El Capítulo 10 abarca los cereales, incluidos los principales cultivos alimentarios como el trigo, el centeno, la cebada, la avena, el maíz, el arroz y el sorgo. Los cereales de este capítulo se refieren a granos sin procesar, con o sin cáscara, pero después de ser molidos, descascarillados, pulidos, etc., generalmente se clasifican en el Capítulo 11. Este capítulo es el núcleo del comercio de productos agrícolas y está relacionado con la seguridad alimentaria mundial y las cadenas de suministro. La partida 1007 cubre específicamente los granos del género Sorghum, incluidos el sorgo común, el sorgo dulce, el sorgo de escoba, etc., estén o no descascarillados. Sin embargo, se excluyen los granos triturados, la sémola (partida 1103) o los productos de la industria molinera (partida 1104). El sorgo de esta partida se utiliza principalmente para piensos, elaboración de bebidas alcohólicas, consumo humano y materias primas industriales. Los primeros 2 dígitos, 10, representan el Capítulo 10, Cereales; los dígitos 3-4, 07, representan la partida 1007, es decir, sorgo; los dígitos 5-6, 00, indican que no hay una subdivisión adicional dentro de esta partida y todo el sorgo se clasifica en esta subpartida. Por lo tanto, 100700 es el código HS completo de 6 dígitos, que en los sistemas aduaneros de los distintos países puede ampliarse a 8-10 dígitos para fines estadísticos o de desglose arancelario. El producto es grano de sorgo, que no ha sido molido, descascarillado ni sometido a otro procesamiento, y cumple con la definición de cereales del Capítulo 10. Además, no pertenece a otras partidas como el trigo (1001) o el maíz (1005), por lo que se clasifica en la 1007. Si se descascarilla o se muele, se clasifica en el Capítulo 11; si se destina a siembra, puede clasificarse en la 1007, pero debe declararse el uso.
Capítulo
El Capítulo 10 abarca los cereales, incluidos los principales cultivos alimentarios como el trigo, el centeno, la cebada, la avena, el maíz, el arroz y el sorgo. Los cereales de este capítulo se refieren a granos sin procesar, con o sin cáscara, pero después de ser molidos, descascarillados, pulidos, etc., generalmente se clasifican en el Capítulo 11. Este capítulo es el núcleo del comercio de productos agrícolas y está relacionado con la seguridad alimentaria mundial y las cadenas de suministro.
Partida
La partida 1007 cubre específicamente los granos del género Sorghum, incluidos el sorgo común, el sorgo dulce, el sorgo de escoba, etc., estén o no descascarillados. Sin embargo, se excluyen los granos triturados, la sémola (partida 1103) o los productos de la industria molinera (partida 1104). El sorgo de esta partida se utiliza principalmente para piensos, elaboración de bebidas alcohólicas, consumo humano y materias primas industriales.
Desglose
Los primeros 2 dígitos, 10, representan el Capítulo 10, Cereales; los dígitos 3-4, 07, representan la partida 1007, es decir, sorgo; los dígitos 5-6, 00, indican que no hay una subdivisión adicional dentro de esta partida y todo el sorgo se clasifica en esta subpartida. Por lo tanto, 100700 es el código HS completo de 6 dígitos, que en los sistemas aduaneros de los distintos países puede ampliarse a 8-10 dígitos para fines estadísticos o de desglose arancelario.
Base de clasificación
El producto es grano de sorgo, que no ha sido molido, descascarillado ni sometido a otro procesamiento, y cumple con la definición de cereales del Capítulo 10. Además, no pertenece a otras partidas como el trigo (1001) o el maíz (1005), por lo que se clasifica en la 1007. Si se descascarilla o se muele, se clasifica en el Capítulo 11; si se destina a siembra, puede clasificarse en la 1007, pero debe declararse el uso.
