Código HS: 100820
Mijo
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 10 abarca los cereales, incluidos el trigo, el centeno, la cebada, la avena, el maíz, el arroz con cáscara, el arroz, el sorgo, el trigo sarraceno, el mijo, etc. Los cereales de este capítulo se refieren principalmente a los granos sin elaborar, estén o no descascarados, pero tras la molienda, descascarillado, pulido u otros procesos pueden clasificarse en el Capítulo 11. Este capítulo también incluye ciertos cereales sometidos a una elaboración mínima, como el descascarillado, la molienda, el corte, etc., pero debe prestarse atención a la distinción con los productos de la industria molinera del Capítulo 11.
Partida
La partida 1008 abarca el trigo sarraceno, el mijo de grano común y el mijo; los demás cereales. Incluye específicamente el trigo sarraceno (1008.10), el mijo de grano común (1008.20), el mijo (1008.30) y los demás cereales no expresados ni comprendidos en otra parte (1008.40-1008.90). El mijo es el producto obtenido tras descascarillar el mijo de grano común y sigue clasificándose en esta partida. Debe distinguirse de la partida 1007 (sorgo) y la 1006 (arroz).
Desglose
Los 2 primeros dígitos 10 = Capítulo 10, cereales; los dígitos 3.º y 4.º 08 = partida 1008, que se refiere al trigo sarraceno, el mijo de grano común y el mijo; los demás cereales; los dígitos 5.º y 6.º 30 = subpartida 1008.30, que se refiere específicamente al mijo. El mijo es el grano descascarillado del mijo de grano común (Setaria italica), y ya sea o no sometido a otra elaboración, siempre que no se haya molido más hasta convertirlo en harina ni transformado en otros productos, se clasifica en este código.
Base de clasificación
El mijo es el producto obtenido tras descascarillar el mijo de grano común; se trata de un grano de cereal que no ha sido molido ni reducido a harina, por lo que se clasifica en la partida 1008.30 y no en las harinas de cereales del Capítulo 11 (1102). Se distingue del mijo de grano común (con cáscara) de la partida 1008.20, ya que el mijo está descascarillado. Se distingue del sorgo de la partida 1007, ya que el sorgo es una especie diferente. Se distingue del arroz de la partida 1006, ya que el arroz es el producto descascarillado del arroz con cáscara.

📝 Elementos de declaración

Denominación
Nombre específico de la mercancía declarada, como «mijo» o «producto descascarillado de mijo de grano común»; evítese utilizar denominaciones genéricas.
⚠️ Declararlo erróneamente como «cereal» o «granos diversos», lo que genera una clasificación poco clara.
¿Está descascarillado?
Indicar si el mijo ha sido sometido a descascarillado; una vez descascarillado es mijo, y sin descascarillar es mijo de grano común.
⚠️ Declarar mijo de grano común con cáscara como mijo, lo que provoca un error de código.
Variedad
Indicar la variedad botánica del mijo, como «Setaria italica», para asegurar su distinción del sorgo, etc.
⚠️ Declararlo erróneamente como «mijo común» o «mijo panizo», lo que genera controversias de clasificación.
Grado de elaboración
Describir si ha sido sometido a molienda, pulido u otra elaboración profunda; si solo se ha descascarillado, se clasifica en 1008.30.
⚠️ Declarar el mijo molido hasta convertirlo en harina en la partida 1008.30, cuando en realidad debería clasificarse en la 1102.
Uso
Indicar el uso, como alimentación, pienso, semilla, etc., lo que influye en las condiciones de control.
⚠️ No indicar el uso, lo que impide determinar los certificados de control.
Especificaciones del envase
Indicar la forma de envasado y el peso neto, como «25 kilogramos/saco», para facilitar las estadísticas aduaneras.
⚠️ Especificaciones de envase incompletas, lo que afecta la inspección y el cálculo de impuestos.
Origen
Indicar el país o región de origen, lo que influye en la aplicación de aranceles y acuerdos comerciales.
