El Capítulo 08 comprende frutas y frutos comestibles, cortezas de agrios o de melones, incluidas las frutas y frutos secos frescos o secos, así como las frutas y frutos secos conservados provisionalmente pero impropios para el consumo directo. Este capítulo no incluye semillas oleaginosas (Capítulo 12), sucedáneos del café tostado (Capítulo 21) ni frutos secos elaborados (como los frutos secos confitados del Capítulo 20). La característica principal es que las mercancías son productos agrícolas primarios o simplemente procesados (descascarados, secados, etc.), que conservan aún sus propiedades naturales. La partida 0802 comprende los demás frutos secos frescos o secos, incluidas las almendras, avellanas, nueces, castañas, pistachos, nueces de macadamia, etc., con o sin cáscara. No incluye cocos (0801), anacardos (0801), piñones (0802.90) ni los frutos secos oleaginosos del Capítulo 12 (como cacahuetes, semillas de girasol). Los frutos secos de esta partida pueden haber sido descascarados, pelados, secados, etc., pero no pueden someterse a una elaboración ulterior. Los 2 primeros dígitos 08: indican el Capítulo 08, frutas y frutos comestibles; los dígitos 3-4, 02: indican la partida 0802, los demás frutos secos frescos o secos; los dígitos 5-6, 52: indican la subpartida 0802.52, pistachos sin cáscara. En concreto, 0802.5 es la subpartida de los pistachos, 0802.51 corresponde a los pistachos con cáscara y 0802.52 a los pistachos sin cáscara. Por lo tanto, 080252 se refiere precisamente a los pistachos sin cáscara pero sin elaboración ulterior. La mercancía es pistacho sin cáscara, pertenece a la categoría de los frutos secos y no ha sido sometida a tostado, condimentado ni otra elaboración profunda, por lo que cumple la definición de producto agrícola primario del Capítulo 08. Diferencias con los códigos adyacentes: el pistacho con cáscara se clasifica en 080251; el grano de pistacho tostado o condimentado se clasifica en 2008; si se destina a uso oleaginoso, podría clasificarse en 1202. Por lo tanto, el estar sin cáscara y sin elaboración profunda es la clave para clasificarlo en 080252.
Capítulo
El Capítulo 08 comprende frutas y frutos comestibles, cortezas de agrios o de melones, incluidas las frutas y frutos secos frescos o secos, así como las frutas y frutos secos conservados provisionalmente pero impropios para el consumo directo. Este capítulo no incluye semillas oleaginosas (Capítulo 12), sucedáneos del café tostado (Capítulo 21) ni frutos secos elaborados (como los frutos secos confitados del Capítulo 20). La característica principal es que las mercancías son productos agrícolas primarios o simplemente procesados (descascarados, secados, etc.), que conservan aún sus propiedades naturales.
Partida
La partida 0802 comprende los demás frutos secos frescos o secos, incluidas las almendras, avellanas, nueces, castañas, pistachos, nueces de macadamia, etc., con o sin cáscara. No incluye cocos (0801), anacardos (0801), piñones (0802.90) ni los frutos secos oleaginosos del Capítulo 12 (como cacahuetes, semillas de girasol). Los frutos secos de esta partida pueden haber sido descascarados, pelados, secados, etc., pero no pueden someterse a una elaboración ulterior.
Desglose
Los 2 primeros dígitos 08: indican el Capítulo 08, frutas y frutos comestibles; los dígitos 3-4, 02: indican la partida 0802, los demás frutos secos frescos o secos; los dígitos 5-6, 52: indican la subpartida 0802.52, pistachos sin cáscara. En concreto, 0802.5 es la subpartida de los pistachos, 0802.51 corresponde a los pistachos con cáscara y 0802.52 a los pistachos sin cáscara. Por lo tanto, 080252 se refiere precisamente a los pistachos sin cáscara pero sin elaboración ulterior.
Base de clasificación
La mercancía es pistacho sin cáscara, pertenece a la categoría de los frutos secos y no ha sido sometida a tostado, condimentado ni otra elaboración profunda, por lo que cumple la definición de producto agrícola primario del Capítulo 08. Diferencias con los códigos adyacentes: el pistacho con cáscara se clasifica en 080251; el grano de pistacho tostado o condimentado se clasifica en 2008; si se destina a uso oleaginoso, podría clasificarse en 1202. Por lo tanto, el estar sin cáscara y sin elaboración profunda es la clave para clasificarlo en 080252.