📝 Elementos de declaración
Nombre del producto: Nombre específico del producto declarado, como "sorgo", "sorgo rojo", "sorgo dulce", etc., que debe coincidir con el artículo real. ¿Es para siembra?: Declarar si se utiliza para siembra; los aranceles y las condiciones de regulación difieren entre el uso para siembra y el no destinado a siembra. ¿Está descascarillado?: Indicar si el sorgo ha sido descascarillado; tras el descascarillado sigue clasificándose en la 1007, pero debe señalarse. Grado de elaboración: Describir si ha sido molido, triturado, etc.; sin procesar se clasifica en la 1007, procesado se clasifica en el Capítulo 11. Origen: País o región de origen del sorgo, que afecta la aplicación de aranceles y acuerdos comerciales. Uso: Como pienso, elaboración de bebidas alcohólicas, consumo humano, industrial, etc.; los distintos usos pueden implicar diferentes regulaciones. Especificaciones de embalaje: Como a granel, en sacos, peso por saco, etc., lo que afecta la inspección y las estadísticas. Marca o modelo: Si tiene marca, debe declararse; si no tiene marca, puede indicarse "ninguna". Nombre del producto: sorgo rojo; ¿Es para siembra?: no destinado a siembra; ¿Está descascarillado?: sin descascarillar; Grado de elaboración: sin moler; Origen: Estados Unidos; Uso: para pienso; Especificaciones de embalaje: a granel; Marca: ninguna. Clasificar erróneamente el sorgo descascarillado en el Capítulo 11, cuando en realidad sigue clasificándose en la 1007. Confundir el uso para siembra con el no destinado a siembra, lo que afecta los aranceles y los certificados regulatorios. No declarar el grado de elaboración, lo que provoca errores de clasificación o riesgos de inspección.
Nombre del producto
Nombre específico del producto declarado, como "sorgo", "sorgo rojo", "sorgo dulce", etc., que debe coincidir con el artículo real.
⚠️ Escribir de forma genérica "cereales" o "granos diversos" sin especificar que se trata de sorgo.
¿Es para siembra?
Declarar si se utiliza para siembra; los aranceles y las condiciones de regulación difieren entre el uso para siembra y el no destinado a siembra.
⚠️ Declarar erróneamente sorgo para consumo como destinado a siembra, lo que genera inconsistencia documental.
¿Está descascarillado?
Indicar si el sorgo ha sido descascarillado; tras el descascarillado sigue clasificándose en la 1007, pero debe señalarse.
⚠️ Clasificar erróneamente el sorgo descascarillado en el Capítulo 11.
Grado de elaboración
Describir si ha sido molido, triturado, etc.; sin procesar se clasifica en la 1007, procesado se clasifica en el Capítulo 11.
⚠️ Declarar arroz de sorgo (ya molido) como 1007.
Origen
País o región de origen del sorgo, que afecta la aplicación de aranceles y acuerdos comerciales.
⚠️ Escribir solo "importado" sin indicar el país específico.
Uso
Como pienso, elaboración de bebidas alcohólicas, consumo humano, industrial, etc.; los distintos usos pueden implicar diferentes regulaciones.
⚠️ Declarar el uso de forma vaga, como "uso propio".
Especificaciones de embalaje
Como a granel, en sacos, peso por saco, etc., lo que afecta la inspección y las estadísticas.
⚠️ No indicar el modo de embalaje, lo que dificulta la inspección.
Marca o modelo
Si tiene marca, debe declararse; si no tiene marca, puede indicarse "ninguna".
⚠️ Omitir la declaración de la marca, lo que genera omisiones.
Ejemplo: Nombre del producto: sorgo rojo; ¿Es para siembra?: no destinado a siembra; ¿Está descascarillado?: sin descascarillar; Grado de elaboración: sin moler; Origen: Estados Unidos; Uso: para pienso; Especificaciones de embalaje: a granel; Marca: ninguna.
Errores comunes:
Clasificar erróneamente el sorgo descascarillado en el Capítulo 11, cuando en realidad sigue clasificándose en la 1007.
Confundir el uso para siembra con el no destinado a siembra, lo que afecta los aranceles y los certificados regulatorios.
