Código HS: 220190
Otras aguas
Idiomas: 中文 English Español 日本語 한국어 Tiếng Việt ไทย Русский

📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 22 abarca bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre, incluyendo principalmente agua (incluidas agua mineral y gaseosa), bebidas alcohólicas (cerveza, vino, licores, etc.) y vinagre y sus sucedáneos. Los productos de este capítulo son líquidos para consumo humano, pero debe tenerse en cuenta que el agua corriente común, si no se le han añadido otras sustancias, generalmente se clasifica en partidas fuera del Capítulo 22 (por ejemplo, la partida 2201 solo incluye agua sin aromatizar ni azucarar). Este capítulo tiene una distinción clara con el Capítulo 21 (preparaciones alimenticias) y el Capítulo 30 (productos farmacéuticos), siendo el criterio central si se destina al consumo directo como bebida.
Partida
La partida 2201 abarca agua (incluidas agua natural o artificial), sin azúcar ni otros edulcorantes, sin aromatizar; hielo y nieve. Incluye específicamente: agua mineral, agua gaseosa (sin azúcar ni aromatizar), agua purificada, agua destilada, agua de mar, hielo y nieve, etc. Pero no incluye agua con azúcar o aromatizada (partida 2202), ni agua especial para uso farmacéutico o cosmético (partidas 30 o 33 respectivamente). El agua de esta partida debe mantenerse en estado natural o solo someterse a tratamiento físico, sin añadir ninguna sustancia que altere el sabor.
Desglose
Los dos primeros dígitos "22" representan el Capítulo 22 (Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre). Los dígitos 3-4 "01" representan la partida 2201, es decir, "Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada; hielo y nieve". Los dígitos 5-6 "90" representan la subpartida 220190, es decir, "Las demás aguas". Dentro de 2201, la subpartida 220110 es "Agua mineral y agua gaseosa", mientras que 220190 abarca todas las aguas excepto agua mineral y gaseosa, como agua potable común, agua destilada, agua purificada, agua de mar, hielo y nieve, etc. Por lo tanto, 220190 es una subpartida residual para aguas no especificadas.
Base de clasificación
Este producto es "las demás aguas", es decir, agua sin aromatizar ni azucarar que no es agua mineral ni gaseosa. Si el agua tiene azúcar, edulcorantes o aromatizantes añadidos, debe clasificarse en 2202 (agua con aromatizantes o azúcar). Si el agua ha sido sometida a tratamiento especial para uso médico o cosmético, puede clasificarse en los Capítulos 30 o 33. Además, si el agua se envasa como mercancía en recipientes para venta al por menor y no está aromatizada, sigue clasificándose en 2201. Por lo tanto, 220190 se aplica a agua purificada, agua destilada, agua embotellada común, etc.