📝 Elementos de declaración
Denominación: Nombre específico de la mercancía declarada; debe utilizarse la denominación normalizada en chino, como «pistacho sin cáscara» o «pistacho pelado». Método de elaboración o conservación: Indicar si está sin cáscara, seco, tostado, condimentado, etc., por ejemplo «sin cáscara, seco, sin tostar». Estado: Indicar si tiene cáscara, por ejemplo «sin cáscara». Si tiene cáscara, se clasifica en 080251. ¿Para siembra?: Declarar si se destina a plantación; el uso para siembra y el no destinado a siembra pueden implicar condiciones de control diferentes. Marca: Si tiene marca, debe declararse el nombre de la marca; si no tiene, puede indicarse «ninguna». Especificación: Declarar la especificación del envase, como «25 kg/saco» o «500 g/bolsa». Origen: Declarar el país (región) de origen, como «Estados Unidos», «Irán», etc. Composición y contenido: Si es pistacho puro, puede indicarse «pistacho 100 %»; si es una mezcla de frutos secos, debe indicarse la proporción de cada componente. Denominación: pistacho sin cáscara; Método de elaboración o conservación: sin cáscara, seco, sin tostar; Estado: sin cáscara; ¿Para siembra?: no para siembra; Marca: ninguna; Especificación: 25 kg/saco; Origen: Estados Unidos; Composición y contenido: pistacho 100 %. Declarar erróneamente el pistacho sin cáscara como con cáscara, lo que conlleva el código 080251. No indicar «sin tostar»; si en realidad ha sido tostado, podría clasificarse en 2008. Omitir la declaración de «¿para siembra?», lo que afecta la aprobación fitosanitaria.
Denominación
Nombre específico de la mercancía declarada; debe utilizarse la denominación normalizada en chino, como «pistacho sin cáscara» o «pistacho pelado».
⚠️ Escribirlo erróneamente como «grano de pistacho» o «nuez persa», lo que genera controversia de clasificación.
Método de elaboración o conservación
Indicar si está sin cáscara, seco, tostado, condimentado, etc., por ejemplo «sin cáscara, seco, sin tostar».
⚠️ Omitir «sin tostar» o declarar erróneamente «tostado», lo que conlleva su clasificación en el Capítulo 20.
Estado
Indicar si tiene cáscara, por ejemplo «sin cáscara». Si tiene cáscara, se clasifica en 080251.
⚠️ Declarar erróneamente sin cáscara como con cáscara, o viceversa.
¿Para siembra?
Declarar si se destina a plantación; el uso para siembra y el no destinado a siembra pueden implicar condiciones de control diferentes.
⚠️ No declarar el uso para siembra, lo que provoca incumplimiento de los requisitos fitosanitarios.
Marca
Si tiene marca, debe declararse el nombre de la marca; si no tiene, puede indicarse «ninguna».
⚠️ Confundir la marca con el productor, u omitir la marca.
Especificación
Declarar la especificación del envase, como «25 kg/saco» o «500 g/bolsa».
⚠️ Confundir la especificación con el peso neto, u omitir la unidad.
Origen
Declarar el país (región) de origen, como «Estados Unidos», «Irán», etc.
⚠️ Confundir el origen con el lugar de expedición, u omitirlo.
Composición y contenido
Si es pistacho puro, puede indicarse «pistacho 100 %»; si es una mezcla de frutos secos, debe indicarse la proporción de cada componente.
⚠️ No indicar las proporciones en las mezclas de frutos secos, lo que provoca errores de clasificación.
Ejemplo: Denominación: pistacho sin cáscara; Método de elaboración o conservación: sin cáscara, seco, sin tostar; Estado: sin cáscara; ¿Para siembra?: no para siembra; Marca: ninguna; Especificación: 25 kg/saco; Origen: Estados Unidos; Composición y contenido: pistacho 100 %.
Errores comunes:
Declarar erróneamente el pistacho sin cáscara como con cáscara, lo que conlleva el código 080251.
No indicar «sin tostar»; si en realidad ha sido tostado, podría clasificarse en 2008.
Omitir la declaración de «¿para siembra?», lo que afecta la aprobación fitosanitaria.
