Código HS: 700529
Otras placas de vidrio flotado
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 70 abarca el vidrio y sus manufacturas, incluidos el vidrio plano, la fibra de vidrio, la vajilla de vidrio, los instrumentos de vidrio, etc. Este capítulo se ordena desde las materias primas hasta los productos acabados según el grado de elaboración; las partidas 7003 a 7005 corresponden al vidrio plano, y la 7005 se refiere específicamente al vidrio flotado y al vidrio plano con superficie rectificada o pulida. El vidrio flotado es el proceso de fabricación de vidrio plano más importante en la actualidad, y este capítulo lo subdivide además según el espesor, si está armado o no, si está coloreado o no, etc.
Partida
La partida 7005 comprende el vidrio flotado y el vidrio plano con superficie rectificada o pulida, incluso armado, coloreado, opacificado, revestido o con capa absorbente o reflectante, pero sin otra elaboración. Abarca específicamente: vidrio flotado en masa (sin rectificar ni pulir), vidrio plano con superficie rectificada o pulida, y vidrio armado. No incluye el vidrio que ha sido objeto de una elaboración ulterior (como curvado, taladrado, revestimiento no metálico, etc.), ni el vidrio de seguridad (7007) o el vidrio laminado (7007).
Desglose
El código 700529 tiene 6 dígitos: los 2 primeros, "70", representan el Capítulo 70 (vidrio y sus manufacturas); los dígitos 3.º y 4.º, "05", representan la partida 7005 (vidrio flotado y vidrio plano con superficie rectificada o pulida); los dígitos 5.º y 6.º, "29", representan la subpartida 700529 (las demás hojas de vidrio flotado). Dentro de la 7005, primero se distingue según esté armado o no: 700510 (vidrio armado) y 7005.2 (los demás vidrios sin armar); la 7005.2 se subdivide a su vez, según esté coloreado, opacificado, revestido, etc., en 700521 (coloreado u opacificado, etc.) y 700529 (los demás). Por consiguiente, la 700529 se refiere específicamente al vidrio flotado transparente ordinario, sin armar, sin colorear, sin revestir y sin rectificar ni pulir, pero debe tenerse en cuenta que su espesor puede influir en la clasificación.
Base de clasificación
La mercancía es una hoja de vidrio flotado, sin armar, sin colorear, sin revestir, sin rectificar ni pulir, y sin otra elaboración, por lo que se clasifica en la 700529. Si fuera vidrio armado, se clasificaría en la 700510; si fuera vidrio coloreado, opacificado o revestido, se clasificaría en la 700521; si su superficie estuviera rectificada o pulida, se clasificaría en la subpartida correspondiente dentro de la 7005.2, pero el rectificado o pulido no afecta a la clasificación en la 7005, solo a la subdivisión en subpartidas. Si el vidrio ya estuviera curvado, taladrado, etc., se clasificaría en la 7006; si fuera vidrio de seguridad, en la 7007.

📝 Elementos de declaración

Denominación
Nombre específico de la mercancía declarada, como "hoja de vidrio flotado", "vidrio flotado transparente". Debe reflejar con precisión las propiedades de la mercancía y evitar la denominación genérica "vidrio".
⚠️ Escribir erróneamente "manufacturas de vidrio" o "vidrio plano", sin reflejar el proceso de flotado.
Marca
Nombre del fabricante o de la marca; si no tiene marca, puede indicarse "sin marca". La marca ayuda a la aduana a confirmar el origen de la mercancía y la situación de propiedad intelectual.
⚠️ Omitir la marca o consignarla de forma incompleta, lo que suscita dudas en la aduana.
Especificaciones y dimensiones
Incluye el espesor (por ejemplo, 2 mm, 3 mm, etc.), la longitud y la anchura. El espesor del vidrio flotado es un parámetro importante de clasificación que influye en la subdivisión en subpartidas.
⚠️ Indicar solo "espesor 3 mm", sin proporcionar las dimensiones de longitud y anchura, o utilizar unidades erróneas.
¿Armado?
Declarar si contiene una red metálica; el vidrio armado se clasifica en la 700510 y el no armado en la 700529. Debe responderse obligatoriamente "sí" o "no".
⚠️ Declarar erróneamente el vidrio armado como no armado, lo que provoca un error de clasificación.
¿Coloreado?
Declarar si el vidrio está coloreado en su masa (por ejemplo, coloreado en masa); el vidrio coloreado se clasifica en la 700521 y el no coloreado en la 700529. Debe distinguirse entre el coloreado en masa y el revestimiento superficial.
⚠️ Declarar erróneamente un revestimiento superficial como coloreado, o declarar el vidrio coloreado como no coloreado.
¿Revestido?
Declarar si la superficie tiene un revestimiento metálico o no metálico (por ejemplo, capa Low-E); si tiene revestimiento, se clasifica en la 700521 o en otra subpartida de la 7005.2; si no lo tiene, en la 700529.
⚠️ Omitir el revestimiento y declarar el vidrio revestido como vidrio flotado ordinario.
Proceso de elaboración
Indicar si ha sido rectificado, pulido, curvado, taladrado, etc. Solo el rectificado y el pulido mantienen la clasificación en la 7005; otras elaboraciones se clasifican en la 7006.
⚠️ Declarar el vidrio curvado como vidrio flotado, sin declarar el proceso de elaboración.
