El Capítulo 11 cubre los productos de la industria molinera, incluidos la harina de cereales, el almidón, la inulina, el gluten, etc., pero excluye la achicoria tostada utilizada como sucedáneo del café, los productos de cereales distintos de la harina fina y los productos farmacéuticos. Este capítulo se refiere principalmente a los productos de transformación primaria de cereales en polvo o almidón, que son materias primas básicas importantes para la industria alimentaria. La partida 1104 cubre los cereales sometidos a otras transformaciones (como descascarillado, laminado, copos, granulado, cortado o molienda gruesa), pero excluye la harina fina y la harina gruesa de cereales de la partida 1103. Incluye específicamente los cereales laminados o en copos, el germen de cereales y los cereales expandidos o tostados, entre otros. Los 2 primeros dígitos 11 representan el Capítulo 11 (productos de la industria molinera). Los dígitos 3-4, 04, representan la partida 1104 (cereales sometidos a otras transformaciones). Los dígitos 5-6, 12, representan la subpartida 1104.12, es decir, avena laminada o en copos. El código completo 110412 designa la avena laminada o en copos (copos de avena), que son productos de avena listos para el consumo o que requieren cocción. Este producto es avena sometida a laminado o copos, sin otra transformación más profunda (como expansión o tostado), por lo que se clasifica en 1104.12. Si la avena solo se descascarilla pero no se lamina, debe clasificarse en 1104.19; si está expandida o tostada, se clasifica en 1104.30.
Capítulo
El Capítulo 11 cubre los productos de la industria molinera, incluidos la harina de cereales, el almidón, la inulina, el gluten, etc., pero excluye la achicoria tostada utilizada como sucedáneo del café, los productos de cereales distintos de la harina fina y los productos farmacéuticos. Este capítulo se refiere principalmente a los productos de transformación primaria de cereales en polvo o almidón, que son materias primas básicas importantes para la industria alimentaria.
Partida
La partida 1104 cubre los cereales sometidos a otras transformaciones (como descascarillado, laminado, copos, granulado, cortado o molienda gruesa), pero excluye la harina fina y la harina gruesa de cereales de la partida 1103. Incluye específicamente los cereales laminados o en copos, el germen de cereales y los cereales expandidos o tostados, entre otros.
Desglose
Los 2 primeros dígitos 11 representan el Capítulo 11 (productos de la industria molinera). Los dígitos 3-4, 04, representan la partida 1104 (cereales sometidos a otras transformaciones). Los dígitos 5-6, 12, representan la subpartida 1104.12, es decir, avena laminada o en copos. El código completo 110412 designa la avena laminada o en copos (copos de avena), que son productos de avena listos para el consumo o que requieren cocción.
Base de clasificación
Este producto es avena sometida a laminado o copos, sin otra transformación más profunda (como expansión o tostado), por lo que se clasifica en 1104.12. Si la avena solo se descascarilla pero no se lamina, debe clasificarse en 1104.19; si está expandida o tostada, se clasifica en 1104.30.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico del producto declarado, como "copos de avena" o "avena laminada", que debe coincidir con el artículo real. Método de procesamiento: Describir detalladamente el proceso de elaboración, como "laminado", "copos", "laminado tras cocción", etc., para determinar si corresponde a 1104.12. ¿Tostado?: Declarar si ha sido sometido a tostado; la avena tostada debe clasificarse en 1104.30. Contenido de componentes: Declarar la pureza de los copos de avena, como si se han añadido otros componentes (azúcar, sal, etc.); los aditivos pueden afectar la clasificación. Especificaciones de envasado: Indicar la forma de envasado (como envase para venta al por menor, a granel) y el peso neto, lo que afecta las condiciones de control y la aplicación de tipos impositivos. Marca: Declarar el nombre de la marca (si la hay); si no hay marca, se puede indicar "ninguna". Fecha de producción: Declarar la fecha de producción o el número de lote, para la trazabilidad de la seguridad alimentaria. Nombre del producto: copos de avena; Método de procesamiento: laminado en copos; ¿Tostado?: no; Contenido de componentes: 100% avena; Especificaciones de envasado: 25 kg/bolsa, envase no destinado a la venta al por menor; Marca: ninguna; Fecha de producción: 2025-01-01. Declarar erróneamente los copos de avena laminados como harina de avena (1103.20), lo que provoca errores en los tipos impositivos y las condiciones de control. No distinguir si está tostado, clasificando erróneamente los copos de avena tostados en 1104.12, cuando en realidad corresponden a 1104.30. Ignorar los componentes añadidos; si se añade azúcar, sal, etc., pueden clasificarse en otras partidas (como 1904).
