El capítulo 72 abarca el hierro y el acero y sus manufacturas, incluidos el arrabio, las ferroaleaciones, los desperdicios y desechos, los lingotes, los productos semielaborados, los productos planos laminados, las barras, los perfiles, el alambrón, los tubos, etc. Este capítulo es el núcleo de los productos básicos en el comercio internacional, e implica clasificaciones complejas según la composición de aleaciones, los procesos de fabricación y el uso. El 7219 corresponde a productos planos laminados de acero inoxidable, materia prima importante para la manufactura de alta gama y los bienes de consumo. La partida 7219 abarca específicamente los productos planos laminados de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm, incluso si han sido sometidos a un trabajo adicional (como laminado en frío, laminado en caliente, revestimiento, etc.). No obstante, debe tenerse en cuenta que la 7219 solo incluye bobinas o chapas de anchura superior o igual a 600 mm, y no incluye las bandas estrechas (anchura inferior a 600 mm) ni el alambre. Dentro de esta partida se subdivide según el estado de elaboración (laminado en caliente/laminado en frío), el espesor, el tratamiento superficial, etc. Los 2 primeros dígitos, 72: representan el capítulo 72 'Hierro y acero', que incluye el hierro y el acero sin alear, el acero inoxidable y los demás aceros aleados en formas primarias y productos semielaborados. Los dígitos 3.º y 4.º, 19: representan la partida 7219 'Productos planos laminados de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm'. Los dígitos 5.º y 6.º, 31: dentro de la 7219, la subpartida 721931 representa las bobinas de acero inoxidable 'laminadas en frío, sin trabajo adicional, de espesor superior o igual a 4,75 mm'. En concreto, la 7219.31 exige: material de acero inoxidable, anchura superior o igual a 600 mm, laminado en frío (cold-reduced), espesor superior o igual a 4,75 mm, sin revestir, chapar ni recubrir. Si el espesor es inferior a 4,75 mm, se clasifica en las subpartidas 721932-721935, etc.; si ha sido sometido a un trabajo adicional (como decapado, esmerilado, pulido), puede clasificarse en la 7219.90. La mercancía es una bobina de acero inoxidable laminada en frío, de anchura superior o igual a 600 mm, espesor superior o igual a 4,75 mm, y no ha sido sometida a revestimiento, recubrimiento ni otro trabajo adicional, por lo que se clasifica en la 721931. Si el espesor fuera inferior a 4,75 mm, debería clasificarse en la 721932 (espesor de 0,5 a 1 mm), etc.; si fuera laminada en caliente, se clasificaría en las 721911-721914; si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7220.
Capítulo
El capítulo 72 abarca el hierro y el acero y sus manufacturas, incluidos el arrabio, las ferroaleaciones, los desperdicios y desechos, los lingotes, los productos semielaborados, los productos planos laminados, las barras, los perfiles, el alambrón, los tubos, etc. Este capítulo es el núcleo de los productos básicos en el comercio internacional, e implica clasificaciones complejas según la composición de aleaciones, los procesos de fabricación y el uso. El 7219 corresponde a productos planos laminados de acero inoxidable, materia prima importante para la manufactura de alta gama y los bienes de consumo.
Partida
La partida 7219 abarca específicamente los productos planos laminados de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm, incluso si han sido sometidos a un trabajo adicional (como laminado en frío, laminado en caliente, revestimiento, etc.). No obstante, debe tenerse en cuenta que la 7219 solo incluye bobinas o chapas de anchura superior o igual a 600 mm, y no incluye las bandas estrechas (anchura inferior a 600 mm) ni el alambre. Dentro de esta partida se subdivide según el estado de elaboración (laminado en caliente/laminado en frío), el espesor, el tratamiento superficial, etc.