Uso
Indicar brevemente el uso, como construcción, automoción, muebles, etc. El uso ayuda a la aduana a determinar la clasificación, pero no es un factor decisivo.
⚠️ Descripción del uso demasiado amplia, como "para la construcción", sin concretar.
Ejemplo:
Ejemplo de declaración en el formulario aduanero: Denominación: hoja de vidrio flotado Marca: sin marca Especificaciones y dimensiones: espesor 3 mm, longitud 2440 mm, anchura 1830 mm ¿Armado?: no ¿Coloreado?: no ¿Revestido?: no Proceso de elaboración: sin rectificar ni pulir, sin curvar Uso: para puertas y ventanas de construcción Código HS: 7005290090 Elementos de declaración: 1. Denominación: hoja de vidrio flotado; 2. Marca: sin marca; 3. Especificaciones: 3 mm×2440 mm×1830 mm; 4. ¿Armado?: no; 5. ¿Coloreado?: no; 6. ¿Revestido?: no; 7. Proceso de elaboración: sin rectificar ni pulir; 8. Uso: puertas y ventanas de construcción.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base fundamental de clasificación: en primer lugar, confirmar si la mercancía es vidrio flotado o vidrio plano con superficie rectificada o pulida, y que no haya sido objeto de otra elaboración. Después, comprobar si está armado: el armado se clasifica en la 700510 y el no armado en la 7005.2. A continuación, comprobar si está coloreado, opacificado, revestido o tiene capa absorbente o reflectante: en caso afirmativo, se clasifica en la 700521; en caso contrario, en la 700529. El espesor no influye en la subdivisión en subpartidas, pero puede influir en otras partidas (como la 7003 o la 7004). Si el vidrio ha sido curvado, taladrado, revestido con una capa no metálica, etc., se clasifica en la 7006; si es vidrio de seguridad, en la 7007.
Códigos confundidos:
700510 - Vidrio armado
La 700510 corresponde al vidrio armado, con una red metálica en su interior; la 700529 corresponde al vidrio no armado. La diferencia esencial es si contiene o no hilos metálicos.
700521 - Vidrio flotado no armado, coloreado o revestido
La 700521 corresponde al vidrio no armado coloreado en su masa, opacificado, revestido o con capa absorbente o reflectante; la 700529 corresponde al vidrio no armado transparente, no coloreado y no revestido.
700600 - Vidrio elaborado
La 700600 comprende el vidrio curvado, taladrado, revestido con una capa no metálica, etc.; la 700529 se limita al vidrio plano que no ha sido objeto de tales elaboraciones.
700711 - Vidrio de seguridad templado
La 700711 corresponde al vidrio de seguridad templado, utilizado en vehículos, etc.; la 700529 corresponde al vidrio flotado ordinario, no templado.
700319 - Las demás hojas de vidrio no armado
La 700319 corresponde al vidrio laminado o soplado, no obtenido por flotación; la 700529 corresponde al obtenido por flotación.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo consultar el código HS del vidrio flotado?
A: En primer lugar, confirmar que el vidrio se obtiene por el proceso de flotación; después, comprobar si está armado, coloreado, revestido o elaborado. Si no lo está, se clasifica en la 700529. Puede consultarse el Arancel de Aduanas o un dictamen de clasificación anticipada de la aduana.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre la 700529 y la 700521?
A: La 700521 es vidrio flotado no armado, coloreado, opacificado, revestido o con capa absorbente o reflectante; la 700529 es vidrio flotado no armado, transparente, no coloreado y no revestido. La diferencia clave es si está coloreado o revestido.
Q: Si el vidrio flotado tiene revestimiento, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Si el revestimiento es una capa metálica o no metálica y no se ha realizado otra elaboración, normalmente se clasifica en la 700521. No obstante, debe confirmarse el tipo de revestimiento; si se trata de una capa Low-E, etc., sigue clasificándose en la 700521.
Q: ¿En qué código se clasifica el vidrio armado?
A: El vidrio armado se clasifica en la 700510, esté coloreado o revestido o no. El vidrio armado tiene una red metálica en su interior, a diferencia del vidrio flotado ordinario.
Q: ¿Cómo se clasifica el vidrio flotado rectificado y pulido?
A: El rectificado y el pulido no impiden la clasificación en la 7005, pero debe asignarse la subpartida correspondiente según esté armado, coloreado, etc. Si no está armado ni coloreado, se clasifica en la 700529.
Q: ¿Influye el espesor del vidrio flotado en el código HS?
A: Dentro de la 7005, el espesor no influye en la subdivisión en subpartidas. No obstante, si el espesor es extremadamente fino o grueso, podría clasificarse en otra partida, como la 7003 o la 7004. Debe determinarse según las especificaciones concretas.
Q: ¿Qué elementos deben tenerse en cuenta al declarar la 700529?
A: Deben declararse la denominación, la marca, las especificaciones y dimensiones, si está armado, si está coloreado, si está revestido, el proceso de elaboración, el uso, etc. Debe garantizarse la exactitud de la información para evitar errores de clasificación.
Q: Si el vidrio flotado se utiliza en automóviles, ¿se clasifica en la 700529?
A: Si es vidrio flotado ordinario, no templado ni laminado, sigue clasificándose en la 700529. Pero si es vidrio de seguridad templado o laminado para automóviles, se clasifica en la 7007.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.