Nombre del producto
Nombre específico del producto declarado, como "copos de avena" o "avena laminada", que debe coincidir con el artículo real.
⚠️ Declararlo erróneamente como "harina de avena" o "granos de avena", lo que provoca una clasificación incorrecta.
Método de procesamiento
Describir detalladamente el proceso de elaboración, como "laminado", "copos", "laminado tras cocción", etc., para determinar si corresponde a 1104.12.
⚠️ Escribir solo "procesado" o "cocido", sin especificar el proceso de laminado o copos.
¿Tostado?
Declarar si ha sido sometido a tostado; la avena tostada debe clasificarse en 1104.30.
⚠️ Declarar erróneamente un tratamiento térmico ligero como tostado, lo que provoca una clasificación incorrecta.
Contenido de componentes
Declarar la pureza de los copos de avena, como si se han añadido otros componentes (azúcar, sal, etc.); los aditivos pueden afectar la clasificación.
⚠️ No declarar los aditivos, lo que lleva a que se consideren erróneamente copos de avena puros.
Especificaciones de envasado
Indicar la forma de envasado (como envase para venta al por menor, a granel) y el peso neto, lo que afecta las condiciones de control y la aplicación de tipos impositivos.
⚠️ Confundir el envase para venta al por menor con el envase no destinado a la venta al por menor, afectando la integridad de los elementos de declaración.
Marca
Declarar el nombre de la marca (si la hay); si no hay marca, se puede indicar "ninguna".
⚠️ Omitir la marca o declararla erróneamente, lo que genera problemas de propiedad intelectual.
Fecha de producción
Declarar la fecha de producción o el número de lote, para la trazabilidad de la seguridad alimentaria.
⚠️ Formato incorrecto o no declarado, lo que provoca retrasos en el despacho de aduanas.
Ejemplo: Nombre del producto: copos de avena; Método de procesamiento: laminado en copos; ¿Tostado?: no; Contenido de componentes: 100% avena; Especificaciones de envasado: 25 kg/bolsa, envase no destinado a la venta al por menor; Marca: ninguna; Fecha de producción: 2025-01-01.
Errores comunes:
Declarar erróneamente los copos de avena laminados como harina de avena (1103.20), lo que provoca errores en los tipos impositivos y las condiciones de control.
No distinguir si está tostado, clasificando erróneamente los copos de avena tostados en 1104.12, cuando en realidad corresponden a 1104.30.
Ignorar los componentes añadidos; si se añade azúcar, sal, etc., pueden clasificarse en otras partidas (como 1904).