No declarar el grado de elaboración, lo que provoca errores de clasificación o riesgos de inspección.
🎯 Lógica de clasificación
Base central de clasificación: el producto es grano del género Sorghum, que no ha sido molido, descascarillado ni sometido a otro procesamiento del Capítulo 11, y no pertenece a otras partidas de cereales. Deben verificarse el nombre del producto, el grado de elaboración y el uso. Si es para siembra, sigue clasificándose en la 1007, pero debe presentarse certificado de uso para siembra. Si ya ha sido molido hasta convertirse en harina, se clasifica en la 1102 o 1103. 1001 Trigo: El trigo y el sorgo difieren en forma y uso; el trigo se clasifica en la 1001 y el sorgo en la 1007. 1005 Maíz: El grano de maíz se clasifica en la 1005 y el sorgo en la 1007; ambos difieren en la forma del grano y su composición. 1103 Granos triturados de cereales: El sorgo triturado o molido se clasifica en la 1103; sin procesar se clasifica en la 1007. 1104 Cereales procesados: El sorgo descascarillado, molido o sometido a otro procesamiento se clasifica en la 1104; sin procesar se clasifica en la 1007. 1214 Productos vegetales para piensos: El sorgo como cereal se clasifica en la 1007; si se trata de paja para pienso, etc., se clasifica en la 1214. ¿Es grano del género Sorghum? ¿Ha sido molido, descascarillado o sometido a otro procesamiento? ¿Se utiliza para siembra? ¿Se confunde con otros cereales? ¿Pertenece al ámbito de procesamiento del Capítulo 11?
Base
Base central de clasificación: el producto es grano del género Sorghum, que no ha sido molido, descascarillado ni sometido a otro procesamiento del Capítulo 11, y no pertenece a otras partidas de cereales. Deben verificarse el nombre del producto, el grado de elaboración y el uso. Si es para siembra, sigue clasificándose en la 1007, pero debe presentarse certificado de uso para siembra. Si ya ha sido molido hasta convertirse en harina, se clasifica en la 1102 o 1103.
Códigos confundidos:
1001 - Trigo
El trigo y el sorgo difieren en forma y uso; el trigo se clasifica en la 1001 y el sorgo en la 1007.
1005 - Maíz
El grano de maíz se clasifica en la 1005 y el sorgo en la 1007; ambos difieren en la forma del grano y su composición.
1103 - Granos triturados de cereales
El sorgo triturado o molido se clasifica en la 1103; sin procesar se clasifica en la 1007.
1104 - Cereales procesados
El sorgo descascarillado, molido o sometido a otro procesamiento se clasifica en la 1104; sin procesar se clasifica en la 1007.
1214 - Productos vegetales para piensos
El sorgo como cereal se clasifica en la 1007; si se trata de paja para pienso, etc., se clasifica en la 1214.
Autoverificación:
✓ ¿Es grano del género Sorghum?
✓ ¿Ha sido molido, descascarillado o sometido a otro procesamiento?
✓ ¿Se utiliza para siembra?
✓ ¿Se confunde con otros cereales?
