Código HS: 400510
Mezcla de caucho sin vulcanizar y negro de carbón
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 40 abarca el caucho y sus manufacturas, incluidos el caucho natural, el caucho sintético, el caucho regenerado, el caucho sin vulcanizar, el caucho vulcanizado y diversos productos de caucho. Este capítulo abarca desde materias primas (como caucho crudo, látex) hasta productos semielaborados (como mezclas de caucho sin vulcanizar) y productos terminados (como neumáticos, tubos de caucho). La característica principal es que el material tiene el caucho como componente principal, y este capítulo establece distinciones estrictas en cuanto a la definición, forma y etapa de procesamiento del caucho.
Partida
La partida 4005 comprende las mezclas de caucho sin vulcanizar, en formas primarias o en placas, hojas o tiras, incluidas las mezclas de caucho sin vulcanizar con negro de humo u otros agentes de vulcanización. Específicamente incluye: caucho sin vulcanizar mezclado con negro de humo (4005.10), caucho sin vulcanizar mezclado con sílice (4005.20), y otras mezclas de caucho sin vulcanizar (4005.91, 4005.99). Los productos de esta partida son generalmente mezclas de caucho, materia prima inicial para la fabricación de productos de caucho.
Desglose
Los primeros 2 dígitos 40: representan el Capítulo 40 'Caucho y sus manufacturas', determinando la categoría principal. Los dígitos 3-4, 05: representan la partida 4005 'Mezclas de caucho sin vulcanizar', que se distingue de las materias primas como 4001 (caucho natural), 4002 (caucho sintético), y también de 4006 (caucho sin vulcanizar en otras formas) y 4007 (hilos, cuerdas de caucho vulcanizado). Los dígitos 5-6, 10: representan la subpartida 4005.10, que se refiere específicamente a 'caucho sin vulcanizar mezclado con negro de humo', es decir, mezclas de caucho con negro de humo como principal agente de refuerzo. Esta subpartida enfatiza la combinación específica con negro de humo como agente de mezcla; otros agentes (como sílice) se clasifican en 4005.20 o 4005.91.
Base de clasificación
Este producto es una mezcla de caucho sin vulcanizar con negro de humo, una mezcla de caucho que no ha sido vulcanizada ni reticulada, y el negro de humo es el principal agente de refuerzo. Por lo tanto, se clasifica en 4005.10, no en 4005.20 (mezclado con sílice) ni en 4005.91 (otras mezclas de caucho sin vulcanizar). Además, no es una materia prima primaria de 4001 o 4002, porque ya está mezclado con negro de humo; tampoco pertenece a 4006, porque generalmente es en bloques o láminas en lugar de formas específicas.

📝 Elementos de declaración

Nombre del producto
Nombre en chino e inglés del producto declarado, que debe reflejar con precisión la esencia de 'mezcla de caucho sin vulcanizar con negro de humo', como 'mezcla de caucho sin vulcanizar' o 'mezcla de caucho con negro de humo'.
⚠️ Escribir solo 'caucho' o 'mezcla de caucho', sin reflejar las características de negro de humo y sin vulcanizar.
Composición y contenido
Indicar el tipo de caucho (como caucho natural, caucho estireno-butadieno) y los porcentajes en masa de negro de humo, aceite y otros aditivos; el contenido de negro de humo generalmente debe especificarse.
⚠️ Escribir solo 'caucho 100%', ignorando el negro de humo y otros agentes de mezcla.
Apariencia
Describir el color, la forma (como bloque, lámina, tira) y si ha sido prensado preliminarmente; el estado sin vulcanizar generalmente es pegajoso.
⚠️ Declarar erróneamente como 'caucho vulcanizado' o 'producto terminado'.
Origen
Indicar si el caucho es natural o sintético, como 'mezcla de caucho natural con negro de humo' o 'mezcla de caucho estireno-butadieno con negro de humo'.
⚠️ No distinguir entre natural o sintético, lo que genera disputas de clasificación.
Marca y modelo
Indicar la marca del fabricante y el modelo para facilitar la identificación del uso específico y la fórmula; si no tiene marca, se puede indicar 'sin marca'.
⚠️ Omitir el modelo, lo que afecta la valoración aduanera y la clasificación.
Especificaciones de embalaje
Indicar el método de embalaje (como palés, cajas) y el peso unitario (como 25 kg/bloque), lo que afecta el valor en aduana y la inspección.
⚠️ Escribir solo 'a granel', sin proporcionar el peso específico.
Uso
Describir brevemente el uso final, como 'para fabricar bandas de rodadura de neumáticos', 'para producir tubos de caucho', para ayudar a determinar la clasificación.
⚠️ Escribir 'para productos de caucho' de manera demasiado general.
Ejemplo:
Nombre del producto: Mezcla de caucho sin vulcanizar con negro de humo (mezcla de caucho con negro de humo); Composición y contenido: caucho natural 55%, negro de humo 30%, aceite de proceso 10%, óxido de zinc 2%, ácido esteárico 1%, antioxidante 2%; Apariencia: bloque negro, ligeramente pegajoso; Origen: mezcla de caucho natural con negro de humo; Marca y modelo: marca XX, modelo CB-100; Especificaciones de embalaje: 25 kg/bloque, embalaje en palés; Uso: para fabricar bandas de rodadura de neumáticos.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base central de clasificación: primero confirmar que el producto está sin vulcanizar, excluyendo 4007 y la segunda parte del Capítulo 40; segundo, confirmar que es una mezcla de caucho y negro de humo, y que el negro de humo es el principal agente de refuerzo, cumpliendo con la descripción de la subpartida 4005.10; finalmente, confirmar que la forma es primaria o en placas, hojas o tiras; si es una forma específica (como barras, varillas), podría clasificarse en 4006. También se deben consultar las notas explicativas del Sistema Armonizado para la partida 4005; las mezclas con negro de humo generalmente se utilizan para la fabricación de neumáticos.
