El Capítulo 19 abarca preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche; productos de pastelería. Este capítulo incluye alimentos preenvasados normalmente destinados al consumo humano, como extracto de malta, preparaciones de almidón, pastas alimenticias, pasteles, galletas, etc. Sin embargo, no incluye productos que contengan cacao (Capítulo 18) ni productos de panadería rellenos (se clasifican según el relleno). La mayoría de las mercancías de este capítulo están procesadas, superando el simple molido o tratamiento. La partida 1903 comprende únicamente el sagú (Sago), es decir, el almidón extraído de la médula del tallo de la palma de sagú, transformado en productos granulares o en polvo. El sagú se utiliza normalmente para preparar pudines, sopas o como espesante. Esta partida no incluye otros almidones (como almidón de mandioca, almidón de papa, clasificados en 1108) ni la médula del tallo de la palma de sagú en sí (clasificada en 1404 o 2302). El código 190300 es una subpartida de seis dígitos: los primeros 2 dígitos "19" representan el Capítulo 19 (preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche; productos de pastelería). Los dígitos 3-4 "03" representan la partida 1903, que se refiere específicamente al sagú. Los dígitos 5-6 "00" indican que no hay subdivisión adicional dentro de esta partida; todo el sagú se clasifica en esta subpartida. Por lo tanto, 190300 representa completamente "sagú", independientemente de su forma (granular, en polvo), envase o uso, todo se clasifica en este código. El sagú es un producto específico elaborado a partir del almidón de la palma de sagú, diferente de los almidones comunes (como almidón de maíz, almidón de mandioca), que se clasifican en 1108. El sagú normalmente se somete a granulación u otros procesos, superando el alcance del simple almidón del Capítulo 11, por lo que se clasifica en el Capítulo 19. Asimismo, el sagú no es pasta alimenticia (1902) ni pastelería (1905), por lo que 190300 es la única clasificación correcta.
Capítulo
El Capítulo 19 abarca preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche; productos de pastelería. Este capítulo incluye alimentos preenvasados normalmente destinados al consumo humano, como extracto de malta, preparaciones de almidón, pastas alimenticias, pasteles, galletas, etc. Sin embargo, no incluye productos que contengan cacao (Capítulo 18) ni productos de panadería rellenos (se clasifican según el relleno). La mayoría de las mercancías de este capítulo están procesadas, superando el simple molido o tratamiento.
Partida
La partida 1903 comprende únicamente el sagú (Sago), es decir, el almidón extraído de la médula del tallo de la palma de sagú, transformado en productos granulares o en polvo. El sagú se utiliza normalmente para preparar pudines, sopas o como espesante. Esta partida no incluye otros almidones (como almidón de mandioca, almidón de papa, clasificados en 1108) ni la médula del tallo de la palma de sagú en sí (clasificada en 1404 o 2302).
Desglose
El código 190300 es una subpartida de seis dígitos: los primeros 2 dígitos "19" representan el Capítulo 19 (preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche; productos de pastelería). Los dígitos 3-4 "03" representan la partida 1903, que se refiere específicamente al sagú. Los dígitos 5-6 "00" indican que no hay subdivisión adicional dentro de esta partida; todo el sagú se clasifica en esta subpartida. Por lo tanto, 190300 representa completamente "sagú", independientemente de su forma (granular, en polvo), envase o uso, todo se clasifica en este código.
Base de clasificación
El sagú es un producto específico elaborado a partir del almidón de la palma de sagú, diferente de los almidones comunes (como almidón de maíz, almidón de mandioca), que se clasifican en 1108. El sagú normalmente se somete a granulación u otros procesos, superando el alcance del simple almidón del Capítulo 11, por lo que se clasifica en el Capítulo 19. Asimismo, el sagú no es pasta alimenticia (1902) ni pastelería (1905), por lo que 190300 es la única clasificación correcta.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico de la mercancía declarada, debe usarse chino o inglés normalizado, como "西米" o "Sago". Composición: Indicar la materia prima principal, como almidón de palma de sagú, y si se añaden otros componentes (como azúcar, colorantes). Método de elaboración: Describir el proceso de elaboración, como granulación, secado, tamizado, etc., para demostrar que supera el simple procesamiento de almidón. Aspecto y forma: Declarar como granular, en polvo u otra forma; se puede añadir el tamaño de partícula. Especificaciones de envase: Indicar la forma de envasado (en bolsas, a granel) y el peso neto, como 25kg/bolsa. Uso: Indicar el uso, como procesamiento de alimentos, materia prima para restaurantes, etc., para evitar confusión con almidón de uso industrial. Marca: Si tiene marca, declarar el nombre de la marca; si no tiene, puede indicarse "ninguna". Origen: País o región de producción, afecta aranceles y políticas comerciales. Nombre del producto: Sagú; Composición: almidón de palma de sagú 100%; Método de elaboración: granulación, secado; Aspecto y forma: gránulos blancos, diámetro aproximado 2mm; Especificaciones de envase: 25kg/bolsa; Uso: procesamiento de alimentos; Marca: ninguna; Origen: Indonesia. Confundir el sagú con almidón de mandioca, clasificándolo erróneamente en 1108. No declarar el método de elaboración, siendo considerado como almidón no procesado. Omitir la declaración de marca, puede generar problemas de protección aduanera de propiedad intelectual.
