El Capítulo 52 abarca la cadena de producción completa del algodón y los tejidos de algodón, desde el algodón en rama, desperdicios de algodón, algodón cardado o peinado, hasta hilados de algodón y tejidos de algodón. Este capítulo es uno de los más importantes dentro de la categoría textil, e incluye productos de procesamiento primario del algodón, productos semielaborados y tejidos acabados. Los tejidos de algodón se subdividen según el método de tejido, el gramaje, el estado de blanqueo, si están estampados o no, etc. El comercio mundial de algodón y de productos textiles de algodón utiliza las codificaciones de este capítulo como base arancelaria y estadística, y tiene una importancia central para la industria textil y de confección. La partida 5212 abarca los demás tejidos de algodón, es decir, los tejidos de algodón no comprendidos en las partidas 5208 a 5211. Incluye específicamente: tejidos de algodón de peso no superior a 200 g/m², que no hayan sido blanqueados, teñidos, estampados ni sometidos a otros procesos (es decir, crudos), pero excluye los tejidos similares blanqueados, teñidos, con hilados de distintos colores o estampados. Dentro de esta partida, las subpartidas se subdividen según el gramaje y el estado de blanqueo; la 5212.11 corresponde a tejidos de algodón crudos de peso no superior a 200 g/m², y es una categoría importante de productos semielaborados en la cadena de producción textil del algodón. Los 2 primeros dígitos, 52: representan el Capítulo 52, es decir, algodón y tejidos de algodón. Los dígitos 3-4, 12: representan la partida 5212, que se refiere a los demás tejidos de algodón, es decir, tejidos de algodón distintos de 5208 (tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85%, peso ≤200 g/m²), 5209 (tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85%, peso >200 g/m²), 5210 (tejidos de algodón con un contenido de algodón <85% mezclados con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m²) y 5211 (tejidos de algodón con un contenido de algodón <85% mezclados con fibras sintéticas, peso >200 g/m²). Los dígitos 5-6, 11: representan la subpartida 5212.11, es decir, los demás tejidos de algodón crudos, de peso no superior a 200 g/m². Esta subpartida normalmente no se subdivide por contenido de algodón, pero debe distinguirse de otras subpartidas (como 5212.12 blanqueados, 5212.21 con hilados de distintos colores, etc.). La mercancía es un tejido de algodón crudo, de peso ≤200 g/m², y no pertenece a la partida 5208 (contenido de algodón ≥85%) ni a la 5210 (contenido de algodón <85% mezclado con fibras sintéticas). Dado que el contenido de algodón puede ser inferior al 85% pero no estar mezclado con fibras sintéticas, o ser ≥85% pero no cumplir otras condiciones de la 5208 (como ligamentos especiales), se clasifica en la 5212. Además, el estado crudo excluye la 5212.12 (blanqueados) y las subpartidas siguientes, y el gramaje ≤200 g excluye la 5212.13, etc. Por lo tanto, la 5212.11 es la única clasificación correcta.
Capítulo
El Capítulo 52 abarca la cadena de producción completa del algodón y los tejidos de algodón, desde el algodón en rama, desperdicios de algodón, algodón cardado o peinado, hasta hilados de algodón y tejidos de algodón. Este capítulo es uno de los más importantes dentro de la categoría textil, e incluye productos de procesamiento primario del algodón, productos semielaborados y tejidos acabados. Los tejidos de algodón se subdividen según el método de tejido, el gramaje, el estado de blanqueo, si están estampados o no, etc. El comercio mundial de algodón y de productos textiles de algodón utiliza las codificaciones de este capítulo como base arancelaria y estadística, y tiene una importancia central para la industria textil y de confección.
