Código HS: 070320
Ajo fresco
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 07 abarca hortalizas, raíces y tubérculos comestibles, incluidos los productos frescos, refrigerados, congelados, secos o conservados provisionalmente, pero excluye determinadas hortalizas como las semillas oleaginosas (Capítulo 12) o los productos manufacturados (Capítulo 20). Este capítulo hace hincapié en la forma primaria de las hortalizas; el ajo fresco, como hortaliza de bulbo sin transformar, está comprendido en este capítulo.
Partida
La partida 0703 comprende las cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados. Esta partida se centra en el estado fresco o refrigerado de los cultivos del género Allium; el ajo fresco (Allium sativum) es un representante típico y se clasifica aquí siempre que no haya sido sometido a una elaboración ulterior, independientemente de que esté pelado o dividido en dientes.
Desglose
Los dos primeros dígitos, 07, representan el Capítulo 7 (hortalizas comestibles); los dígitos 3.º y 4.º, 03, representan la partida 0703 (hortalizas aliáceas); los dígitos 5.º y 6.º, 20, representan la subpartida 0703.20 (ajos frescos o refrigerados). El código 070320 corresponde, pues, a los ajos frescos o refrigerados, en el que el 20 se establece específicamente para los ajos, a diferencia de las cebollas (070310) y los puerros, etc. (070390).
Base de clasificación
El ajo fresco se clasifica en 070320 por ser una hortaliza aliácea, no haber sido sometido a cocción, congelación, conservación en vinagre ni otro tratamiento de conservación, y destinarse principalmente al consumo alimentario. Si se refrigera, sigue clasificándose aquí, pero si se congela se clasifica en 0710, si se seca en 0712 y si se conserva en vinagre en 2001; por tanto, debe distinguirse con precisión según el estado de elaboración.

📝 Elementos de declaración

Nombre de la mercancía
Nombre específico de la mercancía declarada; debe utilizarse la denominación normalizada en chino o inglés, por ejemplo «鲜大蒜» o «Fresh garlic».
⚠️ Escribir erróneamente «蒜头» o «大蒜头», lo que provoca confusión con el ajo seco.
Estado
Indíquese fresco o refrigerado, así como si está pelado, dividido en dientes, troceado, etc., por ejemplo «鲜,未去皮,整头».
⚠️ No indicar «鲜» o «冷藏», lo que puede dar lugar a una clasificación errónea como congelado o seco.
Grado
Cumpliméntese según la norma sectorial o los requisitos del contrato, por ejemplo «一级», «特级», etc.; si no existe norma, puede indicarse «无».
⚠️ Indicar el grado de forma arbitraria, sin ajustarse a la realidad, lo que suscita dudas en la inspección.
Especificaciones
Descríbase el peso por cabeza, el diámetro transversal, etc., por ejemplo «横径5-6cm,单头重50-60g».
⚠️ Especificaciones vagas, como «大», «小», sin datos cuantificados.
Origen
Indíquese el país o la región de cultivo del ajo, por ejemplo «中国山东».
⚠️ Indicar solo «中国», sin detallar la provincia o ciudad, lo que afecta a la determinación del origen.
Modo de embalaje
Especifíquense el material y la forma del embalaje, por ejemplo «纸箱装,10kg/箱» o «网袋装».
⚠️ Omitir los detalles del embalaje, lo que da lugar a una discordancia con el embalaje de transporte.
Marca
Si existe marca registrada o marca comercial, debe declararse, por ejemplo «XX牌»; si no hay marca, indíquese «无».
⚠️ Omitir la marca, lo que implica problemas de propiedad intelectual.
Uso
Indíquese si es para consumo alimentario o para transformación, por ejemplo «食用» o «用于加工蒜粉».
⚠️ Uso ambiguo, que puede afectar a las condiciones de control.
Ejemplo:
Ejemplo de declaración en el formulario aduanero: Nombre de la mercancía: ajo fresco; Estado: fresco, sin pelar, cabeza entera; Grado: primera; Especificaciones: diámetro transversal 5-6 cm, peso por cabeza 50-60 g; Origen: condado de Jinxiang, provincia de Shandong, China; Modo de embalaje: en cajas de cartón, 10 kg/caja; Marca: ninguna; Uso: alimentario. Código SA: 070320.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
El criterio central de clasificación es el estado real de la mercancía: fresco o refrigerado, sin transformar, hortaliza aliácea. El ajo fresco presenta un bulbo completo y no ha sido sometido a cocción, congelación, desecación, conservación en vinagre ni ningún otro tratamiento de conservación, por lo que se clasifica en 070320. Si se pela o trocea pero sigue fresco, se clasifica igualmente aquí; si se congela, se clasifica en 0710; si se seca, en 0712; y si se conserva en vinagre, en 2001.