Nombre del producto
Nombre específico de la mercancía declarada, debe usarse chino o inglés normalizado, como "西米" o "Sago".
⚠️ Escribir erróneamente "西米露" o "almidón de sagú", lo que genera controversia de clasificación.
Composición
Indicar la materia prima principal, como almidón de palma de sagú, y si se añaden otros componentes (como azúcar, colorantes).
⚠️ Escribir solo "almidón", sin especificar el origen de sagú, puede clasificarse erróneamente en 1108.
Método de elaboración
Describir el proceso de elaboración, como granulación, secado, tamizado, etc., para demostrar que supera el simple procesamiento de almidón.
⚠️ No indicar el proceso de granulación, siendo considerado erróneamente como almidón común.
Aspecto y forma
Declarar como granular, en polvo u otra forma; se puede añadir el tamaño de partícula.
⚠️ Escribir genéricamente "sólido", sin distinguir entre gránulos y polvo.
Especificaciones de envase
Indicar la forma de envasado (en bolsas, a granel) y el peso neto, como 25kg/bolsa.
⚠️ Omitir el peso neto, afectando las estadísticas aduaneras y la inspección.
Uso
Indicar el uso, como procesamiento de alimentos, materia prima para restaurantes, etc., para evitar confusión con almidón de uso industrial.
⚠️ Escribir "uso industrial", puede llevar a clasificación en otros capítulos.
Marca
Si tiene marca, declarar el nombre de la marca; si no tiene, puede indicarse "ninguna".
⚠️ Marca que no coincide con el producto real, generando problemas de propiedad intelectual.
Origen
País o región de producción, afecta aranceles y políticas comerciales.
⚠️ Declaración errónea del origen, causando aplicación incorrecta de aranceles.
Ejemplo: Nombre del producto: Sagú; Composición: almidón de palma de sagú 100%; Método de elaboración: granulación, secado; Aspecto y forma: gránulos blancos, diámetro aproximado 2mm; Especificaciones de envase: 25kg/bolsa; Uso: procesamiento de alimentos; Marca: ninguna; Origen: Indonesia.
Errores comunes:
Confundir el sagú con almidón de mandioca, clasificándolo erróneamente en 1108.
No declarar el método de elaboración, siendo considerado como almidón no procesado.
Omitir la declaración de marca, puede generar problemas de protección aduanera de propiedad intelectual.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación es si la mercancía está elaborada con almidón de palma de sagú y ha pasado por granulación u otros procesos. Según el Arancel de Importación y Exportación, la partida 1903 se define claramente como "sagú", y su alcance incluye todas las formas de sagú. Si el producto es solo almidón de palma de sagú, sin granulación, puede clasificarse en 1108 (otros almidones). Si el sagú se mezcla con otros componentes para elaborar alimentos listos para consumo, puede clasificarse en 2106. Por lo tanto, debe determinarse con precisión según la composición y el proceso de elaboración. 1108 Otros almidones: 1108 incluye almidón de mandioca, almidón de papa, etc., pero no incluye el sagú. El sagú es un producto de almidón granulado, mientras que 1108 es almidón no modificado. 1902 Pastas alimenticias: 1902 incluye fideos, macarrones, etc., generalmente elaborados con harina de cereales. Aunque el sagú es granular, su materia prima es almidón de palma de sagú y no pasa por extrusión. 1905 Pan, pastelería: 1905 incluye productos de panadería; el sagú normalmente no se hornea, sino que se consume tras cocción, y no pertenece a la categoría de pastelería. 2106 Otros productos alimenticios: 2106 son preparaciones alimenticias no denominadas en otra parte; si el sagú se mezcla con azúcar, condimentos, etc. para elaborar postres listos para consumo, puede clasificarse en 2106 en lugar de 1903. ¿La materia prima es almidón de palma de sagú? ¿Ha pasado por granulación? ¿Se han añadido otros componentes? ¿El uso es alimentario? ¿El envase es apto para venta al por menor?
Base
La base central de clasificación es si la mercancía está elaborada con almidón de palma de sagú y ha pasado por granulación u otros procesos. Según el Arancel de Importación y Exportación, la partida 1903 se define claramente como "sagú", y su alcance incluye todas las formas de sagú. Si el producto es solo almidón de palma de sagú, sin granulación, puede clasificarse en 1108 (otros almidones). Si el sagú se mezcla con otros componentes para elaborar alimentos listos para consumo, puede clasificarse en 2106. Por lo tanto, debe determinarse con precisión según la composición y el proceso de elaboración.
Códigos confundidos:
1108 - Otros almidones
1108 incluye almidón de mandioca, almidón de papa, etc., pero no incluye el sagú. El sagú es un producto de almidón granulado, mientras que 1108 es almidón no modificado.
1902 - Pastas alimenticias
1902 incluye fideos, macarrones, etc., generalmente elaborados con harina de cereales. Aunque el sagú es granular, su materia prima es almidón de palma de sagú y no pasa por extrusión.