Partida
La partida 5212 abarca los demás tejidos de algodón, es decir, los tejidos de algodón no comprendidos en las partidas 5208 a 5211. Incluye específicamente: tejidos de algodón de peso no superior a 200 g/m², que no hayan sido blanqueados, teñidos, estampados ni sometidos a otros procesos (es decir, crudos), pero excluye los tejidos similares blanqueados, teñidos, con hilados de distintos colores o estampados. Dentro de esta partida, las subpartidas se subdividen según el gramaje y el estado de blanqueo; la 5212.11 corresponde a tejidos de algodón crudos de peso no superior a 200 g/m², y es una categoría importante de productos semielaborados en la cadena de producción textil del algodón.
Desglose
Los 2 primeros dígitos, 52: representan el Capítulo 52, es decir, algodón y tejidos de algodón. Los dígitos 3-4, 12: representan la partida 5212, que se refiere a los demás tejidos de algodón, es decir, tejidos de algodón distintos de 5208 (tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85%, peso ≤200 g/m²), 5209 (tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85%, peso >200 g/m²), 5210 (tejidos de algodón con un contenido de algodón <85% mezclados con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m²) y 5211 (tejidos de algodón con un contenido de algodón <85% mezclados con fibras sintéticas, peso >200 g/m²). Los dígitos 5-6, 11: representan la subpartida 5212.11, es decir, los demás tejidos de algodón crudos, de peso no superior a 200 g/m². Esta subpartida normalmente no se subdivide por contenido de algodón, pero debe distinguirse de otras subpartidas (como 5212.12 blanqueados, 5212.21 con hilados de distintos colores, etc.).
Base de clasificación
La mercancía es un tejido de algodón crudo, de peso ≤200 g/m², y no pertenece a la partida 5208 (contenido de algodón ≥85%) ni a la 5210 (contenido de algodón <85% mezclado con fibras sintéticas). Dado que el contenido de algodón puede ser inferior al 85% pero no estar mezclado con fibras sintéticas, o ser ≥85% pero no cumplir otras condiciones de la 5208 (como ligamentos especiales), se clasifica en la 5212. Además, el estado crudo excluye la 5212.12 (blanqueados) y las subpartidas siguientes, y el gramaje ≤200 g excluye la 5212.13, etc. Por lo tanto, la 5212.11 es la única clasificación correcta.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Debe declararse el nombre comercial normalizado en chino o inglés, como «tejido de algodón crudo» o «los demás tejidos de algodón», evitando denominaciones coloquiales o ambiguas. Método de tejido: Declarar como tejido de calada (woven), a diferencia del tejido de punto (knitted) o de ganchillo; el tejido de calada es el requisito previo para clasificar en el Capítulo 52. Composición: Declarar el porcentaje de contenido de algodón, así como el contenido de otras fibras (como fibras sintéticas, lino, etc.), con precisión de porcentaje entero. Peso por metro cuadrado: Declarar el gramaje del tejido, en g/m², indicando claramente si es ≤200 g; este es el criterio clave para distinguir partidas y subpartidas. Estado de blanqueo: Declarar como crudo (unbleached), a diferencia del estado blanqueado, teñido, con hilados de distintos colores o estampado. Ancho: Declarar el ancho del tejido, en centímetros o pulgadas; influye en la clasificación pero no es un factor determinante para la 5212.11, debe declararse fielmente. Marca o fabricante: Si existe marca o fabricante, debe declararse el nombre; si no tiene marca, puede declararse «sin marca». Proceso de elaboración: Describir brevemente el proceso de acabado después del tejido, como si se ha sometido a gaseado, mercerizado, etc., pero debe quedar claro el estado crudo. Ejemplo de declaración en el formulario aduanero:
Nombre de la mercancía: Tejido de algodón crudo
Método de tejido: Tejido de calada
Composición: 100% algodón
Peso por metro cuadrado: 150 g/m²
Estado de blanqueo: Crudo
Ancho: 150 cm
Marca: Sin marca
Proceso de elaboración: Crudo después del tejido, solo gaseado
Código HS: 52121100
Elementos de declaración completos, conforme a los requisitos de clasificación. Declaración inexacta del gramaje, superando los 200 g/m² pero declarado erróneamente como ≤200 g, lo que lleva a clasificarlo en 5211 o 5209. Declaración errónea del estado de blanqueo, declarando crudo como blanqueado, clasificándolo incorrectamente en 5212.12. Composición no declarada con precisión, contenido de algodón inferior al 85% pero sin indicar otras fibras, pudiendo clasificarse erróneamente en 5208. Método de tejido declarado erróneamente como tejido de punto, siendo en realidad tejido de calada, debiendo clasificarse en el Capítulo 52 y no en el 60. Ancho no declarado o unidad errónea, lo que puede generar dudas en la aduana pero no es clave para la clasificación.