⚠️ Declaración falsa del origen, lo que impide disfrutar de tipos arancelarios preferenciales.
Ejemplo:
Ejemplo de declaración en el formulario aduanero: Denominación: mijo Código HS: 1008.30.00 ¿Está descascarillado?: Sí Variedad: Setaria italica Grado de elaboración: solo descascarillado, sin molienda Uso: alimentación Especificaciones del envase: 25 kilogramos/saco Origen: China Cantidad: 1000 kilogramos Observaciones: ninguna
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base central de clasificación: el mijo es el grano descascarillado del mijo de grano común (Setaria italica), pertenece a los cereales y no ha sido molido ni reducido a harina. Conforme a la Regla General Interpretativa 1 del SA, se clasifica según el texto de la partida, y la 1008.30 incluye expresamente el mijo. Si ha sido molido hasta convertirlo en harina, se clasifica en la partida 1102.90 del Capítulo 11. Si está mezclado con otros cereales, debe clasificarse según el componente principal.
Códigos confundidos:
1008.20 - Mijo de grano común
El mijo de grano común es el grano con cáscara y el mijo es el producto descascarillado; ambos tienen un estado de elaboración diferente.
1007.00 - Sorgo
El sorgo es una especie diferente; la forma del grano y el uso son distintos y no deben confundirse.
1102.90 - Las demás harinas de cereales
Si el mijo se muele hasta convertirlo en harina, se clasifica en 1102.90 y no en 1008.30.
1006.30 - Arroz
El arroz es el producto descascarillado del arroz con cáscara; es de una especie diferente del mijo y su clasificación es distinta.
1008.90 - Los demás cereales
La partida 1008.90 comprende los cereales no expresados ni comprendidos en otra parte; el mijo ya tiene una subpartida específica y no debe clasificarse en esta.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cuál es la diferencia en el código HS entre el mijo y el mijo de grano común?
A: El mijo de grano común (con cáscara) se clasifica en 1008.20 y el mijo (descascarillado) en 1008.30. Ambos tienen un estado de elaboración diferente y al clasificarlos debe precisarse si están descascarillados.
Q: ¿En qué código HS debe clasificarse la harina de mijo?
A: La harina de mijo debe clasificarse en 1102.90 (las demás harinas de cereales), porque ha sido sometida a molienda y ya excede el ámbito del Capítulo 10.
Q: ¿Cómo determinar si el mijo ha sido sometido a elaboración profunda?
A: Si solo se ha descascarillado, sigue clasificándose en 1008.30; si ha sido molido, pulido, transformado en copos, etc., puede clasificarse en el Capítulo 11 o el Capítulo 19.
Q: ¿Cuáles son los errores frecuentes en los elementos de declaración del mijo?
A: Los errores frecuentes incluyen: no indicar si está descascarillado, declaración inexacta de la variedad, descripción poco clara del grado de elaboración, falta de especificaciones del envase, etc.
Q: ¿Cómo distinguir el mijo del sorgo en la clasificación?
A: El sorgo se clasifica en 1007 y el mijo en 1008.30; son especies diferentes y pueden distinguirse por la variedad y la apariencia.
Q: ¿Qué certificados de control se requieren para importar mijo?
A: Deben determinarse según el uso; por ejemplo, para alimentación se requiere un permiso de cuarentena de animales y plantas, un certificado de origen, etc. Pueden consultarse las disposiciones pertinentes de la Administración General de Aduanas.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario del mijo?
A: Puede consultarse en el sitio web de la Administración General de Aduanas o en el «Arancel Aduanero de Importación y Exportación de la República Popular China»; el tipo varía según los acuerdos comerciales y el origen.
Q: ¿Cómo se declara el mijo en el comercio electrónico transfronterizo al por menor?
A: Debe declararse como mercancía de importación al por menor del comercio electrónico transfronterizo, proporcionando información como el pedido, el pago y la logística, y clasificarse en el código HS correspondiente.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.