Desglose
Los 2 primeros dígitos, 72: representan el capítulo 72 'Hierro y acero', que incluye el hierro y el acero sin alear, el acero inoxidable y los demás aceros aleados en formas primarias y productos semielaborados. Los dígitos 3.º y 4.º, 19: representan la partida 7219 'Productos planos laminados de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm'. Los dígitos 5.º y 6.º, 31: dentro de la 7219, la subpartida 721931 representa las bobinas de acero inoxidable 'laminadas en frío, sin trabajo adicional, de espesor superior o igual a 4,75 mm'. En concreto, la 7219.31 exige: material de acero inoxidable, anchura superior o igual a 600 mm, laminado en frío (cold-reduced), espesor superior o igual a 4,75 mm, sin revestir, chapar ni recubrir. Si el espesor es inferior a 4,75 mm, se clasifica en las subpartidas 721932-721935, etc.; si ha sido sometido a un trabajo adicional (como decapado, esmerilado, pulido), puede clasificarse en la 7219.90.
Base de clasificación
La mercancía es una bobina de acero inoxidable laminada en frío, de anchura superior o igual a 600 mm, espesor superior o igual a 4,75 mm, y no ha sido sometida a revestimiento, recubrimiento ni otro trabajo adicional, por lo que se clasifica en la 721931. Si el espesor fuera inferior a 4,75 mm, debería clasificarse en la 721932 (espesor de 0,5 a 1 mm), etc.; si fuera laminada en caliente, se clasificaría en las 721911-721914; si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7220.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Denominación estándar de la mercancía declarada, que debe incluir información clave como el material, el estado de elaboración y la forma, por ejemplo, 'bobina de acero inoxidable laminada en frío' Material: Grado o composición específica del acero inoxidable, como 304, 316L, etc., indicando el contenido de los principales elementos de aleación (cromo, níquel, etc.) Dimensiones y especificaciones: Incluye espesor, anchura, diámetro interior de la bobina, diámetro exterior, etc.; el espesor debe ser preciso hasta el milímetro y la anchura debe indicar si es superior o igual a 600 mm Estado de elaboración: Indicar claramente que es laminado en frío (cold-reduced) y señalar si ha sido sometido a recocido, decapado u otros tratamientos posteriores Tratamiento superficial: Describir el estado de la superficie, como 2B, BA, No.4, etc.; si ha sido revestido o recubierto, debe indicarse especialmente Uso: Declarar el uso principal, como la fabricación de cubiertos, utensilios de cocina, piezas de automóvil, etc., lo que ayuda a la aduana a determinar la clasificación Marca: Si tiene marca, debe declararse; si no tiene, puede indicarse 'ninguna'. La marca no afecta a la clasificación, pero sí a la revisión del precio Fabricante: Declarar el nombre de la empresa productora, para facilitar la trazabilidad del origen y la calidad Nombre de la mercancía: bobina de acero inoxidable laminada en frío; Material: acero inoxidable 304 (cromo 18 %, níquel 8 %); Especificaciones: espesor 5,0 mm, anchura 1250 mm, diámetro interior de la bobina 508 mm; Estado de elaboración: laminado en frío, sin recocido ni decapado; Tratamiento superficial: 2B; Uso: para la fabricación de utensilios de cocina; Marca: ninguna; Fabricante: XX Steel Co., Ltd. Espesor declarado inexacto, especialmente cuando se aproxima al valor crítico de 4,75 mm; debe medirse con precisión y conservar las pruebas Declarar erróneamente las bobinas decapadas después del laminado en frío como 'sin trabajo adicional', cuando en realidad deben clasificarse en la 7219.90 Error en la declaración de la anchura: si la anchura real es inferior a 600 mm, debe clasificarse en la 7220, no en la 7219
Nombre de la mercancía
Denominación estándar de la mercancía declarada, que debe incluir información clave como el material, el estado de elaboración y la forma, por ejemplo, 'bobina de acero inoxidable laminada en frío'
⚠️ Escribir solo 'bobina de acero inoxidable' sin indicar laminada en frío, o indicar erróneamente 'bobina de acero inoxidable laminada en caliente'
Material
Grado o composición específica del acero inoxidable, como 304, 316L, etc., indicando el contenido de los principales elementos de aleación (cromo, níquel, etc.)