Nombre de la mercancía
Debe declararse el nombre comercial normalizado en chino o inglés, como «tejido de algodón crudo» o «los demás tejidos de algodón», evitando denominaciones coloquiales o ambiguas.
⚠️ Escribir solo «tela de algodón» o «tela 100% algodón», sin reflejar las características de crudo y gramaje.
Método de tejido
Declarar como tejido de calada (woven), a diferencia del tejido de punto (knitted) o de ganchillo; el tejido de calada es el requisito previo para clasificar en el Capítulo 52.
⚠️ Declarar erróneamente como «tejido de punto» o «tejido de calada» cuando en realidad es de punto, lo que provoca un error de clasificación.
Composición
Declarar el porcentaje de contenido de algodón, así como el contenido de otras fibras (como fibras sintéticas, lino, etc.), con precisión de porcentaje entero.
⚠️ Escribir solo «100% algodón» cuando el contenido real de algodón es inferior al 85%, u omitir el tipo de otras fibras.
Peso por metro cuadrado
Declarar el gramaje del tejido, en g/m², indicando claramente si es ≤200 g; este es el criterio clave para distinguir partidas y subpartidas.
⚠️ No proporcionar el gramaje o estimarlo erróneamente, lo que lleva a clasificarlo incorrectamente en las partidas 5208 o 5211.
Estado de blanqueo
Declarar como crudo (unbleached), a diferencia del estado blanqueado, teñido, con hilados de distintos colores o estampado.
⚠️ Declarar erróneamente el crudo como «blanco natural» o «blanqueado», lo que provoca un error de subpartida.
Ancho
Declarar el ancho del tejido, en centímetros o pulgadas; influye en la clasificación pero no es un factor determinante para la 5212.11, debe declararse fielmente.
⚠️ No declarar el ancho o confundir las unidades, lo que genera dudas en la aduana.
Marca o fabricante
Si existe marca o fabricante, debe declararse el nombre; si no tiene marca, puede declararse «sin marca».
⚠️ Omitir la información de la marca, lo que afecta la verificación de propiedad intelectual en la aduana.
Proceso de elaboración
Describir brevemente el proceso de acabado después del tejido, como si se ha sometido a gaseado, mercerizado, etc., pero debe quedar claro el estado crudo.
⚠️ Confundir el mercerizado con el blanqueo, lo que provoca un error de clasificación.
Ejemplo: Ejemplo de declaración en el formulario aduanero:
Nombre de la mercancía: Tejido de algodón crudo
Método de tejido: Tejido de calada
Composición: 100% algodón
Peso por metro cuadrado: 150 g/m²
Estado de blanqueo: Crudo
Ancho: 150 cm
Marca: Sin marca
Proceso de elaboración: Crudo después del tejido, solo gaseado
Código HS: 52121100
Elementos de declaración completos, conforme a los requisitos de clasificación.
Errores comunes:
Declaración inexacta del gramaje, superando los 200 g/m² pero declarado erróneamente como ≤200 g, lo que lleva a clasificarlo en 5211 o 5209.
Declaración errónea del estado de blanqueo, declarando crudo como blanqueado, clasificándolo incorrectamente en 5212.12.
Composición no declarada con precisión, contenido de algodón inferior al 85% pero sin indicar otras fibras, pudiendo clasificarse erróneamente en 5208.
