El Capítulo 52 abarca toda la cadena de la industria textil del algodón y los tejidos de algodón, desde materias primas como el algodón sin cardar, desperdicios de algodón y algodón cardado o peinado, hasta productos semielaborados y acabados como hilados de algodón y tejidos de algodón. Este capítulo no incluye prendas de punto o ganchillo de algodón (Capítulo 61), prendas no de punto (Capítulo 62) ni alfombras de algodón u otros textiles especiales (Capítulo 57). Su núcleo radica en la clasificación de las fibras de algodón y sus productos tradicionales de tejido de calada, siendo un capítulo fundamental en la clasificación de textiles. La partida 5208 abarca los tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85% y un peso por metro cuadrado que no exceda los 200 g. Incluye diferentes estados de elaboración como crudo, blanqueado, teñido, con hilados de distintos colores y estampado. Sin embargo, no incluye los tejidos mezclados de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% (partida 5210 o 5211), los tejidos de algodón con un peso superior a 200 g/m² (partida 5209), ni los tejidos estrechos, tejidos con bucles o terciopelos de algodón y otros tejidos especiales. Los primeros 2 dígitos, 52: indican el Capítulo 52, es decir, algodón y textiles de algodón. Los dígitos 3-4, 08: indican la partida 5208, específicamente tejidos de algodón con contenido de algodón ≥85% y peso por m² ≤200 g. Los dígitos 5-6, 29: indican la subpartida 5208.29, es decir, "los demás tejidos de algodón blanqueados". El quinto dígito, 2, representa blanqueado (bleached), que se distingue de crudo (0), teñido (3), con hilados de distintos colores (4), estampado (5), etc.; el sexto dígito, 9, indica "los demás", es decir, la categoría residual dentro de los tejidos de algodón blanqueados, tras excluir los tejidos de ligamento tafetán (como 5208.21), los tejidos de ligamento sarga (como 5208.22) y otros ligamentos específicos. Esta mercancía es un tejido de algodón blanqueado, con contenido de algodón ≥85%, peso por m² ≤200 g, y no pertenece a ligamentos ya especificados como tafetán o sarga, por lo que se clasifica en 5208.29 y no en 5208.21 o 5208.22. Asimismo, dado que el contenido de algodón es ≥85% y el peso es ≤200 g/m², tampoco se clasifica en 5209 (peso >200 g) ni en 5210 (contenido de algodón <85%).
Capítulo
El Capítulo 52 abarca toda la cadena de la industria textil del algodón y los tejidos de algodón, desde materias primas como el algodón sin cardar, desperdicios de algodón y algodón cardado o peinado, hasta productos semielaborados y acabados como hilados de algodón y tejidos de algodón. Este capítulo no incluye prendas de punto o ganchillo de algodón (Capítulo 61), prendas no de punto (Capítulo 62) ni alfombras de algodón u otros textiles especiales (Capítulo 57). Su núcleo radica en la clasificación de las fibras de algodón y sus productos tradicionales de tejido de calada, siendo un capítulo fundamental en la clasificación de textiles.
Partida
La partida 5208 abarca los tejidos de algodón con un contenido de algodón ≥85% y un peso por metro cuadrado que no exceda los 200 g. Incluye diferentes estados de elaboración como crudo, blanqueado, teñido, con hilados de distintos colores y estampado. Sin embargo, no incluye los tejidos mezclados de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% (partida 5210 o 5211), los tejidos de algodón con un peso superior a 200 g/m² (partida 5209), ni los tejidos estrechos, tejidos con bucles o terciopelos de algodón y otros tejidos especiales.
Desglose
Los primeros 2 dígitos, 52: indican el Capítulo 52, es decir, algodón y textiles de algodón. Los dígitos 3-4, 08: indican la partida 5208, específicamente tejidos de algodón con contenido de algodón ≥85% y peso por m² ≤200 g. Los dígitos 5-6, 29: indican la subpartida 5208.29, es decir, "los demás tejidos de algodón blanqueados". El quinto dígito, 2, representa blanqueado (bleached), que se distingue de crudo (0), teñido (3), con hilados de distintos colores (4), estampado (5), etc.; el sexto dígito, 9, indica "los demás", es decir, la categoría residual dentro de los tejidos de algodón blanqueados, tras excluir los tejidos de ligamento tafetán (como 5208.21), los tejidos de ligamento sarga (como 5208.22) y otros ligamentos específicos.