Códigos confundidos:
070310 - Cebollas y chalotes, frescos o refrigerados
La cebolla (Allium cepa) y el ajo (Allium sativum) son botánicamente distintos; el bulbo de la cebolla es esférico y el ajo está formado por dientes, y la partida y la subpartida los distinguen claramente.
071080 - Ajos congelados
El ajo congelado ha sido sometido a congelación, lo que altera su frescura, y se clasifica en 0710, mientras que el ajo fresco o refrigerado se clasifica en 070320.
071290 - Ajos secos
El ajo seco ha sido deshidratado o secado al sol y ha perdido su estado fresco, por lo que se clasifica en 0712, mientras que el ajo fresco se clasifica en 070320.
200190 - Ajos conservados en vinagre
El ajo conservado en vinagre ha sido conservado con ácido acético y pertenece a los productos del Capítulo 20; el ajo fresco no ha recibido este tratamiento.
070390 - Puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados
Los puerros y otras hortalizas aliáceas tienen forma y uso diferentes; el ajo posee una estructura única de dientes, y la subpartida los distingue claramente.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿El código SA del ajo fresco y el del ajo refrigerado son iguales?
A: Sí, tanto el ajo fresco como el refrigerado se clasifican en 070320, porque la partida comprende «frescos o refrigerados». No obstante, si se congelan se clasifican en 071080 y si se secan en 071290. Al declarar debe indicarse el estado.
Q: ¿En qué código debe clasificarse el ajo pelado?
A: El ajo pelado, si mantiene el estado fresco y no ha sido sometido a otro tratamiento de conservación, sigue clasificándose en 070320. Pero si tras el pelado se somete a fumigación con azufre o se conserva en vinagre, puede clasificarse en 2001 o 2005. Debe determinarse según el método real de elaboración.
Q: ¿Cómo consultar la devolución de impuestos a la exportación del ajo fresco?
A: El tipo de devolución de impuestos a la exportación debe consultarse según los últimos anuncios de la Administración Estatal de Impuestos y, por lo general, se obtiene a través del arancel aduanero o del sistema de puerto electrónico. Se recomienda consultar a la aduana local o utilizar bases de datos oficiales, ya que el tipo varía con los ajustes de política.
Q: ¿Qué documentos de control se requieren para importar ajo fresco?
A: Para importar ajo fresco suelen exigirse certificado fitosanitario, certificado de origen, factura, lista de bultos, etc. Algunos países pueden exigir certificado de fumigación. Las condiciones concretas de control pueden consultarse en el «Arancel de Importación y Exportación» de la Administración General de Aduanas o preguntarse a un agente de aduanas.
Q: ¿Cómo rellenar las «especificaciones» entre los elementos de declaración del ajo fresco?
A: Las especificaciones deben cuantificarse, por ejemplo diámetro transversal, peso por cabeza, cantidad por caja, etc. Por ejemplo, «diámetro transversal 5-6 cm, peso por cabeza 50-60 g, 10 kg/caja». Evítense descripciones vagas como «grande» o «pequeño», a fin de garantizar una clasificación precisa.
Q: Si el ajo fresco se utiliza para elaborar polvo de ajo, ¿la clasificación es diferente?
A: Si el ajo fresco se utiliza directamente para elaborar polvo de ajo, se declara todavía en estado fresco y se clasifica en 070320. Pero si ya se ha transformado en polvo de ajo, se clasifica en 1106 o 0712. Lo decisivo es el estado en el momento de la importación.
Q: ¿Cómo se aplica el código SA del ajo fresco en el comercio electrónico transfronterizo?
A: En la exportación al por menor de ajo fresco mediante comercio electrónico transfronterizo, debe declararse con el código 070320 y cumplir los requisitos de control de efectos personales o de mercancías. Deben tenerse en cuenta las normas de acceso del país de destino, como cuarentena, etiquetado, etc. Se recomienda utilizar canales aduaneros formales.
Q: ¿Cuál es la diferencia de código entre el ajo fresco y el ajo seco?
A: El ajo fresco se clasifica en 070320 y el ajo seco en 071290. La diferencia radica en el contenido de humedad y el método de elaboración: el ajo fresco no está deshidratado y el ajo seco se ha secado al sol o artificialmente. Al declarar debe precisarse el estado para evitar errores de clasificación.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.