Método de tejido declarado erróneamente como tejido de punto, siendo en realidad tejido de calada, debiendo clasificarse en el Capítulo 52 y no en el 60.
Ancho no declarado o unidad errónea, lo que puede generar dudas en la aduana pero no es clave para la clasificación.
🎯 Lógica de clasificación
Los criterios fundamentales para la clasificación incluyen: 1) el método de tejido debe ser de calada; 2) el contenido de algodón debe ser claro; si el contenido de algodón es ≥85% y el peso ≤200 g/m², se considera prioritariamente la 5208, pero si no cumple otras condiciones de la 5208 (como crudo pero con ligamento especial), se clasifica en la 5212; 3) si el contenido de algodón es <85% y está mezclado con fibras sintéticas, con peso ≤200 g/m², se clasifica en la 5210, pero si no está mezclado con fibras sintéticas, se clasifica en la 5212; 4) el estado de blanqueo debe ser crudo, de lo contrario se clasifica en la 5212.12 o subpartidas superiores; 5) el gramaje debe ser ≤200 g, de lo contrario se clasifica en la 5212.13, etc. En conjunto, la 5212.11 se aplica a tejidos de algodón crudos, de peso ≤200 g/m², no comprendidos en las partidas 5208/5210. 520811 Tejido de algodón crudo, con contenido de algodón ≥85%, peso ≤200 g/m²: La 520811 exige contenido de algodón ≥85% y peso ≤200 g/m², crudo. Si el contenido de algodón es inferior al 85% o no cumple otras condiciones de la 5208, se clasifica en la 5212.11. La diferencia clave es el contenido de algodón. 521011 Tejido de algodón crudo, con contenido de algodón <85% mezclado con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m²: La 521011 exige contenido de algodón <85% y mezclado principalmente o únicamente con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m², crudo. Si no está mezclado con fibras sintéticas o la proporción de mezcla no cumple, se clasifica en la 5212.11. 521212 Tejido de algodón blanqueado, peso ≤200 g/m²: La 521212 es de estado blanqueado, mientras que la 521211 es crudo. El blanqueo incluye procesos de descrudado, blanqueo, etc.; el crudo mantiene el color natural. 521213 Tejido de algodón teñido, peso ≤200 g/m²: La 521213 es de estado teñido, a diferencia del crudo. El teñido incluye teñido en pieza, teñido de hilados, etc.; el crudo no está teñido. 521221 Tejido de algodón crudo, peso >200 g/m²: La 521221 tiene un gramaje superior a 200 g/m², mientras que la 521211 tiene un gramaje ≤200 g/m². El gramaje es el indicador clave de distinción. ¿Se confirma que es tejido de calada? ¿Está claro el contenido de algodón? ¿El peso por metro cuadrado es ≤200 g? ¿Está crudo? ¿Se excluyen las partidas 5208 y 5210?
Base
Los criterios fundamentales para la clasificación incluyen: 1) el método de tejido debe ser de calada; 2) el contenido de algodón debe ser claro; si el contenido de algodón es ≥85% y el peso ≤200 g/m², se considera prioritariamente la 5208, pero si no cumple otras condiciones de la 5208 (como crudo pero con ligamento especial), se clasifica en la 5212; 3) si el contenido de algodón es <85% y está mezclado con fibras sintéticas, con peso ≤200 g/m², se clasifica en la 5210, pero si no está mezclado con fibras sintéticas, se clasifica en la 5212; 4) el estado de blanqueo debe ser crudo, de lo contrario se clasifica en la 5212.12 o subpartidas superiores; 5) el gramaje debe ser ≤200 g, de lo contrario se clasifica en la 5212.13, etc. En conjunto, la 5212.11 se aplica a tejidos de algodón crudos, de peso ≤200 g/m², no comprendidos en las partidas 5208/5210.