Base de clasificación
Esta mercancía es un tejido de algodón blanqueado, con contenido de algodón ≥85%, peso por m² ≤200 g, y no pertenece a ligamentos ya especificados como tafetán o sarga, por lo que se clasifica en 5208.29 y no en 5208.21 o 5208.22. Asimismo, dado que el contenido de algodón es ≥85% y el peso es ≤200 g/m², tampoco se clasifica en 5209 (peso >200 g) ni en 5210 (contenido de algodón <85%).
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Debe declararse el nombre comercial normalizado en chino o inglés, como "tejido de algodón blanqueado" o "Bleached cotton woven fabric", evitando el uso de denominaciones coloquiales o marcas comerciales. Método de tejido: Debe indicarse obligatoriamente "tejido de calada" (woven), para distinguirlo del tejido de punto o ganchillo, lo cual es clave para clasificarlo en el Capítulo 52 y no en el 61. Composición: Debe declararse el porcentaje de contenido de algodón, que debe ser ≥85%, e indicar los demás tipos de fibras y sus porcentajes, por ejemplo, "algodón 85%, poliéster 15%". Peso por metro cuadrado: Debe declararse el gramaje por metro cuadrado, que debe ser ≤200 g/m², con precisión de número entero o un decimal. Estado de blanqueo: Debe declararse explícitamente "blanqueado" (bleached), para distinguirlo de crudo, teñido, con hilados de distintos colores o estampado. Estructura del tejido: Debe declararse la estructura del tejido, como tafetán, sarga, raso, jacquard, etc., para determinar si corresponde a una subpartida más específica. Ancho: Debe declararse el ancho del tejido, en centímetros, para confirmar si se trata de un tejido estrecho (clasificado en 5806, etc.). Marca o modelo: Si existe marca o modelo, debe declararse verazmente; si no tiene marca, puede indicarse "ninguna". Nombre de la mercancía: tejido de algodón blanqueado; Método de tejido: tejido de calada; Composición: algodón 100%; Peso por metro cuadrado: 120 g/m²; Estado de blanqueo: blanqueado; Estructura del tejido: jacquard; Ancho: 150 cm; Marca: ninguna.
Nota: Este tejido es una tela jacquard de algodón puro blanqueado, con un peso de 120 gramos por metro cuadrado y un ancho de 150 centímetros, utilizada para la confección de camisas. Clasificar erróneamente en 5208 los tejidos mezclados con contenido de algodón <85%, cuando en realidad corresponden a 5210 o 5211. No declarar el peso por metro cuadrado, lo que impide determinar si es ≤200 g y puede conllevar una clasificación errónea en 5209. Confundir blanqueado con crudo; el crudo debe clasificarse en subpartidas como 5208.11, y no en 5208.29. Omitir la estructura del tejido; el tafetán debe clasificarse en 5208.21 y la sarga en 5208.22, y no en 5208.29.
Nombre de la mercancía
Debe declararse el nombre comercial normalizado en chino o inglés, como "tejido de algodón blanqueado" o "Bleached cotton woven fabric", evitando el uso de denominaciones coloquiales o marcas comerciales.
⚠️ Declarar únicamente "tela de algodón" o "tela blanqueada", sin reflejar los atributos clave de "tejido de calada" y "blanqueado".
Método de tejido
Debe indicarse obligatoriamente "tejido de calada" (woven), para distinguirlo del tejido de punto o ganchillo, lo cual es clave para clasificarlo en el Capítulo 52 y no en el 61.
⚠️ Declarar erróneamente como "de punto" o "ganchillo", lo que conlleva una clasificación incorrecta en el Capítulo 60 o 61.
Composición
Debe declararse el porcentaje de contenido de algodón, que debe ser ≥85%, e indicar los demás tipos de fibras y sus porcentajes, por ejemplo, "algodón 85%, poliéster 15%".
⚠️ Indicar únicamente "puro algodón" cuando en realidad el contenido de algodón es inferior al 85%, u omitir la indicación de otras fibras componentes.
Peso por metro cuadrado
Debe declararse el gramaje por metro cuadrado, que debe ser ≤200 g/m², con precisión de número entero o un decimal.
⚠️ No declarar el gramaje o utilizar unidades incorrectas (por ejemplo, onzas por yarda cuadrada), lo que impide determinar si es ≤200 g.
