laminado en caliente» sin indicar que es acero aleado, o declararlo erróneamente como «bobina de acero inoxidable».
Material
Indicar el grado o la composición específica del acero aleado, como el contenido de elementos de aleación (boro, cromo, níquel, etc.).
⚠️ Escribir solo «acero aleado» sin proporcionar la composición específica, lo que genera controversias de clasificación.
Especificaciones y dimensiones
Declarar el espesor, la anchura, el peso de la bobina, etc.; la anchura debe ser superior o igual a 600 mm.
⚠️ Omitir la anchura o el espesor, lo que impide determinar si corresponde a la 7225.
Estado de elaboración
Indicar si es laminado en caliente, si está decapado, recocido, revestido, etc., por ejemplo, «laminado en caliente, sin decapar».
⚠️ No indicar si está decapado, lo que puede llevar a clasificarlo erróneamente en la 7225.19.
Uso
Declarar el uso principal, por ejemplo, para piezas estructurales de automóviles, fabricación de tuberías, etc.
⚠️ Descripción del uso demasiado genérica, como «uso industrial».
Marca
Declarar el fabricante o la marca; si no tiene marca, indicar «sin marca».
⚠️ Omitir la información de la marca.
Modelo
Declarar el modelo o grado del producto, como Q345B, SS400, etc.
⚠️ Confundir el modelo con el material.
Número de bobina
Declarar el número de bobina para su trazabilidad; si no lo tiene, indicar «ninguno».
⚠️ Ignorar la información del número de bobina.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: producto laminado en caliente de acero aleado, enrollado; Material: acero aleado, con boro 0,002 %, cromo 0,5 %; Especificaciones: espesor 3,0 mm, anchura 1250 mm, peso de la bobina 10 toneladas; Estado de elaboración: laminado en caliente, sin decapar, sin revestir; Uso: para la fabricación de piezas estructurales de automóviles; Marca: Baosteel; Modelo: BRC3; Número de bobina: COIL20240501.
Errores comunes:
Declarar una anchura inferior a 600 mm, lo que puede llevar a clasificarlo en la 7226 en lugar de la 7225.
No indicar el contenido de elementos de aleación, lo que impide demostrar que es acero aleado.
Descripción poco clara del estado de elaboración, por ejemplo, «laminado en caliente» sin especificar si está decapado.
🎯 Lógica de clasificación
Base de clasificación: 1. Material de acero aleado (con elementos de aleación que superan la definición de acero sin alear); 2. Producto laminado plano, de anchura superior o igual a 600 mm; 3. Laminado en caliente, sin revestir, sin chapar ni recubrir, sin elaboración adicional (aparte del laminado en caliente); 4. Enrollado. Al cumplir las condiciones anteriores, se clasifica en la 7225.11. 7208 Productos laminados en caliente de acero sin alear, enrollados: El acero sin alear no contiene elementos de aleación o su contenido es inferior al estándar de acero aleado, mientras que la 7225.11 exige acero aleado. 7219 Productos laminados en caliente de acero inoxidable, enrollados: El acero inoxidable contiene cromo superior o igual al 10,5 % y puede contener otros elementos, mientras que la 7225.11 corresponde a los demás aceros aleados, con un contenido de cromo inferior. 7225.19 Los demás productos laminados en caliente de acero aleado, enrollados (decapados, etc.): La 7225.19 incluye los productos laminados en caliente enrollados que han sido decapados, recocidos, revestidos o sometidos a otra elaboración adicional, mientras que la 7225.11 se limita a los que no han sufrido elaboración adicional. 7226 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm: La 7226 se refiere a los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm, mientras que la 7225 exige una anchura superior o igual a 600 mm. ¿Se confirma que el material es acero aleado? ¿La anchura es superior o igual a 600 mm? ¿Es laminado en caliente y sin elaboración adicional? ¿Está enrollado? ¿Se excluye el acero inoxidable?
Base
Base de clasificación: 1. Material de acero aleado (con elementos de aleación que superan la definición de acero sin alear); 2. Producto laminado plano, de anchura superior o igual a 600 mm; 3. Laminado en caliente, sin revestir, sin chapar ni recubrir, sin elaboración adicional (aparte del laminado en caliente); 4. Enrollado. Al cumplir las condiciones anteriores, se clasifica en la 7225.11.
Códigos confundidos:
7208 - Productos laminados en caliente de acero sin alear, enrollados
El acero sin alear no contiene elementos de aleación o su contenido es inferior al estándar de acero aleado, mientras que la 7225.11 exige acero aleado.
7219 - Productos laminados en caliente de acero inoxidable, enrollados
El acero inoxidable contiene cromo superior o igual al 10,5 % y puede contener otros elementos, mientras que la 7225.11 corresponde a los demás aceros aleados, con un contenido de cromo inferior.
7225.19 - Los demás productos laminados en caliente de acero aleado, enrollados (decapados, etc.)
La 7225.19 incluye los productos laminados en caliente enrollados que han sido decapados, recocidos, revestidos o sometidos a otra elaboración adicional, mientras que la 7225.11 se limita a los que no han sufrido elaboración adicional.
7226 - Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm
La 7226 se refiere a los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm, mientras que la 7225 exige una anchura superior o igual a 600 mm.