Códigos confundidos:
520811 - Tejido de algodón crudo, con contenido de algodón ≥85%, peso ≤200 g/m²
La 520811 exige contenido de algodón ≥85% y peso ≤200 g/m², crudo. Si el contenido de algodón es inferior al 85% o no cumple otras condiciones de la 5208, se clasifica en la 5212.11. La diferencia clave es el contenido de algodón.
521011 - Tejido de algodón crudo, con contenido de algodón <85% mezclado con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m²
La 521011 exige contenido de algodón <85% y mezclado principalmente o únicamente con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m², crudo. Si no está mezclado con fibras sintéticas o la proporción de mezcla no cumple, se clasifica en la 5212.11.
521212 - Tejido de algodón blanqueado, peso ≤200 g/m²
La 521212 es de estado blanqueado, mientras que la 521211 es crudo. El blanqueo incluye procesos de descrudado, blanqueo, etc.; el crudo mantiene el color natural.
521213 - Tejido de algodón teñido, peso ≤200 g/m²
La 521213 es de estado teñido, a diferencia del crudo. El teñido incluye teñido en pieza, teñido de hilados, etc.; el crudo no está teñido.
521221 - Tejido de algodón crudo, peso >200 g/m²
La 521221 tiene un gramaje superior a 200 g/m², mientras que la 521211 tiene un gramaje ≤200 g/m². El gramaje es el indicador clave de distinción.
Autoverificación:
✓ ¿Se confirma que es tejido de calada?
✓ ¿Está claro el contenido de algodón?
✓ ¿El peso por metro cuadrado es ≤200 g?
✓ ¿Está crudo?
✓ ¿Se excluyen las partidas 5208 y 5210?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el tipo arancelario correspondiente a la 521211? Puede consultarse el tipo más reciente en el sitio web de la Administración General de Aduanas de China o en la Ventanilla Única de Comercio Internacional. Normalmente se introduce el código HS 52121100, se selecciona importación o exportación y se consultan el tipo de nación más favorecida, el tipo general, el IVA, etc. Tenga en cuenta que los tipos cambian con los ajustes de política; se recomienda utilizar los datos oficiales en tiempo real. ¿Cuál es la diferencia principal entre la 521211 y la 520811? La diferencia principal es el contenido de algodón: la 520811 exige contenido de algodón ≥85%, mientras que la 521211 se aplica a tejidos de algodón con contenido de algodón <85% o que no cumplen otras condiciones de la 5208. Si el contenido de algodón es ≥85%, el peso ≤200 g/m² y está crudo, debe clasificarse prioritariamente en la 520811. Si el tejido de algodón ha sido mercerizado, ¿sigue clasificándose en la 521211? El mercerizado no se considera blanqueo; si no ha sido blanqueado, teñido, etc., todavía puede considerarse crudo y clasificarse en la 521211. Pero si después del mercerizado se ha blanqueado, se clasifica en la 521212. Se recomienda determinar según el proceso real. ¿Para qué productos finales pueden utilizarse los tejidos de la subpartida 521211? Se utilizan comúnmente como productos semielaborados para camisas, pijamas, sábanas, manteles y otros textiles del hogar y prendas de vestir, y también para tejidos industriales. Al estar crudos, posteriormente pueden someterse a teñido, estampado u otros procesos. ¿Cuál es el margen de error permitido en el gramaje al declarar? La aduana generalmente exige que el gramaje declarado sea exacto, con un error dentro de un rango razonable (como ±5%). Si el error provoca un cambio de clasificación (por ejemplo, superar los 200 g/m²), puede considerarse una declaración inexacta. Se recomienda aportar un informe de ensayo. ¿Cuál es la tasa de devolución de impuestos a la exportación de la 521211? La tasa de devolución de impuestos a la exportación se ajusta según la política nacional; actualmente los tejidos de algodón suelen tener devolución, pero la tasa específica debe consultarse en la base de datos más reciente de devolución de impuestos a la exportación. Se recomienda consultar a través de la oficina de impuestos electrónica o el sitio web de la aduana. ¿Cómo determinar si un tejido es «crudo»? Crudo significa que el tejido no ha pasado por un proceso de blanqueo y mantiene el color natural de la fibra de algodón (blanco natural o ligeramente amarillento). Si ha sido sometido a descrudado, blanqueo, abrillantado, etc., se considera blanqueado. Puede consultarse una decisión de clasificación aduanera o solicitar un dictamen pericial. ¿Es aplicable la 521211 a tejidos crudos de calada mezclados de algodón y lino? Si es una mezcla de algodón y lino, con contenido de algodón <85%, no mezclado con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m² y crudo, se clasifica en la 521211. Pero si el contenido de lino es elevado, podría clasificarse en el Capítulo 53. Debe determinarse según la composición de la fibra principal.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario correspondiente a la 521211?