🎯 Lógica de clasificación
La base fundamental de clasificación es el estado de procesamiento del producto. La subpartida 1104.12 solo se aplica a la avena laminada o en copos, es decir, avena que ha sido descascarillada, cocida (opcional) y laminada en copos, pero que no ha sido expandida ni tostada. Si la avena solo se descascarilla o se granula, debe clasificarse en 1104.19; si ha sido expandida o tostada, se clasifica en 1104.30. Además, si a los copos de avena se les han añadido otros componentes (como azúcar, frutos secos), pueden clasificarse en el Capítulo 19. 1104.19 Otra avena transformada: La subpartida 1104.19 incluye avena descascarillada, granulada o sometida a molienda gruesa, pero no laminada ni en copos. La diferencia clave radica en si se ha sometido al proceso de laminado o copos. 1104.30 Cereales expandidos o tostados: La subpartida 1104.30 se aplica a los cereales expandidos o tostados, como los cereales para el desayuno. Si los copos de avena han sido tostados, incluso si están en copos, deben clasificarse en este código. 1103.20 Harina fina de avena: La subpartida 1103.20 es harina fina obtenida de la molienda de avena, mientras que la 1104.12 son copos de avena. La harina fina se utiliza para panadería; los copos, para gachas o consumo instantáneo. 1904.10 Productos alimenticios de cereales expandidos o tostados: La subpartida 1904.10 se aplica a los productos alimenticios de cereales expandidos o tostados, generalmente condimentados o preparados como alimentos listos para el consumo. Si los copos de avena solo se laminan simplemente, siguen clasificándose en 1104.12. ¿Se ha sometido al proceso de laminado o copos? ¿Ha sido tostado o expandido? ¿Se han añadido otros componentes (azúcar, sal, etc.)? ¿Es envase para venta al por menor o a granel? ¿Es para consumo instantáneo o requiere cocción?
Base
La base fundamental de clasificación es el estado de procesamiento del producto. La subpartida 1104.12 solo se aplica a la avena laminada o en copos, es decir, avena que ha sido descascarillada, cocida (opcional) y laminada en copos, pero que no ha sido expandida ni tostada. Si la avena solo se descascarilla o se granula, debe clasificarse en 1104.19; si ha sido expandida o tostada, se clasifica en 1104.30. Además, si a los copos de avena se les han añadido otros componentes (como azúcar, frutos secos), pueden clasificarse en el Capítulo 19.
Códigos confundidos:
1104.19 - Otra avena transformada
La subpartida 1104.19 incluye avena descascarillada, granulada o sometida a molienda gruesa, pero no laminada ni en copos. La diferencia clave radica en si se ha sometido al proceso de laminado o copos.
1104.30 - Cereales expandidos o tostados
La subpartida 1104.30 se aplica a los cereales expandidos o tostados, como los cereales para el desayuno. Si los copos de avena han sido tostados, incluso si están en copos, deben clasificarse en este código.
1103.20 - Harina fina de avena
La subpartida 1103.20 es harina fina obtenida de la molienda de avena, mientras que la 1104.12 son copos de avena. La harina fina se utiliza para panadería; los copos, para gachas o consumo instantáneo.
1904.10 - Productos alimenticios de cereales expandidos o tostados
La subpartida 1904.10 se aplica a los productos alimenticios de cereales expandidos o tostados, generalmente condimentados o preparados como alimentos listos para el consumo. Si los copos de avena solo se laminan simplemente, siguen clasificándose en 1104.12.
Autoverificación:
✓ ¿Se ha sometido al proceso de laminado o copos?
✓ ¿Ha sido tostado o expandido?
✓ ¿Se han añadido otros componentes (azúcar, sal, etc.)?
✓ ¿Es envase para venta al por menor o a granel?