⚠️ Escribir solo 'acero inoxidable' sin proporcionar el grado, o que el grado no coincida con el real
Dimensiones y especificaciones
Incluye espesor, anchura, diámetro interior de la bobina, diámetro exterior, etc.; el espesor debe ser preciso hasta el milímetro y la anchura debe indicar si es superior o igual a 600 mm
⚠️ Unidad de espesor incorrecta (por ejemplo, centímetros), o no indicar la anchura, lo que provoca un error de clasificación
Estado de elaboración
Indicar claramente que es laminado en frío (cold-reduced) y señalar si ha sido sometido a recocido, decapado u otros tratamientos posteriores
⚠️ Declarar erróneamente el decapado posterior al laminado en frío como 'sin trabajo adicional'
Tratamiento superficial
Describir el estado de la superficie, como 2B, BA, No.4, etc.; si ha sido revestido o recubierto, debe indicarse especialmente
⚠️ Omitir el tratamiento superficial, lo que provoca una clasificación errónea en la 7219.90
Uso
Declarar el uso principal, como la fabricación de cubiertos, utensilios de cocina, piezas de automóvil, etc., lo que ayuda a la aduana a determinar la clasificación
⚠️ Descripción del uso demasiado general, como 'uso industrial'
Marca
Si tiene marca, debe declararse; si no tiene, puede indicarse 'ninguna'. La marca no afecta a la clasificación, pero sí a la revisión del precio
⚠️ Omitir la marca o declararla erróneamente
Fabricante
Declarar el nombre de la empresa productora, para facilitar la trazabilidad del origen y la calidad
⚠️ Indicar un comerciante en lugar del productor
Ejemplo: Nombre de la mercancía: bobina de acero inoxidable laminada en frío; Material: acero inoxidable 304 (cromo 18 %, níquel 8 %); Especificaciones: espesor 5,0 mm, anchura 1250 mm, diámetro interior de la bobina 508 mm; Estado de elaboración: laminado en frío, sin recocido ni decapado; Tratamiento superficial: 2B; Uso: para la fabricación de utensilios de cocina; Marca: ninguna; Fabricante: XX Steel Co., Ltd.
Errores comunes:
Espesor declarado inexacto, especialmente cuando se aproxima al valor crítico de 4,75 mm; debe medirse con precisión y conservar las pruebas
Declarar erróneamente las bobinas decapadas después del laminado en frío como 'sin trabajo adicional', cuando en realidad deben clasificarse en la 7219.90
Error en la declaración de la anchura: si la anchura real es inferior a 600 mm, debe clasificarse en la 7220, no en la 7219
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación es: 1) material de acero inoxidable; 2) anchura superior o igual a 600 mm; 3) laminado en frío (cold-reduced) y no laminado en caliente; 4) espesor superior o igual a 4,75 mm; 5) sin trabajo adicional (como revestimiento, recubrimiento, chapado). Además, debe consultarse el Arancel de Aduanas y las decisiones de clasificación de la aduana para asegurar el cumplimiento del texto de la subpartida. Si el espesor o el estado de elaboración no coinciden, se clasifica en otras subpartidas. 721932 Bobina de acero inoxidable laminada en frío, espesor de 0,5 a 1 mm: El intervalo de espesor es diferente: la 721932 exige un espesor entre 0,5 mm y 1 mm (excluido 1 mm), mientras que la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm. 721911 Bobina de acero inoxidable laminada en caliente, espesor superior a 10 mm: El estado de elaboración es diferente: la 721911 es laminada en caliente y la 721931 es laminada en frío; además, el intervalo de espesor también es diferente. 721990 Los demás productos planos laminados de acero inoxidable: La 721990 abarca los productos de acero inoxidable sometidos a trabajo adicional (como revestimiento o recubrimiento) o de anchura inferior a 600 mm, mientras que la 721931 exige que no hayan sido sometidos a trabajo adicional y que la anchura sea superior o igual a 600 mm. 722020 Bandas estrechas de acero inoxidable laminadas en frío, anchura inferior a 600 mm: La anchura es diferente: la 722020 tiene anchura inferior a 600 mm, mientras que la 721931 tiene anchura superior o igual a 600 mm. Confirmar que el material es acero inoxidable (contenido de cromo superior o igual a 10,5 %) Confirmar que la anchura es superior o igual a 600 mm Confirmar que el estado de elaboración es laminado en frío (cold-reduced) Confirmar que el espesor es superior o igual a 4,75 mm Confirmar que no ha sido sometido a revestimiento, recubrimiento u otro trabajo adicional
Base
La base central de clasificación es: 1) material de acero inoxidable; 2) anchura superior o igual a 600 mm; 3) laminado en frío (cold-reduced) y no laminado en caliente; 4) espesor superior o igual a 4,75 mm; 5) sin trabajo adicional (como revestimiento, recubrimiento, chapado). Además, debe consultarse el Arancel de Aduanas y las decisiones de clasificación de la aduana para asegurar el cumplimiento del texto de la subpartida. Si el espesor o el estado de elaboración no coinciden, se clasifica en otras subpartidas.