🎯 Lógica de clasificación
La base fundamental de clasificación son el Capítulo 08 del Arancel de Aduanas y las notas de subpartida. El pistacho sin cáscara es un fruto seco y solo ha sido sometido a tratamientos simples como descascarado y secado, sin que se hayan modificado sus características esenciales, por lo que se clasifica en 0802.52. Si ha sido tostado, condimentado, confitado u objeto de otra elaboración profunda, se clasifica en el Capítulo 20. Si se destina a la extracción de aceite, se clasifica en el Capítulo 12. Asimismo, debe prestarse atención a la distinción con el pistacho con cáscara (0802.51). 080251 Pistachos con cáscara: El pistacho con cáscara se clasifica en 080251 y el sin cáscara en 080252. La diferencia esencial radica en si se ha eliminado la cáscara. 200819 Los demás frutos secos preparados o conservados: El pistacho tostado, condimentado, confitado u objeto de otra elaboración profunda se clasifica en 200819, mientras que 080252 se limita al simple descascarado y secado. 120230 Pistachos para uso oleaginoso: Si el pistacho se destina a la extracción de aceite, se clasifica en 1202.30, pero normalmente el pistacho no se utiliza como semilla oleaginosa, por lo que este código se usa poco. 080290 Los demás frutos secos frescos o secos: 080290 es una subpartida residual que incluye piñones, nueces de macadamia, etc., pero el pistacho tiene una subpartida específica y no se clasifica en esta. ¿Está sin cáscara? ¿Ha sido tostado o condimentado? ¿Se destina a siembra? ¿Está mezclado con otros frutos secos? ¿Se destina a la extracción de aceite?
Base
La base fundamental de clasificación son el Capítulo 08 del Arancel de Aduanas y las notas de subpartida. El pistacho sin cáscara es un fruto seco y solo ha sido sometido a tratamientos simples como descascarado y secado, sin que se hayan modificado sus características esenciales, por lo que se clasifica en 0802.52. Si ha sido tostado, condimentado, confitado u objeto de otra elaboración profunda, se clasifica en el Capítulo 20. Si se destina a la extracción de aceite, se clasifica en el Capítulo 12. Asimismo, debe prestarse atención a la distinción con el pistacho con cáscara (0802.51).
Códigos confundidos:
080251 - Pistachos con cáscara
El pistacho con cáscara se clasifica en 080251 y el sin cáscara en 080252. La diferencia esencial radica en si se ha eliminado la cáscara.
200819 - Los demás frutos secos preparados o conservados
El pistacho tostado, condimentado, confitado u objeto de otra elaboración profunda se clasifica en 200819, mientras que 080252 se limita al simple descascarado y secado.
120230 - Pistachos para uso oleaginoso
Si el pistacho se destina a la extracción de aceite, se clasifica en 1202.30, pero normalmente el pistacho no se utiliza como semilla oleaginosa, por lo que este código se usa poco.
080290 - Los demás frutos secos frescos o secos
080290 es una subpartida residual que incluye piñones, nueces de macadamia, etc., pero el pistacho tiene una subpartida específica y no se clasifica en esta.
Autoverificación:
✓ ¿Está sin cáscara?
✓ ¿Ha sido tostado o condimentado?
✓ ¿Se destina a siembra?
✓ ¿Está mezclado con otros frutos secos?
✓ ¿Se destina a la extracción de aceite?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el código HS del pistacho sin cáscara y el del pistacho con cáscara? El pistacho con cáscara se clasifica en 080251 y el pistacho sin cáscara en 080252. Ambos pertenecen a la partida 0802, pero a subpartidas diferentes. Al declarar debe describirse con precisión si tiene cáscara; de lo contrario, pueden producirse errores de clasificación y retrasos en el despacho. Si el pistacho ha sido tostado, ¿en qué código debe clasificarse? El pistacho tostado ha superado el ámbito del procesamiento simple del Capítulo 08 y debe clasificarse en el Capítulo 20, concretamente en 200819 (los demás frutos secos preparados o conservados). Si después del tostado se condimenta, sigue clasificándose en 200819. Al declarar debe indicarse el proceso de tostado. ¿Qué elementos deben declararse en la importación de pistacho sin cáscara? Deben declararse la denominación, el método de elaboración o conservación, el estado (sin cáscara), si es para siembra, la marca, la especificación, el origen y la composición y contenido, entre otros. El método de elaboración o conservación es de suma importancia, pues debe precisarse si ha sido tostado, condimentado, etc. ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación del pistacho sin cáscara? El tipo arancelario varía según el país, los acuerdos comerciales y los ajustes anuales. Se recomienda consultar el tipo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, la Ventanilla Única de Comercio Internacional de China o herramientas profesionales de consulta arancelaria, introduciendo el código HS 080252 y el país de origen. ¿Que el pistacho sin cáscara se clasifique en 080252 significa que puede quedar exento de aranceles? No necesariamente. El arancel depende del país de origen, los acuerdos comerciales y el tipo concreto. 