Estado de blanqueo
Debe declararse explícitamente "blanqueado" (bleached), para distinguirlo de crudo, teñido, con hilados de distintos colores o estampado.
⚠️ Declarar erróneamente "semi-blanqueado" o "crudo" como blanqueado, cuando en realidad no ha pasado por un proceso completo de blanqueo.
Estructura del tejido
Debe declararse la estructura del tejido, como tafetán, sarga, raso, jacquard, etc., para determinar si corresponde a una subpartida más específica.
⚠️ No declarar la estructura, lo que impide distinguir entre 5208.21 (tafetán) y 5208.29 (los demás).
Ancho
Debe declararse el ancho del tejido, en centímetros, para confirmar si se trata de un tejido estrecho (clasificado en 5806, etc.).
⚠️ Clasificar erróneamente en 5208 los tejidos estrechos con ancho ≤30 cm, cuando en realidad corresponden a 5806.
Marca o modelo
Si existe marca o modelo, debe declararse verazmente; si no tiene marca, puede indicarse "ninguna".
⚠️ Omitir la información de la marca, lo que dificulta la valoración aduanera o la verificación de derechos de propiedad intelectual.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: tejido de algodón blanqueado; Método de tejido: tejido de calada; Composición: algodón 100%; Peso por metro cuadrado: 120 g/m²; Estado de blanqueo: blanqueado; Estructura del tejido: jacquard; Ancho: 150 cm; Marca: ninguna.
Nota: Este tejido es una tela jacquard de algodón puro blanqueado, con un peso de 120 gramos por metro cuadrado y un ancho de 150 centímetros, utilizada para la confección de camisas.
Errores comunes:
Clasificar erróneamente en 5208 los tejidos mezclados con contenido de algodón <85%, cuando en realidad corresponden a 5210 o 5211.
No declarar el peso por metro cuadrado, lo que impide determinar si es ≤200 g y puede conllevar una clasificación errónea en 5209.
Confundir blanqueado con crudo; el crudo debe clasificarse en subpartidas como 5208.11, y no en 5208.29.
Omitir la estructura del tejido; el tafetán debe clasificarse en 5208.21 y la sarga en 5208.22, y no en 5208.29.
🎯 Lógica de clasificación
La base fundamental de clasificación es: 1) contenido de algodón ≥85%; 2) peso por metro cuadrado ≤200 g; 3) tejido de calada; 4) blanqueado; 5) no pertenece a ligamentos ya especificados como tafetán o sarga. Asimismo, debe confirmarse que el ancho sea >30 cm, es decir, que no sea un tejido estrecho. Si el contenido de algodón es <85%, se clasifica en 5210 o 5211; si el peso es >200 g/m², en 5209; si es crudo, en 5208.11, etc.; si es tafetán blanqueado, en 5208.21. 5208.21 Tejidos de algodón blanqueados de ligamento tafetán: 5208.21 se refiere específicamente a tejidos de tafetán blanqueados, mientras que 5208.29 corresponde a otros ligamentos (como sarga, raso, jacquard, etc.). Si el tejido es de tafetán, debe clasificarse en 5208.21. 5208.22 Tejidos de algodón blanqueados de ligamento sarga: 5208.22 se refiere específicamente a tejidos de sarga blanqueados, incluidos la sarga de tres hilos, la sarga de cuatro hilos, etc. Si el ligamento es sarga, debe clasificarse en 5208.22, y no en 5208.29. 5209.29 Los demás tejidos de algodón blanqueados, de peso >200 g/m²: 5209.29 tiene el mismo estado de elaboración y contenido de algodón que 5208.29, pero con un peso >200 g/m². Si el gramaje supera los 200 g, debe clasificarse en 5209.29. 5210.21 Tejidos de algodón mezclados blanqueados, con contenido de algodón <85%, peso ≤200 g/m²: 5210.21 tiene un contenido de algodón <85%, mezclado principalmente o únicamente con fibras sintéticas o artificiales. Si el contenido de algodón es inferior al 85%, debe clasificarse en 5210.21. 5806.31 Tejidos estrechos de algodón: 5806.31 corresponde a tejidos estrechos de algodón con ancho ≤30 cm, mientras que 5208.29 generalmente tiene un ancho >30 cm. Si el ancho es ≤30 cm, debe clasificarse en 5806.31. ¿El contenido de algodón es ≥85%? ¿El peso por metro cuadrado es ≤200 g? ¿Ha sido sometido a blanqueo? ¿Pertenece a ligamento tafetán o sarga? ¿El ancho es >30 cm?