Códigos confundidos:
721932 - Bobina de acero inoxidable laminada en frío, espesor de 0,5 a 1 mm
El intervalo de espesor es diferente: la 721932 exige un espesor entre 0,5 mm y 1 mm (excluido 1 mm), mientras que la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm.
721911 - Bobina de acero inoxidable laminada en caliente, espesor superior a 10 mm
El estado de elaboración es diferente: la 721911 es laminada en caliente y la 721931 es laminada en frío; además, el intervalo de espesor también es diferente.
721990 - Los demás productos planos laminados de acero inoxidable
La 721990 abarca los productos de acero inoxidable sometidos a trabajo adicional (como revestimiento o recubrimiento) o de anchura inferior a 600 mm, mientras que la 721931 exige que no hayan sido sometidos a trabajo adicional y que la anchura sea superior o igual a 600 mm.
722020 - Bandas estrechas de acero inoxidable laminadas en frío, anchura inferior a 600 mm
La anchura es diferente: la 722020 tiene anchura inferior a 600 mm, mientras que la 721931 tiene anchura superior o igual a 600 mm.
Autoverificación:
✓ Confirmar que el material es acero inoxidable (contenido de cromo superior o igual a 10,5 %)
✓ Confirmar que la anchura es superior o igual a 600 mm
✓ Confirmar que el estado de elaboración es laminado en frío (cold-reduced)
✓ Confirmar que el espesor es superior o igual a 4,75 mm
✓ Confirmar que no ha sido sometido a revestimiento, recubrimiento u otro trabajo adicional
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de la 721931? Puede consultarse en el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China, en el 'Arancel de Importación y Exportación', o utilizar herramientas como el 'Navegador Inteligente de Clasificación Aduanera'. Los tipos impositivos incluyen el tipo de nación más favorecida, el tipo general, el IVA, el impuesto al consumo, etc., y dependen del origen y del acuerdo comercial. Se recomienda tomar como referencia lo publicado más recientemente por la aduana. ¿Cómo se mide el espesor de una bobina de acero inoxidable laminada en frío? El espesor debe medirse a una distancia de al menos 100 mm del borde de la bobina, utilizando un micrómetro calibrado y tomando el valor medio de varios puntos. Debe tenerse en cuenta la tolerancia de espesor; si se aproxima al valor crítico de 4,75 mm, se recomienda aportar un informe de ensayo de un tercero. Si mi bobina de acero inoxidable ha sido decapada, ¿sigue clasificándose en la 721931? El decapado constituye un trabajo adicional; si después del laminado en frío se ha sometido a decapado, no debe clasificarse en la 721931, sino en la 721990 (los demás). No obstante, si el decapado es un paso necesario del proceso de laminado en frío y no altera las características de la superficie, deberá determinarse conjuntamente con las decisiones de clasificación de la aduana. ¿Cuál es la principal diferencia entre la 721931 y la 721932? La principal diferencia es el espesor: la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm, y la 721932 un espesor entre 0,5 mm y 1 mm (excluido 1 mm). Al clasificar, debe medirse y declararse con precisión el espesor. ¿Es obligatorio rellenar la marca al declarar? La marca es uno de los elementos de declaración; si no tiene marca, puede indicarse 'ninguna'. La marca no afecta a la clasificación, pero sí a la valoración aduanera y a la protección de la propiedad intelectual. Si se trata de una marca conocida, debe aportarse la autorización. ¿Cómo se define la anchura de una bobina de acero inoxidable? La anchura se refiere al ancho de la bobina, es decir, la dimensión perpendicular a la dirección de laminación. Si la anchura es superior o igual a 600 mm, se clasifica en la 7219; si es inferior a 600 mm, se clasifica en la 7220. Al medir, debe asegurarse la precisión para evitar errores de clasificación. Si el espesor es exactamente 4,75 mm, ¿en qué código debe clasificarse? Según el arancel, la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm, por lo que 4,75 mm debe clasificarse en la 721931. No obstante, debe tenerse en cuenta el error de medición; se recomienda aportar datos de ensayo precisos. ¿Cuáles son los tratamientos superficiales habituales de las bobinas de acero inoxidable laminadas en frío? Los habituales son 2B (recocido brillante después del laminado en frío), BA (recocido brillante), No.4 (esmerilado), HL (cepillado), etc. Si el tratamiento superficial constituye un trabajo adicional, puede afectar a la clasificación y debe declararse con veracidad.