✓ ¿Es para consumo instantáneo o requiere cocción?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el tipo arancelario del código HS 110412? Se puede consultar a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China o de la Ventanilla Única de Comercio Internacional, introduciendo el código 110412 para ver el tipo de nación más favorecida, el tipo general, etc. Los tipos arancelarios se ajustan según las políticas; se recomienda consultar la última publicación. ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de los copos de avena y el de la harina de avena? Los copos de avena se clasifican en 1104.12; la harina de avena, en 1103.20. La diferencia principal radica en el proceso de elaboración: los copos de avena se laminan en copos; la harina de avena se muele hasta obtener harina fina. Si los copos de avena se tuestan, ¿cambia el código? Sí, los copos de avena tostados deben clasificarse en 1104.30, no en 1104.12. El tostado modifica la naturaleza del procesamiento y la clasificación se ajusta en consecuencia. ¿Qué condiciones de control se requieren para importar copos de avena? Generalmente se requiere certificado de origen, certificado sanitario, informe de análisis de componentes, etc. Las condiciones de control específicas pueden consultarse en el "Arancel de Aduanas" publicado por la Administración General de Aduanas o consultando a la aduana local. ¿Los copos de avena con azúcar añadido pueden clasificarse en 110412? No. Tras añadir azúcar, sal u otros componentes, los copos de avena pueden considerarse alimentos mixtos y clasificarse en el Capítulo 19 (como 1904.10). La clasificación depende del tipo y la proporción de los aditivos. ¿Qué código se aplica a la importación minorista de copos de avena en comercio electrónico transfronterizo? La importación minorista de copos de avena en comercio electrónico transfronterizo generalmente también utiliza 1104.12, pero debe cumplir con los requisitos de la lista de productos de importación minorista del comercio electrónico transfronterizo y puede estar sujeta a diferentes políticas fiscales. ¿En qué se diferencian los elementos de declaración de 110412 y 110419? La 110412 requiere declarar principalmente el proceso de laminado o copos, mientras que la 110419 requiere declarar procesos como descascarillado, granulado, etc. Los métodos de procesamiento son diferentes y deben distinguirse claramente al declarar. ¿Cómo determinar si los copos de avena corresponden a "laminado o copos"? Laminado o copos se refiere a la avena que, tras la cocción (opcional), se prensa en láminas finas mediante rodillos. Si la avena solo se tritura o corta, sin prensarse en láminas, no se considera laminado o copos.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario del código HS 110412?
A: Se puede consultar a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China o de la Ventanilla Única de Comercio Internacional, introduciendo el código 110412 para ver el tipo de nación más favorecida, el tipo general, etc. Los tipos arancelarios se ajustan según las políticas; se recomienda consultar la última publicación.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre el código HS de los copos de avena y el de la harina de avena?
A: Los copos de avena se clasifican en 1104.12; la harina de avena, en 1103.20. La diferencia principal radica en el proceso de elaboración: los copos de avena se laminan en copos; la harina de avena se muele hasta obtener harina fina.
Q: Si los copos de avena se tuestan, ¿cambia el código?
A: Sí, los copos de avena tostados deben clasificarse en 1104.30, no en 1104.12. El tostado modifica la naturaleza del procesamiento y la clasificación se ajusta en consecuencia.
Q: ¿Qué condiciones de control se requieren para importar copos de avena?
A: Generalmente se requiere certificado de origen, certificado sanitario, informe de análisis de componentes, etc. Las condiciones de control específicas pueden consultarse en el "Arancel de Aduanas" publicado por la Administración General de Aduanas o consultando a la aduana local.
Q: ¿Los copos de avena con azúcar añadido pueden clasificarse en 110412?
A: No. Tras añadir azúcar, sal u otros componentes, los copos de avena pueden considerarse alimentos mixtos y clasificarse en el Capítulo 19 (como 1904.10). La clasificación depende del tipo y la proporción de los aditivos.
Q: ¿Qué código se aplica a la importación minorista de copos de avena en comercio electrónico transfronterizo?
A: La importación minorista de copos de avena en comercio electrónico transfronterizo generalmente también utiliza 1104.12, pero debe cumplir con los requisitos de la lista de productos de importación minorista del comercio electrónico transfronterizo y puede estar sujeta a diferentes políticas fiscales.
Q: ¿En qué se diferencian los elementos de declaración de 110412 y 110419?
A: La 110412 requiere declarar principalmente el proceso de laminado o copos, mientras que la 110419 requiere declarar procesos como descascarillado, granulado, etc. Los métodos de procesamiento son diferentes y deben distinguirse claramente al declarar.
Q: ¿Cómo determinar si los copos de avena corresponden a "laminado o copos"?
A: Laminado o copos se refiere a la avena que, tras la cocción (opcional), se prensa en láminas finas mediante rodillos. Si la avena solo se tritura o corta, sin prensarse en láminas, no se considera laminado o copos.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.