Base
La base fundamental de clasificación es: 1) contenido de algodón ≥85%; 2) peso por metro cuadrado ≤200 g; 3) tejido de calada; 4) blanqueado; 5) no pertenece a ligamentos ya especificados como tafetán o sarga. Asimismo, debe confirmarse que el ancho sea >30 cm, es decir, que no sea un tejido estrecho. Si el contenido de algodón es <85%, se clasifica en 5210 o 5211; si el peso es >200 g/m², en 5209; si es crudo, en 5208.11, etc.; si es tafetán blanqueado, en 5208.21.
Códigos confundidos:
5208.21 - Tejidos de algodón blanqueados de ligamento tafetán
5208.21 se refiere específicamente a tejidos de tafetán blanqueados, mientras que 5208.29 corresponde a otros ligamentos (como sarga, raso, jacquard, etc.). Si el tejido es de tafetán, debe clasificarse en 5208.21.
5208.22 - Tejidos de algodón blanqueados de ligamento sarga
5208.22 se refiere específicamente a tejidos de sarga blanqueados, incluidos la sarga de tres hilos, la sarga de cuatro hilos, etc. Si el ligamento es sarga, debe clasificarse en 5208.22, y no en 5208.29.
5209.29 - Los demás tejidos de algodón blanqueados, de peso >200 g/m²
5209.29 tiene el mismo estado de elaboración y contenido de algodón que 5208.29, pero con un peso >200 g/m². Si el gramaje supera los 200 g, debe clasificarse en 5209.29.
5210.21 - Tejidos de algodón mezclados blanqueados, con contenido de algodón <85%, peso ≤200 g/m²
5210.21 tiene un contenido de algodón <85%, mezclado principalmente o únicamente con fibras sintéticas o artificiales. Si el contenido de algodón es inferior al 85%, debe clasificarse en 5210.21.
5806.31 - Tejidos estrechos de algodón
5806.31 corresponde a tejidos estrechos de algodón con ancho ≤30 cm, mientras que 5208.29 generalmente tiene un ancho >30 cm. Si el ancho es ≤30 cm, debe clasificarse en 5806.31.
Autoverificación:
✓ ¿El contenido de algodón es ≥85%?
✓ ¿El peso por metro cuadrado es ≤200 g?
✓ ¿Ha sido sometido a blanqueo?
✓ ¿Pertenece a ligamento tafetán o sarga?
✓ ¿El ancho es >30 cm?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de 5208.29? Puede consultarse el tipo impositivo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China o de la Ventanilla Única de Comercio Internacional. El tipo impositivo varía según el país, los acuerdos comerciales (como el RCEP) y los ajustes anuales; se recomienda tomar como referencia la respuesta del sistema aduanero en el momento de la declaración. ¿Cuál es la diferencia de clasificación entre la tela de algodón blanqueada y la cruda? La tela de algodón blanqueada se clasifica en la subpartida 5208.2x, mientras que la cruda se clasifica en la 5208.1x. El blanqueado requiere un tratamiento químico para eliminar los pigmentos naturales, mientras que el crudo conserva su color original. En la declaración debe aportarse certificación del proceso. Una tela blanqueada con 85% de algodón y 15% de poliéster, ¿en qué código debe clasificarse? Si el contenido de algodón es ≥85%, el peso por m² es ≤200 g y está blanqueada, se clasifica en 5208.29 (o en la subpartida correspondiente a otro ligamento). Si el contenido de algodón es <85%, se clasifica en 5210.21. Nota: el contenido de algodón se calcula por peso. ¿Cómo distinguir entre 5208.29 y 5208.21? 5208.21 se aplica únicamente a tejidos de tafetán blanqueados; 5208.29 se aplica a otros ligamentos (como sarga, raso, jacquard, etc.). En la declaración debe especificarse la estructura del tejido y, si es necesario, aportar el diagrama de ligamento. Si el peso de la tela de algodón es exactamente 200 g por metro cuadrado, ¿debe clasificarse en 5208 o en 5209? La partida 5208 exige un peso ≤200 g/m² y la 5209 exige >200 g/m². Por lo tanto, 200 g/m² debe clasificarse en 5208. No obstante, en la práctica se recomienda medir con precisión para evitar controversias en los límites. Para la venta transfronteriza de tela de algodón blanqueada, ¿qué elementos deben declararse? Deben declararse el nombre de la mercancía, el método de tejido, la composición, el peso por metro cuadrado, el estado de blanqueo, la estructura del tejido, el