Códigos confundidos:
4005.20 - Caucho sin vulcanizar mezclado con sílice
El agente de mezcla es sílice (sílice precipitada) en lugar de negro de humo, se clasifica en 4005.20. Si contiene tanto negro de humo como sílice, se determina según el principal agente de refuerzo, o se clasifica en 4005.91.
4005.91 - Otras mezclas de caucho sin vulcanizar
Se refiere al caucho sin vulcanizar no mezclado con negro de humo o sílice, o mezclado con otros agentes, como solo con aceite o resinas. Las mezclas con negro de humo no se clasifican aquí.
4006.10 - Placas, hojas o tiras de caucho sin vulcanizar
4006 abarca placas, hojas y tiras de caucho sin vulcanizar, pero no mezcladas con negro de humo, o aunque mezcladas, cortadas en formas específicas. 4005.10 generalmente es en bloques o sin formar.
4002.11 - Látex de caucho estireno-butadieno
4002 es materia prima de caucho sintético, no mezclada con negro de humo. Si el caucho estireno-butadieno se mezcla con negro de humo, se clasifica en 4005.10.
3812.10 - Aceleradores de vulcanización preparados
3812 son agentes de mezcla de caucho, no el caucho base. 4005.10 tiene el caucho como matriz y el negro de humo como agente de mezcla.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo determinar si una mezcla de caucho sin vulcanizar con negro de humo se clasifica en 4005.10?
A: Tres puntos clave: primero, el caucho no está vulcanizado, sin reticulación; segundo, el negro de humo se añade como principal agente de refuerzo, no solo como colorante; tercero, la forma es primaria (bloques, láminas, tiras). Si cumple, se clasifica en 4005.10. Si se combinan negro de humo y sílice, se determina según el principal agente de refuerzo, o se clasifica en 4005.91.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre 4005.10 y 4005.20?
A: 4005.10 se refiere específicamente al caucho sin vulcanizar mezclado con negro de humo; 4005.20 se refiere específicamente al caucho sin vulcanizar mezclado con sílice (sílice precipitada). La diferencia radica en el tipo de agente de refuerzo. Si contiene ambos, generalmente se clasifica según el principal agente de refuerzo, o en 4005.91.
Q: En los elementos de declaración de mezclas de caucho sin vulcanizar, ¿cómo se completa la composición y contenido?
A: Se debe indicar el tipo de caucho y su porcentaje, el porcentaje de negro de humo, aceite de proceso, otros aditivos, etc. Por ejemplo: caucho natural 55%, negro de humo 30%, aceite de proceso 10%, óxido de zinc 2%, ácido esteárico 1%, antioxidante 2%. El contenido de negro de humo debe especificarse para demostrar la clasificación en 4005.10.
Q: Si la mezcla de caucho ya ha sido prensada en láminas, ¿sigue clasificándose en 4005.10?
A: Si solo se prensa en láminas pero no se corta en formas específicas, sigue clasificándose en 4005.10. Si se ha cortado en formas distintas a rectangulares o se ha procesado más, podría clasificarse en 4006. Debe determinarse según el Arancel y las notas explicativas.
Q: ¿Cómo consultar la tasa arancelaria de importación de 4005.10?
A: Las tasas cambian; se recomienda consultar el Arancel de Aduanas más reciente o a través del sitio web de la Administración General de Aduanas, ventanilla única. Generalmente, la tasa de nación más favorecida, tasa general, IVA, etc., deben verificarse al momento de la declaración real.
Q: Para la venta transfronteriza de mezclas de caucho, ¿qué se debe tener en cuenta al declarar en aduana?
A: Se debe declarar con precisión el nombre, composición y uso, evitando declararlo erróneamente como producto terminado. Las mezclas de caucho generalmente son materias primas industriales; la importación minorista transfronteriza puede estar restringida, se recomienda la declaración de comercio general. También tener en cuenta el origen, marca y modelo, etc.
Q: Si la mezcla de caucho contiene una pequeña cantidad de agente vulcanizante, ¿afecta la clasificación?
A: Si solo contiene una pequeña cantidad de agente vulcanizante pero no está vulcanizada, sigue clasificándose en 4005.10. Pero si está parcialmente vulcanizada o prevulcanizada, podría clasificarse en 4007 o 4016. La clave es si ha ocurrido una reacción de reticulación.
Q: ¿Cómo distinguir 4005.10 de 4006.10 en la práctica?
A: 4005.10 es mezcla de caucho sin vulcanizar con negro de humo, generalmente en bloques o sin formar; 4006.10 son placas, hojas o tiras de caucho sin vulcanizar, pero no mezcladas con negro de humo, o aunque mezcladas, cortadas en formas específicas. Si la mezcla de caucho se prensa en láminas y no se corta, sigue clasificándose en 4005.10.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.