✓ ¿Pertenece al ámbito de procesamiento del Capítulo 11?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuál es el código HS del sorgo? El código HS del sorgo es 100700, perteneciente al Capítulo 10, Cereales, partida 1007. Este código se aplica al grano de sorgo sin procesar, incluidos el sorgo común, el sorgo dulce, etc. ¿En qué código debe clasificarse el sorgo descascarillado? El sorgo descascarillado sigue clasificándose en la 100700, porque el descascarillado no forma parte del procesamiento por molienda del Capítulo 11. Pero si se muele hasta convertirse en harina, se clasifica en la 1102 o 1103. ¿El código del sorgo para siembra y del sorgo no destinado a siembra es el mismo? El código HS de 6 dígitos es el mismo, 100700. Sin embargo, en los sistemas aduaneros de los distintos países puede subdividirse mediante códigos de 8-10 dígitos para distinguir el uso para siembra del no destinado a siembra, y las condiciones regulatorias y los aranceles pueden ser diferentes. ¿El código del arroz de sorgo y el de la semilla de ricino son iguales? No. El arroz de sorgo, si ya ha sido molido, se clasifica en el Capítulo 11 (por ejemplo, 1103); la semilla de ricino se clasifica en la 1207. El grano de sorgo sin procesar se clasifica en la 100700. ¿Qué elementos de declaración se requieren para importar sorgo? Deben declararse el nombre del producto, si es para siembra, si está descascarillado, el grado de elaboración, el origen, el uso, las especificaciones de embalaje, la marca, etc. Los requisitos específicos se rigen por lo dispuesto por la aduana. ¿Cómo consultar la tasa arancelaria del sorgo? Puede consultarse en el sitio web de la Administración General de Aduanas de China o en la Ventanilla Única de Comercio Internacional, introduciendo el código HS 100700 y el país de origen. Las tasas pueden cambiar y deben consultarse según los últimos anuncios. ¿El sorgo se clasifica en la 100700 o en la 100790? La 100700 es la subpartida de 6 dígitos; la 100790 es un código de 8 dígitos ampliado en algunos países. La aduana china utiliza códigos de 10 dígitos, y debe determinarse según el arancel nacional específico. ¿Cuál es el código HS de la harina de sorgo? La harina de sorgo, si es harina fina, se clasifica en la 1102; si es sémola o granos triturados, se clasifica en la 1103. Ninguna pertenece a la 100700.
Q: ¿Cuál es el código HS del sorgo?
A: El código HS del sorgo es 100700, perteneciente al Capítulo 10, Cereales, partida 1007. Este código se aplica al grano de sorgo sin procesar, incluidos el sorgo común, el sorgo dulce, etc.
Q: ¿En qué código debe clasificarse el sorgo descascarillado?
A: El sorgo descascarillado sigue clasificándose en la 100700, porque el descascarillado no forma parte del procesamiento por molienda del Capítulo 11. Pero si se muele hasta convertirse en harina, se clasifica en la 1102 o 1103.
Q: ¿El código del sorgo para siembra y del sorgo no destinado a siembra es el mismo?
A: El código HS de 6 dígitos es el mismo, 100700. Sin embargo, en los sistemas aduaneros de los distintos países puede subdividirse mediante códigos de 8-10 dígitos para distinguir el uso para siembra del no destinado a siembra, y las condiciones regulatorias y los aranceles pueden ser diferentes.
Q: ¿El código del arroz de sorgo y el de la semilla de ricino son iguales?
A: No. El arroz de sorgo, si ya ha sido molido, se clasifica en el Capítulo 11 (por ejemplo, 1103); la semilla de ricino se clasifica en la 1207. El grano de sorgo sin procesar se clasifica en la 100700.
Q: ¿Qué elementos de declaración se requieren para importar sorgo?
A: Deben declararse el nombre del producto, si es para siembra, si está descascarillado, el grado de elaboración, el origen, el uso, las especificaciones de embalaje, la marca, etc. Los requisitos específicos se rigen por lo dispuesto por la aduana.
Q: ¿Cómo consultar la tasa arancelaria del sorgo?
A: Puede consultarse en el sitio web de la Administración General de Aduanas de China o en la Ventanilla Única de Comercio Internacional, introduciendo el código HS 100700 y el país de origen. Las tasas pueden cambiar y deben consultarse según los últimos anuncios.
Q: ¿El sorgo se clasifica en la 100700 o en la 100790?
A: La 100700 es la subpartida de 6 dígitos; la 100790 es un código de 8 dígitos ampliado en algunos países. La aduana china utiliza códigos de 10 dígitos, y debe determinarse según el arancel nacional específico.
Q: ¿Cuál es el código HS de la harina de sorgo?
A: La harina de sorgo, si es harina fina, se clasifica en la 1102; si es sémola o granos triturados, se clasifica en la 1103. Ninguna pertenece a la 100700.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.