Q: ¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de la 721931?
A: Puede consultarse en el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China, en el 'Arancel de Importación y Exportación', o utilizar herramientas como el 'Navegador Inteligente de Clasificación Aduanera'. Los tipos impositivos incluyen el tipo de nación más favorecida, el tipo general, el IVA, el impuesto al consumo, etc., y dependen del origen y del acuerdo comercial. Se recomienda tomar como referencia lo publicado más recientemente por la aduana.
Q: ¿Cómo se mide el espesor de una bobina de acero inoxidable laminada en frío?
A: El espesor debe medirse a una distancia de al menos 100 mm del borde de la bobina, utilizando un micrómetro calibrado y tomando el valor medio de varios puntos. Debe tenerse en cuenta la tolerancia de espesor; si se aproxima al valor crítico de 4,75 mm, se recomienda aportar un informe de ensayo de un tercero.
Q: Si mi bobina de acero inoxidable ha sido decapada, ¿sigue clasificándose en la 721931?
A: El decapado constituye un trabajo adicional; si después del laminado en frío se ha sometido a decapado, no debe clasificarse en la 721931, sino en la 721990 (los demás). No obstante, si el decapado es un paso necesario del proceso de laminado en frío y no altera las características de la superficie, deberá determinarse conjuntamente con las decisiones de clasificación de la aduana.
Q: ¿Cuál es la principal diferencia entre la 721931 y la 721932?
A: La principal diferencia es el espesor: la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm, y la 721932 un espesor entre 0,5 mm y 1 mm (excluido 1 mm). Al clasificar, debe medirse y declararse con precisión el espesor.
Q: ¿Es obligatorio rellenar la marca al declarar?
A: La marca es uno de los elementos de declaración; si no tiene marca, puede indicarse 'ninguna'. La marca no afecta a la clasificación, pero sí a la valoración aduanera y a la protección de la propiedad intelectual. Si se trata de una marca conocida, debe aportarse la autorización.
Q: ¿Cómo se define la anchura de una bobina de acero inoxidable?
A: La anchura se refiere al ancho de la bobina, es decir, la dimensión perpendicular a la dirección de laminación. Si la anchura es superior o igual a 600 mm, se clasifica en la 7219; si es inferior a 600 mm, se clasifica en la 7220. Al medir, debe asegurarse la precisión para evitar errores de clasificación.
Q: Si el espesor es exactamente 4,75 mm, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Según el arancel, la 721931 exige un espesor superior o igual a 4,75 mm, por lo que 4,75 mm debe clasificarse en la 721931. No obstante, debe tenerse en cuenta el error de medición; se recomienda aportar datos de ensayo precisos.
Q: ¿Cuáles son los tratamientos superficiales habituales de las bobinas de acero inoxidable laminadas en frío?
A: Los habituales son 2B (recocido brillante después del laminado en frío), BA (recocido brillante), No.4 (esmerilado), HL (cepillado), etc. Si el tratamiento superficial constituye un trabajo adicional, puede afectar a la clasificación y debe declararse con veracidad.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.