1905 - Pan, pastelería
1905 incluye productos de panadería; el sagú normalmente no se hornea, sino que se consume tras cocción, y no pertenece a la categoría de pastelería.
2106 - Otros productos alimenticios
2106 son preparaciones alimenticias no denominadas en otra parte; si el sagú se mezcla con azúcar, condimentos, etc. para elaborar postres listos para consumo, puede clasificarse en 2106 en lugar de 1903.
Autoverificación:
✓ ¿La materia prima es almidón de palma de sagú?
✓ ¿Ha pasado por granulación?
✓ ¿Se han añadido otros componentes?
✓ ¿El uso es alimentario?
✓ ¿El envase es apto para venta al por menor?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia en código HS entre el sagú y el almidón de mandioca? El sagú se clasifica en 190300, el almidón de mandioca en 1108. El sagú se elabora a partir de almidón de palma de sagú mediante granulación, mientras que el almidón de mandioca es almidón no modificado. Al declarar en aduana debe presentarse prueba del proceso de elaboración. Si se añade azúcar al sagú, ¿cambia el código? Si tras añadir azúcar se mantienen las características básicas del sagú, puede seguir clasificándose en 1903; si se elabora un postre listo para consumo, puede clasificarse en 2106. Debe determinarse según la proporción añadida y el estado del producto. ¿Qué elementos de declaración requiere la importación de sagú? Debe declararse nombre del producto, composición, método de elaboración, aspecto, envase, uso, marca, origen, etc. Para más detalles, consultar la tabla de elementos de declaración aduanera. ¿Cómo consultar el arancel de importación del sagú? A través del sitio web de la Administración General de Aduanas o herramientas de consulta arancelaria, ingresando el código HS 190300, se pueden consultar la tasa de nación más favorecida, la tasa general y las tasas de acuerdos de libre comercio. Las tasas pueden cambiar; prevalecen los anuncios más recientes. ¿La exportación de sagú requiere inspección y cuarentena? El sagú, como alimento, para exportación normalmente debe cumplir con los requisitos del país importador y puede requerir inspección y cuarentena de exportación. Para más detalles, consultar con la aduana local. ¿El sagú y el postre de sagú tienen el mismo código? No. El postre de sagú es un dulce listo para consumo mezclado con leche de coco, azúcar, etc., generalmente clasificado en 2106; el sagú puro se clasifica en 1903. ¿Cómo distinguir el sagú de las pastas alimenticias al clasificar? Las pastas alimenticias (1902) generalmente se elaboran con harina de cereales mediante extrusión o laminado; el sagú se elabora mediante granulación de almidón de palma de sagú y no pasa por procesamiento de masa. ¿Puede clasificarse el sagú en 1901? No. 1901 incluye extracto de malta, productos lácteos, etc.; el sagú tiene la partida independiente 1903.
Q: ¿Cuál es la diferencia en código HS entre el sagú y el almidón de mandioca?
A: El sagú se clasifica en 190300, el almidón de mandioca en 1108. El sagú se elabora a partir de almidón de palma de sagú mediante granulación, mientras que el almidón de mandioca es almidón no modificado. Al declarar en aduana debe presentarse prueba del proceso de elaboración.
Q: Si se añade azúcar al sagú, ¿cambia el código?
A: Si tras añadir azúcar se mantienen las características básicas del sagú, puede seguir clasificándose en 1903; si se elabora un postre listo para consumo, puede clasificarse en 2106. Debe determinarse según la proporción añadida y el estado del producto.
Q: ¿Qué elementos de declaración requiere la importación de sagú?
A: Debe declararse nombre del producto, composición, método de elaboración, aspecto, envase, uso, marca, origen, etc. Para más detalles, consultar la tabla de elementos de declaración aduanera.
Q: ¿Cómo consultar el arancel de importación del sagú?
A: A través del sitio web de la Administración General de Aduanas o herramientas de consulta arancelaria, ingresando el código HS 190300, se pueden consultar la tasa de nación más favorecida, la tasa general y las tasas de acuerdos de libre comercio. Las tasas pueden cambiar; prevalecen los anuncios más recientes.
Q: ¿La exportación de sagú requiere inspección y cuarentena?
A: El sagú, como alimento, para exportación normalmente debe cumplir con los requisitos del país importador y puede requerir inspección y cuarentena de exportación. Para más detalles, consultar con la aduana local.
Q: ¿El sagú y el postre de sagú tienen el mismo código?
A: No. El postre de sagú es un dulce listo para consumo mezclado con leche de coco, azúcar, etc., generalmente clasificado en 2106; el sagú puro se clasifica en 1903.
Q: ¿Cómo distinguir el sagú de las pastas alimenticias al clasificar?
A: Las pastas alimenticias (1902) generalmente se elaboran con harina de cereales mediante extrusión o laminado; el sagú se elabora mediante granulación de almidón de palma de sagú y no pasa por procesamiento de masa.
Q: ¿Puede clasificarse el sagú en 1901?
A: No. 1901 incluye extracto de malta, productos lácteos, etc.; el sagú tiene la partida independiente 1903.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.