080252 solo determina la clasificación; la exención o no debe verificarse en los acuerdos de libre comercio pertinentes (como China-ASEAN, RCEP, etc.) y en las tablas arancelarias publicadas por la aduana. ¿Cómo se clasifica el pistacho sin cáscara dentro de una mezcla de frutos secos? Si el pistacho es el componente principal de la mezcla y los demás frutos secos son solo auxiliares, normalmente se clasifica según el pistacho; si se trata de una mezcla homogénea, podría clasificarse según los demás frutos secos. Se recomienda determinarlo con base en las proporciones de los componentes y las reglas de clasificación aduanera. ¿El pistacho sin cáscara y el grano de pistacho tienen el mismo código? Sí, el pistacho sin cáscara es el grano de pistacho y ambos se clasifican en 080252. No obstante, si el grano de pistacho ha sido objeto de elaboración adicional (como triturado o molienda), podría clasificarse en el Capítulo 11 o en el Capítulo 20. ¿Qué trámites de inspección y cuarentena deben realizarse para importar pistacho sin cáscara? Debe tramitarse la licencia de cuarentena de animales y plantas para la entrada, y cumplir con las normas nacionales de seguridad alimentaria de China. En el momento de la importación deben presentarse el certificado fitosanitario oficial del país exportador, el certificado de origen, etc. El procedimiento concreto puede consultarse con la aduana local.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre el código HS del pistacho sin cáscara y el del pistacho con cáscara?
A: El pistacho con cáscara se clasifica en 080251 y el pistacho sin cáscara en 080252. Ambos pertenecen a la partida 0802, pero a subpartidas diferentes. Al declarar debe describirse con precisión si tiene cáscara; de lo contrario, pueden producirse errores de clasificación y retrasos en el despacho.
Q: Si el pistacho ha sido tostado, ¿en qué código debe clasificarse?
A: El pistacho tostado ha superado el ámbito del procesamiento simple del Capítulo 08 y debe clasificarse en el Capítulo 20, concretamente en 200819 (los demás frutos secos preparados o conservados). Si después del tostado se condimenta, sigue clasificándose en 200819. Al declarar debe indicarse el proceso de tostado.
Q: ¿Qué elementos deben declararse en la importación de pistacho sin cáscara?
A: Deben declararse la denominación, el método de elaboración o conservación, el estado (sin cáscara), si es para siembra, la marca, la especificación, el origen y la composición y contenido, entre otros. El método de elaboración o conservación es de suma importancia, pues debe precisarse si ha sido tostado, condimentado, etc.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación del pistacho sin cáscara?
A: El tipo arancelario varía según el país, los acuerdos comerciales y los ajustes anuales. Se recomienda consultar el tipo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, la Ventanilla Única de Comercio Internacional de China o herramientas profesionales de consulta arancelaria, introduciendo el código HS 080252 y el país de origen.
Q: ¿Que el pistacho sin cáscara se clasifique en 080252 significa que puede quedar exento de aranceles?
A: No necesariamente. El arancel depende del país de origen, los acuerdos comerciales y el tipo concreto. 080252 solo determina la clasificación; la exención o no debe verificarse en los acuerdos de libre comercio pertinentes (como China-ASEAN, RCEP, etc.) y en las tablas arancelarias publicadas por la aduana.
Q: ¿Cómo se clasifica el pistacho sin cáscara dentro de una mezcla de frutos secos?
A: Si el pistacho es el componente principal de la mezcla y los demás frutos secos son solo auxiliares, normalmente se clasifica según el pistacho; si se trata de una mezcla homogénea, podría clasificarse según los demás frutos secos. Se recomienda determinarlo con base en las proporciones de los componentes y las reglas de clasificación aduanera.
Q: ¿El pistacho sin cáscara y el grano de pistacho tienen el mismo código?
A: Sí, el pistacho sin cáscara es el grano de pistacho y ambos se clasifican en 080252. No obstante, si el grano de pistacho ha sido objeto de elaboración adicional (como triturado o molienda), podría clasificarse en el Capítulo 11 o en el Capítulo 20.
Q: ¿Qué trámites de inspección y cuarentena deben realizarse para importar pistacho sin cáscara?
A: Debe tramitarse la licencia de cuarentena de animales y plantas para la entrada, y cumplir con las normas nacionales de seguridad alimentaria de China. En el momento de la importación deben presentarse el certificado fitosanitario oficial del país exportador, el certificado de origen, etc. El procedimiento concreto puede consultarse con la aduana local.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.