ancho, la marca, etc. Si se trata de venta al por menor en paquetes pequeños, también debe considerarse si se aplica la política de importación al por menor transfronteriza. ¿Cuál es la tasa de devolución de impuestos a la exportación para los productos de la subpartida 5208.29? La tasa de devolución de impuestos a la exportación se ajusta según las políticas nacionales; debe consultarse la base de datos más reciente de tasas de devolución a la exportación. Generalmente, la tasa de devolución para textiles ronda el 13%, pero prevalecerá la vigente en el momento de la declaración. ¿Cómo determinar si la tela de algodón ha sido blanqueada? La tela de algodón blanqueada presenta un alto grado de blancura y carece de pigmentos naturales; puede verificarse mediante análisis de laboratorio o consultando la orden de proceso de producción. La aduana puede solicitar certificación del proceso de blanqueo o informes de ensayo.
Q: ¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de 5208.29?
A: Puede consultarse el tipo impositivo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China o de la Ventanilla Única de Comercio Internacional. El tipo impositivo varía según el país, los acuerdos comerciales (como el RCEP) y los ajustes anuales; se recomienda tomar como referencia la respuesta del sistema aduanero en el momento de la declaración.
Q: ¿Cuál es la diferencia de clasificación entre la tela de algodón blanqueada y la cruda?
A: La tela de algodón blanqueada se clasifica en la subpartida 5208.2x, mientras que la cruda se clasifica en la 5208.1x. El blanqueado requiere un tratamiento químico para eliminar los pigmentos naturales, mientras que el crudo conserva su color original. En la declaración debe aportarse certificación del proceso.
Q: Una tela blanqueada con 85% de algodón y 15% de poliéster, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Si el contenido de algodón es ≥85%, el peso por m² es ≤200 g y está blanqueada, se clasifica en 5208.29 (o en la subpartida correspondiente a otro ligamento). Si el contenido de algodón es <85%, se clasifica en 5210.21. Nota: el contenido de algodón se calcula por peso.
Q: ¿Cómo distinguir entre 5208.29 y 5208.21?
A: 5208.21 se aplica únicamente a tejidos de tafetán blanqueados; 5208.29 se aplica a otros ligamentos (como sarga, raso, jacquard, etc.). En la declaración debe especificarse la estructura del tejido y, si es necesario, aportar el diagrama de ligamento.
Q: Si el peso de la tela de algodón es exactamente 200 g por metro cuadrado, ¿debe clasificarse en 5208 o en 5209?
A: La partida 5208 exige un peso ≤200 g/m² y la 5209 exige >200 g/m². Por lo tanto, 200 g/m² debe clasificarse en 5208. No obstante, en la práctica se recomienda medir con precisión para evitar controversias en los límites.
Q: Para la venta transfronteriza de tela de algodón blanqueada, ¿qué elementos deben declararse?
A: Deben declararse el nombre de la mercancía, el método de tejido, la composición, el peso por metro cuadrado, el estado de blanqueo, la estructura del tejido, el ancho, la marca, etc. Si se trata de venta al por menor en paquetes pequeños, también debe considerarse si se aplica la política de importación al por menor transfronteriza.
Q: ¿Cuál es la tasa de devolución de impuestos a la exportación para los productos de la subpartida 5208.29?
A: La tasa de devolución de impuestos a la exportación se ajusta según las políticas nacionales; debe consultarse la base de datos más reciente de tasas de devolución a la exportación. Generalmente, la tasa de devolución para textiles ronda el 13%, pero prevalecerá la vigente en el momento de la declaración.
Q: ¿Cómo determinar si la tela de algodón ha sido blanqueada?
A: La tela de algodón blanqueada presenta un alto grado de blancura y carece de pigmentos naturales; puede verificarse mediante análisis de laboratorio o consultando la orden de proceso de producción. La aduana puede solicitar certificación del proceso de blanqueo o informes de ensayo.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.