📝 Elementos de declaración

Nombre del producto
Nombre específico de la mercancía declarada, como "agua purificada", "agua destilada", "agua potable", etc., debe coincidir con el producto real.
⚠️ Declarar erróneamente como "agua mineral" o "agua gaseosa", lo que lleva a clasificarla en 220110.
Composición
Indicar el origen y los componentes principales del agua, como "agua natural", "agua corriente tratada por ósmosis inversa", etc.
⚠️ No indicar si se añadió azúcar, aromatizantes, etc., lo que afecta la clasificación.
Especificaciones de envasado
Indicar la capacidad del envase para venta al por menor, como "500 ml/botella", "18,9 L/bidón", etc.
⚠️ Omitir las especificaciones de envasado, lo que impide determinar si es un envase para venta al por menor.
Marca
Si tiene marca, declarar el nombre de la marca; si no tiene, indicar "ninguna".
⚠️ La marca no coincide con el producto real o no se declara.
Método de procesamiento
Describir brevemente el proceso de tratamiento del agua, como "filtración", "destilación", "mineralización", etc.
⚠️ No indicar el método de procesamiento, lo que impide distinguir entre agua natural y artificial.
¿Contiene azúcar o aromatizantes?
Especificar si se añadió azúcar, edulcorantes o aromatizantes; debe ser "No" para clasificarse en 220190.
⚠️ Se añadieron trazas de aromatizantes pero no se declararon, lo que provoca un error de clasificación.
Uso
Indicar el uso del agua, como "consumo humano", "uso industrial", etc.
⚠️ Declarar erróneamente como uso médico, lo que podría clasificarla en el Capítulo 30.
Ejemplo:
Nombre del producto: Agua purificada; Composición: agua (tratada por ósmosis inversa); Especificaciones de envasado: 550 ml/botella, 24 botellas/caja; Marca: XX; Método de procesamiento: filtración por ósmosis inversa; ¿Contiene azúcar o aromatizantes?: No; Uso: consumo humano. Nota: Este producto es agua purificada sin azúcar ni aromatizantes, se clasifica en el código HS 2201909000.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
La base central de clasificación es: 1) si el agua ha sido aromatizada o azucarada; 2) si es agua mineral o gaseosa; 3) si es para consumo humano. Si el agua no está azucarada ni aromatizada, y no es agua mineral o gaseosa, se clasifica en 220190. Si el agua tiene azúcar, edulcorantes o aromatizantes añadidos, se clasifica en 2202. Si el agua es para uso médico o cosmético, se clasifica en los Capítulos 30 o 33 respectivamente. Además, el agua de mar, hielo y nieve también se clasifican en 220190.
Códigos confundidos:
220110 - Agua mineral y agua gaseosa
220110 solo incluye agua mineral natural o artificial y agua gaseosa (sin azúcar ni aromatizar), mientras que 220190 abarca otras aguas sin aromatizar, como agua purificada, agua destilada.
220210 - Agua con aromatizantes o azúcar
220210 incluye agua con azúcar o aromatizada, como limonada, cola, etc., mientras que el agua de 220190 debe estar sin azúcar ni aromatizar.
285300 - Otros compuestos inorgánicos, agua destilada, etc.
285300 incluye agua destilada no potable, agua conductora, etc., mientras que el agua destilada de 220190 generalmente es para consumo humano o en envases para venta al por menor.
250100 - Sal y cloruro de sodio puro
El agua de mar, si se utiliza como materia prima para sal, puede clasificarse en 250100, pero si es para bebida o agua común, se clasifica en 220190.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo consultar la tasa impositiva del código HS 220190?
A: La tasa varía según el país, los acuerdos comerciales y el origen. Se recomienda consultar la tasa más reciente a través de la web oficial de aduanas, bases de datos de comercio internacional (como la OMA, sitios web de aduanas de cada país) o consultar a un agente de aduanas. Generalmente se requiere proporcionar el país de origen, país de destino y descripción detallada del producto.
Q: ¿El agua purificada embotellada debe clasificarse en 220190 o 220110?
A: El agua purificada embotellada, si no tiene minerales añadidos o solo ha sido filtrada, y no está aromatizada ni azucarada, debe clasificarse en 220190. Si se le han añadido minerales naturales y cumple con los estándares de agua mineral, se clasifica en 220110. La clave es si contiene minerales naturales o si son añadidos artificialmente.
Q: El agua con unas rodajas de limón añadidas, ¿en qué código debe clasificarse?
A: El agua con rodajas de limón añadidas ya es agua aromatizada, debe clasificarse en 2202 (agua con aromatizantes o azúcar), no en 220190. Incluso si no se añadió azúcar, pero se añadieron aromatizantes o componentes vegetales, también se clasifica en 2202.
Q: ¿El agua destilada de uso industrial puede clasificarse en 220190?
A: El agua destilada de uso industrial, si no es para consumo humano, generalmente no se clasifica en 220190, sino posiblemente en 2853 (otros compuestos inorgánicos) u otros capítulos. 220190 se refiere principalmente a agua para consumo humano o en envases para venta al por menor.
Q: ¿Qué código HS debe declararse al exportar agua de mar?
A: Si el agua de mar se exporta como agua común o bebida, se clasifica en 220190. Pero si se utiliza para extraer sal o como materia prima industrial, puede clasificarse en 250100. Debe determinarse según el uso y la composición.
Q: ¿Cuál es el código HS del hielo y la nieve?
A: El hielo y la nieve naturales o artificiales, si no están aromatizados ni azucarados, se clasifican en 220190. Pero si se utilizan para enfriamiento o uso industrial, pueden clasificarse en otras partidas. El hielo y la nieve en envases para venta al por menor generalmente se clasifican en 220190.
Q: Al vender agua embotellada en comercio electrónico transfronterizo, ¿cómo evitar errores de clasificación?
A: Asegurarse de que el producto no esté azucarado ni aromatizado, y que no sea agua mineral. Al declarar, proporcionar composición detallada, método de procesamiento y especificaciones de envasado. Si se añadieron vitaminas o minerales, confirmar si cambia la clasificación. Se recomienda consultar a un agente de aduanas profesional.
Q: ¿Cuál es la diferencia principal entre 220190 y 220210?
A: 220190 es agua sin azúcar ni aromatizar; 220210 es agua con azúcar o aromatizada. Por ejemplo, el agua purificada común se clasifica en 220190, mientras que el agua con sabor a limón se clasifica en 220210. La diferencia clave es si se añadió azúcar, edulcorantes o aromatizantes.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.