El Capítulo 11 abarca los productos de la industria molinera, incluidos harinas de cereales, almidones, inulina, gluten y diversos polvos vegetales. El núcleo de este capítulo son los productos en polvo obtenidos mediante procesos físicos como molienda y trituración, que se diferencian de los cereales de consumo directo o de las materias vegetales sin procesar. Dentro del capítulo, las partidas se dividen según el origen de la materia prima y el grado de elaboración, como harinas finas de cereales, harinas gruesas, almidones, etc. La partida 1106 abarca las harinas finas y harinas gruesas obtenidas a partir de materias vegetales distintas de los frutos o nueces del Capítulo 8 o de los cereales del Capítulo 10. Incluye específicamente harinas de nueces como coco, nuez del Brasil y anacardo, así como harinas de frutas como plátano y mango. Esta partida enfatiza que la materia prima debe ser fruta o nuez y que ha sido sometida a trituración, pero no incluye el cacao en polvo (partida 1805) ni el café en polvo (partida 0901). Los 2 primeros dígitos '11' representan el Capítulo 11: Productos de la industria molinera. Los dígitos 3-4 '06' representan la partida 1106: Harinas finas y harinas gruesas de otras materias vegetales. Los dígitos 5-6 '30' representan la subpartida 110630: Harinas finas y harinas gruesas de frutas, es decir, harinas de frutas distintas de frutas específicas como plátano y aguacate. El código se detalla nivel por nivel: capítulo → partida → subpartida, asegurando una clasificación precisa hasta la variedad específica. El producto es harina de fruta, la materia prima pertenece al Capítulo 8 (frutas), y el método de elaboración es la trituración, lo que cumple con la descripción de la partida 1106. Dado que no es harina de cereales (1101-1103), almidón (1108) ni cacao en polvo (1805), se clasifica en 110630. Si se trata de harina de frutas mixtas, se clasifica según el componente principal; si se añaden otras sustancias, debe evaluarse según el grado de elaboración.
Capítulo
El Capítulo 11 abarca los productos de la industria molinera, incluidos harinas de cereales, almidones, inulina, gluten y diversos polvos vegetales. El núcleo de este capítulo son los productos en polvo obtenidos mediante procesos físicos como molienda y trituración, que se diferencian de los cereales de consumo directo o de las materias vegetales sin procesar. Dentro del capítulo, las partidas se dividen según el origen de la materia prima y el grado de elaboración, como harinas finas de cereales, harinas gruesas, almidones, etc.
Partida
La partida 1106 abarca las harinas finas y harinas gruesas obtenidas a partir de materias vegetales distintas de los frutos o nueces del Capítulo 8 o de los cereales del Capítulo 10. Incluye específicamente harinas de nueces como coco, nuez del Brasil y anacardo, así como harinas de frutas como plátano y mango. Esta partida enfatiza que la materia prima debe ser fruta o nuez y que ha sido sometida a trituración, pero no incluye el cacao en polvo (partida 1805) ni el café en polvo (partida 0901).
Desglose
Los 2 primeros dígitos '11' representan el Capítulo 11: Productos de la industria molinera. Los dígitos 3-4 '06' representan la partida 1106: Harinas finas y harinas gruesas de otras materias vegetales. Los dígitos 5-6 '30' representan la subpartida 110630: Harinas finas y harinas gruesas de frutas, es decir, harinas de frutas distintas de frutas específicas como plátano y aguacate. El código se detalla nivel por nivel: capítulo → partida → subpartida, asegurando una clasificación precisa hasta la variedad específica.
Base de clasificación
El producto es harina de fruta, la materia prima pertenece al Capítulo 8 (frutas), y el método de elaboración es la trituración, lo que cumple con la descripción de la partida 1106. Dado que no es harina de cereales (1101-1103), almidón (1108) ni cacao en polvo (1805), se clasifica en 110630. Si se trata de harina de frutas mixtas, se clasifica según el componente principal; si se añaden otras sustancias, debe evaluarse según el grado de elaboración.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico de la mercancía declarada, como 'harina de manzana' o 'harina de fresa', que debe coincidir con el producto real. Composición y contenido: Indicar los porcentajes de pureza, humedad, aditivos, etc. de la harina de fruta para asegurar el cumplimiento de los requisitos de la partida. Método de elaboración: Explicar el método de trituración (como molienda, secado por atomización) y si se sometió a tratamiento térmico. Especificaciones de envasado: Indicar el peso neto y la forma de envasado (como bolsa, bidón), lo que afecta la tasa impositiva y las condiciones de control. Tipo de marca: Indicar si tiene marca, como 'sin marca' o el nombre de la marca, lo que involucra la declaración de propiedad intelectual. País de origen: Indicar el país de cultivo o procesamiento de la materia prima de fruta, para determinar la tasa del acuerdo de libre comercio. Fecha de producción: Indicar el lote y la fecha de producción para facilitar la trazabilidad y la gestión de la vida útil. Nombre del producto: harina de manzana; Composición: manzana 100%, humedad ≤5%; Método de elaboración: secado por atomización; Especificaciones de envasado: 25kg/bolsa; Tipo de marca: sin marca; País de origen: China; Fecha de producción: 2025-03-01. Confundir harina de fruta con harina de jugo de fruta, esta última podría clasificarse en 2009. No distinguir entre harina de fruta pura y productos con azúcar o conservantes añadidos, lo que afecta la clasificación. Omitir los requisitos de finura de la harina de fruta; la harina gruesa podría clasificarse en otra partida.