Autoverificación:
✓ ¿Se confirma que el material es acero aleado?
✓ ¿La anchura es superior o igual a 600 mm?
✓ ¿Es laminado en caliente y sin elaboración adicional?
✓ ¿Está enrollado?
✓ ¿Se excluye el acero inoxidable?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo determinar si mi bobina de acero aleado corresponde a la 7225.11? Debe cumplir simultáneamente: material de acero aleado (contenido de elementos de aleación conforme al estándar), anchura superior o igual a 600 mm, laminado en caliente, sin revestir/chapar/elaboración adicional, enrollado. Si ha sido decapado o recocido, se clasifica en la 7225.19. ¿Cuál es la diferencia principal entre la 7225.11 y la 7225.19? La 7225.11 se refiere únicamente a los productos enrollados laminados en caliente que no han sufrido elaboración adicional; la 7225.19 incluye los productos enrollados laminados en caliente que han sido decapados, recocidos, revestidos o sometidos a otra elaboración adicional. Al declarar, debe indicarse el estado de elaboración. Si mi bobina de acero aleado tiene una anchura de 580 mm, ¿en qué código debe clasificarse? Los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm deben clasificarse en la 7226; la subpartida específica depende del estado de elaboración y de la forma. ¿Qué diferencia hay en la clasificación entre el acero aleado y el acero inoxidable? El acero inoxidable es el acero aleado con un contenido de cromo superior o igual al 10,5 %, y se clasifica en las partidas 7219-7222; los demás aceros aleados (por ejemplo, con boro o cromo pero con cromo inferior al 10,5 %) se clasifican en las partidas 7225-7226. Al declarar la 7225.11, ¿qué información clave debe proporcionarse? Debe proporcionarse la composición del material (que demuestre que es acero aleado), la anchura (superior o igual a 600 mm), el estado de elaboración (laminado en caliente sin elaboración adicional), la forma enrollada, así como el uso, la marca, etc. Si la bobina de acero aleado laminado en caliente se decapa, ¿cambia el código? Sí. El decapado constituye una elaboración adicional, por lo que debe clasificarse en la 7225.19 (los demás productos laminados en caliente de acero aleado, enrollados, decapados, etc.). ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de la 7225.11? Puede consultarse el Arancel de Aduanas de China para la importación y la exportación, o a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas o de la ventanilla única; el tipo puede variar según los acuerdos comerciales, el origen, etc. Si mi bobina de acero es laminada en frío, ¿puede clasificarse en la 7225.11? No. La 7225.11 se limita a los productos enrollados laminados en caliente. Las bobinas de acero aleado laminadas en frío deben clasificarse en la 7225.50 u otras subpartidas correspondientes.
Q: ¿Cómo determinar si mi bobina de acero aleado corresponde a la 7225.11?
A: Debe cumplir simultáneamente: material de acero aleado (contenido de elementos de aleación conforme al estándar), anchura superior o igual a 600 mm, laminado en caliente, sin revestir/chapar/elaboración adicional, enrollado. Si ha sido decapado o recocido, se clasifica en la 7225.19.
Q: ¿Cuál es la diferencia principal entre la 7225.11 y la 7225.19?
A: La 7225.11 se refiere únicamente a los productos enrollados laminados en caliente que no han sufrido elaboración adicional; la 7225.19 incluye los productos enrollados laminados en caliente que han sido decapados, recocidos, revestidos o sometidos a otra elaboración adicional. Al declarar, debe indicarse el estado de elaboración.
Q: Si mi bobina de acero aleado tiene una anchura de 580 mm, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Los productos laminados planos de acero aleado de anchura inferior a 600 mm deben clasificarse en la 7226; la subpartida específica depende del estado de elaboración y de la forma.
Q: ¿Qué diferencia hay en la clasificación entre el acero aleado y el acero inoxidable?
A: El acero inoxidable es el acero aleado con un contenido de cromo superior o igual al 10,5 %, y se clasifica en las partidas 7219-7222; los demás aceros aleados (por ejemplo, con boro o cromo pero con cromo inferior al 10,5 %) se clasifican en las partidas 7225-7226.
Q: Al declarar la 7225.11, ¿qué información clave debe proporcionarse?
A: Debe proporcionarse la composición del material (que demuestre que es acero aleado), la anchura (superior o igual a 600 mm), el estado de elaboración (laminado en caliente sin elaboración adicional), la forma enrollada, así como el uso, la marca, etc.
Q: Si la bobina de acero aleado laminado en caliente se decapa, ¿cambia el código?
A: Sí. El decapado constituye una elaboración adicional, por lo que debe clasificarse en la 7225.19 (los demás productos laminados en caliente de acero aleado, enrollados, decapados, etc.).
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de la 7225.11?
A: Puede consultarse el Arancel de Aduanas de China para la importación y la exportación, o a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas o de la ventanilla única; el tipo puede variar según los acuerdos comerciales, el origen, etc.
Q: Si mi bobina de acero es laminada en frío, ¿puede clasificarse en la 7225.11?
A: No. La 7225.11 se limita a los productos enrollados laminados en caliente. Las bobinas de acero aleado laminadas en frío deben clasificarse en la 7225.50 u otras subpartidas correspondientes.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.