A: Puede consultarse el tipo más reciente en el sitio web de la Administración General de Aduanas de China o en la Ventanilla Única de Comercio Internacional. Normalmente se introduce el código HS 52121100, se selecciona importación o exportación y se consultan el tipo de nación más favorecida, el tipo general, el IVA, etc. Tenga en cuenta que los tipos cambian con los ajustes de política; se recomienda utilizar los datos oficiales en tiempo real.
Q: ¿Cuál es la diferencia principal entre la 521211 y la 520811?
A: La diferencia principal es el contenido de algodón: la 520811 exige contenido de algodón ≥85%, mientras que la 521211 se aplica a tejidos de algodón con contenido de algodón <85% o que no cumplen otras condiciones de la 5208. Si el contenido de algodón es ≥85%, el peso ≤200 g/m² y está crudo, debe clasificarse prioritariamente en la 520811.
Q: Si el tejido de algodón ha sido mercerizado, ¿sigue clasificándose en la 521211?
A: El mercerizado no se considera blanqueo; si no ha sido blanqueado, teñido, etc., todavía puede considerarse crudo y clasificarse en la 521211. Pero si después del mercerizado se ha blanqueado, se clasifica en la 521212. Se recomienda determinar según el proceso real.
Q: ¿Para qué productos finales pueden utilizarse los tejidos de la subpartida 521211?
A: Se utilizan comúnmente como productos semielaborados para camisas, pijamas, sábanas, manteles y otros textiles del hogar y prendas de vestir, y también para tejidos industriales. Al estar crudos, posteriormente pueden someterse a teñido, estampado u otros procesos.
Q: ¿Cuál es el margen de error permitido en el gramaje al declarar?
A: La aduana generalmente exige que el gramaje declarado sea exacto, con un error dentro de un rango razonable (como ±5%). Si el error provoca un cambio de clasificación (por ejemplo, superar los 200 g/m²), puede considerarse una declaración inexacta. Se recomienda aportar un informe de ensayo.
Q: ¿Cuál es la tasa de devolución de impuestos a la exportación de la 521211?
A: La tasa de devolución de impuestos a la exportación se ajusta según la política nacional; actualmente los tejidos de algodón suelen tener devolución, pero la tasa específica debe consultarse en la base de datos más reciente de devolución de impuestos a la exportación. Se recomienda consultar a través de la oficina de impuestos electrónica o el sitio web de la aduana.
Q: ¿Cómo determinar si un tejido es «crudo»?
A: Crudo significa que el tejido no ha pasado por un proceso de blanqueo y mantiene el color natural de la fibra de algodón (blanco natural o ligeramente amarillento). Si ha sido sometido a descrudado, blanqueo, abrillantado, etc., se considera blanqueado. Puede consultarse una decisión de clasificación aduanera o solicitar un dictamen pericial.
Q: ¿Es aplicable la 521211 a tejidos crudos de calada mezclados de algodón y lino?
A: Si es una mezcla de algodón y lino, con contenido de algodón <85%, no mezclado con fibras sintéticas, peso ≤200 g/m² y crudo, se clasifica en la 521211. Pero si el contenido de lino es elevado, podría clasificarse en el Capítulo 53. Debe determinarse según la composición de la fibra principal.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.