Nombre del producto
Nombre específico de la mercancía declarada, como 'harina de manzana' o 'harina de fresa', que debe coincidir con el producto real.
⚠️ Indicar genéricamente 'harina de fruta' sin especificar el tipo de fruta.
Composición y contenido
Indicar los porcentajes de pureza, humedad, aditivos, etc. de la harina de fruta para asegurar el cumplimiento de los requisitos de la partida.
⚠️ Omitir los componentes aditivos, lo que provoca errores de clasificación.
Método de elaboración
Explicar el método de trituración (como molienda, secado por atomización) y si se sometió a tratamiento térmico.
⚠️ No indicar si se añadió azúcar u otras sustancias.
Especificaciones de envasado
Indicar el peso neto y la forma de envasado (como bolsa, bidón), lo que afecta la tasa impositiva y las condiciones de control.
⚠️ Las especificaciones de envasado no coinciden con la realidad, lo que genera riesgo de inspección.
Tipo de marca
Indicar si tiene marca, como 'sin marca' o el nombre de la marca, lo que involucra la declaración de propiedad intelectual.
⚠️ Omitir la marca, lo que genera riesgo de infracción.
País de origen
Indicar el país de cultivo o procesamiento de la materia prima de fruta, para determinar la tasa del acuerdo de libre comercio.
⚠️ Confundir el lugar de origen de la materia prima con el lugar de procesamiento.
Fecha de producción
Indicar el lote y la fecha de producción para facilitar la trazabilidad y la gestión de la vida útil.
⚠️ Formato de fecha no estándar, como '2023.1' en lugar de '2023-01-01'.
Ejemplo: Nombre del producto: harina de manzana; Composición: manzana 100%, humedad ≤5%; Método de elaboración: secado por atomización; Especificaciones de envasado: 25kg/bolsa; Tipo de marca: sin marca; País de origen: China; Fecha de producción: 2025-03-01.
Errores comunes:
Confundir harina de fruta con harina de jugo de fruta, esta última podría clasificarse en 2009.
No distinguir entre harina de fruta pura y productos con azúcar o conservantes añadidos, lo que afecta la clasificación.
Omitir los requisitos de finura de la harina de fruta; la harina gruesa podría clasificarse en otra partida.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación son las propiedades de la materia prima y el proceso de elaboración. La materia prima debe ser fruta del Capítulo 8 y debe haber sido triturada para obtener harina fina o gruesa. Si la harina de fruta se mezcla con harina de cereales o aditivos, debe evaluarse según el componente principal o el grado de elaboración. Asimismo, deben excluirse las harinas de frutas específicas ya enumeradas (como la harina de plátano 110630? En realidad, la harina de plátano se clasifica en 110630, pero deben confirmarse las notas de subpartida). 110620 Harina de sagú: La materia prima es médula de sagú, no fruta, y el método de elaboración es diferente. 110610 Harina de legumbres: La materia prima son legumbres, pertenecientes al Capítulo 12, no frutas. 110510 Harina de patata: La materia prima es patata, perteneciente a las hortalizas del Capítulo 7, y la partida es diferente. 200989 Otros jugos de frutas: El jugo de fruta es líquido, no ha sido pulverizado, se clasifica en el Capítulo 20. 080390 Plátanos frescos: Fruta sin procesar, se clasifica en el Capítulo 8, esencialmente diferente de los productos molidos. ¿La materia prima es fruta del Capítulo 8? ¿La elaboración es solo trituración? ¿Se añadieron otras sustancias? ¿La finura cumple con el estándar de harina fina? ¿Pertenece a una harina de fruta ya enumerada?
Base
La base central de clasificación son las propiedades de la materia prima y el proceso de elaboración. La materia prima debe ser fruta del Capítulo 8 y debe haber sido triturada para obtener harina fina o gruesa. Si la harina de fruta se mezcla con harina de cereales o aditivos, debe evaluarse según el componente principal o el grado de elaboración. Asimismo, deben excluirse las harinas de frutas específicas ya enumeradas (como la harina de plátano 110630? En realidad, la harina de plátano se clasifica en 110630, pero deben confirmarse las notas de subpartida).
Códigos confundidos:
110620 - Harina de sagú
La materia prima es médula de sagú, no fruta, y el método de elaboración es diferente.
110610 - Harina de legumbres
La materia prima son legumbres, pertenecientes al Capítulo 12, no frutas.
110510 - Harina de patata
La materia prima es patata, perteneciente a las hortalizas del Capítulo 7, y la partida es diferente.
200989 - Otros jugos de frutas
El jugo de fruta es líquido, no ha sido pulverizado, se clasifica en el Capítulo 20.
080390 - Plátanos frescos
Fruta sin procesar, se clasifica en el Capítulo 8, esencialmente diferente de los productos molidos.
Autoverificación:
✓ ¿La materia prima es fruta del Capítulo 8?
✓ ¿La elaboración es solo trituración?
✓ ¿Se añadieron otras sustancias?
✓ ¿La finura cumple con el estándar de harina fina?
✓ ¿Pertenece a una harina de fruta ya enumerada?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar la tasa de importación del código 110630? Se puede consultar a través del arancel aduanero, la tabla de tasas de acuerdos de libre comercio o bases de datos oficiales, combinando el país de origen y el modo de comercio. Las tasas pueden cambiar; se recomienda consultar el anuncio más reciente. ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de harina de fruta y harina de jugo de fruta? La harina de fruta se clasifica en 110630 y la harina de jugo de fruta en 2009; la diferencia radica en el estado físico: polvo vs líquido. El proceso de elaboración también es diferente: el jugo se obtiene por prensado y la harina de fruta por secado y trituración. ¿Cómo se clasifica la harina de frutas mixtas? Si es una mezcla de varias frutas, sigue clasificándose en 110630, pero debe declararse el componente principal. Si se añade harina de cereales o azúcar, puede afectar la clasificación y debe evaluarse según el componente principal. ¿Cuáles son los errores comunes en los elementos de declaración de la harina de fruta? Los errores comunes incluyen nombre genérico, composición inexacta, descripción poco clara del método de elaboración y omisión de marca y país de origen. Se recomienda completar detalladamente para evitar riesgos de inspección. ¿Qué condiciones regulatorias requiere la exportación de harina de fruta? Debe cumplir con los estándares del país exportador e importador, como inspección sanitaria y certificado de origen. Las condiciones específicas varían según el país; se puede consultar a la aduana o a organismos profesionales. ¿Cuál es la diferencia entre 110630 y 110620? 110630 es harina de otras frutas, 110620 es harina de sagú. La materia prima es diferente: fruta vs médula de sagú. Al clasificar, debe confirmarse el origen de la materia prima. Si la harina de fruta se hornea, ¿sigue clasificándose en 110630? Si solo se tritura y luego se hornea, sin cambiar las características básicas, puede seguir clasificándose en 110630. Pero si se somete a elaboración profunda, como convertirse en pastel, se clasifica en el Capítulo 19. ¿Cómo determinar si la harina de fruta es 'harina fina'? La harina fina generalmente se refiere a la que puede pasar por un tamiz específico (como abertura ≤0.2mm). Para estándares específicos, consulte las decisiones de clasificación aduanera; se recomienda proporcionar un informe de análisis de granulometría.
Q: ¿Cómo consultar la tasa de importación del código 110630?
A: Se puede consultar a través del arancel aduanero, la tabla de tasas de acuerdos de libre comercio o bases de datos oficiales, combinando el país de origen y el modo de comercio. Las tasas pueden cambiar; se recomienda consultar el anuncio más reciente.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de harina de fruta y harina de jugo de fruta?
A: La harina de fruta se clasifica en 110630 y la harina de jugo de fruta en 2009; la diferencia radica en el estado físico: polvo vs líquido. El proceso de elaboración también es diferente: el jugo se obtiene por prensado y la harina de fruta por secado y trituración.
Q: ¿Cómo se clasifica la harina de frutas mixtas?
A: Si es una mezcla de varias frutas, sigue clasificándose en 110630, pero debe declararse el componente principal. Si se añade harina de cereales o azúcar, puede afectar la clasificación y debe evaluarse según el componente principal.
Q: ¿Cuáles son los errores comunes en los elementos de declaración de la harina de fruta?
A: Los errores comunes incluyen nombre genérico, composición inexacta, descripción poco clara del método de elaboración y omisión de marca y país de origen. Se recomienda completar detalladamente para evitar riesgos de inspección.
Q: ¿Qué condiciones regulatorias requiere la exportación de harina de fruta?
A: Debe cumplir con los estándares del país exportador e importador, como inspección sanitaria y certificado de origen. Las condiciones específicas varían según el país; se puede consultar a la aduana o a organismos profesionales.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre 110630 y 110620?
A: 110630 es harina de otras frutas, 110620 es harina de sagú. La materia prima es diferente: fruta vs médula de sagú. Al clasificar, debe confirmarse el origen de la materia prima.
Q: Si la harina de fruta se hornea, ¿sigue clasificándose en 110630?
A: Si solo se tritura y luego se hornea, sin cambiar las características básicas, puede seguir clasificándose en 110630. Pero si se somete a elaboración profunda, como convertirse en pastel, se clasifica en el Capítulo 19.
Q: ¿Cómo determinar si la harina de fruta es 'harina fina'?
A: La harina fina generalmente se refiere a la que puede pasar por un tamiz específico (como abertura ≤0.2mm). Para estándares específicos, consulte las decisiones de clasificación aduanera; se recomienda proporcionar un informe de análisis de granulometría.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.