El Capítulo 03 abarca pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, incluidos los vivos, frescos o refrigerados, congelados, secos, salados o ahumados, entre otras formas de conservación. Este capítulo no incluye alimentos ya elaborados (como conservas, albóndigas de pescado, etc., que se clasifican en el Capítulo 16), ni pescados vivos distintos de los ornamentales (por ejemplo, el atún vivo se clasifica en 0302). La clave es que la mercancía conserve la forma básica del animal acuático, sin haber sido sometida a un procesamiento profundo que altere sus características esenciales. La partida 0303 se refiere específicamente a los pescados congelados, es decir, pescados sometidos a congelación para su conservación a largo plazo, ya sea enteros, descabezados, eviscerados, en filetes, etc., pero que deben mantener la forma básica del pescado. Esta partida abarca diversas especies, como atún, salmón, bacalao, etc. Nota: congelado significa que la temperatura se reduce por debajo del punto de congelación para que el pescado se congele, a diferencia de fresco o refrigerado (0302) y seco, salado o ahumado (0305). El código 030349 consta de 6 dígitos: los primeros 2 dígitos “03” representan el Capítulo 03 (pescados y invertebrados acuáticos); los dígitos 3-4 “03” representan la partida 0303 (pescados congelados); los dígitos 5-6 “49” representan la subpartida 030349, que se refiere específicamente a “los demás atunes congelados”. Dentro de la partida 0303, el género Thunnus se subdivide en varias subpartidas: 030341 (atunes albacoras o de aleta larga congelados), 030342 (atunes de aleta amarilla congelados), 030343 (listados congelados), 030344 (atunes de ojo grande congelados), 030345 (atunes azules congelados), 030346 (atunes azules del sur congelados), 030349 (los demás atunes congelados). Por lo tanto, 030349 abarca otras especies de atún no enumeradas. La mercancía es atún congelado, pero no corresponde a las especies específicamente enumeradas como albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul o azul del sur, por lo que se clasifica en 030349 “los demás”. Si fuera atún fresco o refrigerado se clasificaría en 0302; si estuviera ahumado, seco o salado se clasificaría en 0305; si se elaborara en conserva o productos de pasta de pescado se clasificaría en el Capítulo 16. La correcta clasificación requiere confirmar la especie, el método de conservación y el grado de elaboración.
Capítulo
El Capítulo 03 abarca pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, incluidos los vivos, frescos o refrigerados, congelados, secos, salados o ahumados, entre otras formas de conservación. Este capítulo no incluye alimentos ya elaborados (como conservas, albóndigas de pescado, etc., que se clasifican en el Capítulo 16), ni pescados vivos distintos de los ornamentales (por ejemplo, el atún vivo se clasifica en 0302). La clave es que la mercancía conserve la forma básica del animal acuático, sin haber sido sometida a un procesamiento profundo que altere sus características esenciales.
Partida
La partida 0303 se refiere específicamente a los pescados congelados, es decir, pescados sometidos a congelación para su conservación a largo plazo, ya sea enteros, descabezados, eviscerados, en filetes, etc., pero que deben mantener la forma básica del pescado. Esta partida abarca diversas especies, como atún, salmón, bacalao, etc. Nota: congelado significa que la temperatura se reduce por debajo del punto de congelación para que el pescado se congele, a diferencia de fresco o refrigerado (0302) y seco, salado o ahumado (0305).
Desglose
El código 030349 consta de 6 dígitos: los primeros 2 dígitos “03” representan el Capítulo 03 (pescados y invertebrados acuáticos); los dígitos 3-4 “03” representan la partida 0303 (pescados congelados); los dígitos 5-6 “49” representan la subpartida 030349, que se refiere específicamente a “los demás atunes congelados”. Dentro de la partida 0303, el género Thunnus se subdivide en varias subpartidas: 030341 (atunes albacoras o de aleta larga congelados), 030342 (atunes de aleta amarilla congelados), 030343 (listados congelados), 030344 (atunes de ojo grande congelados), 030345 (atunes azules congelados), 030346 (atunes azules del sur congelados), 030349 (los demás atunes congelados). Por lo tanto, 030349 abarca otras especies de atún no enumeradas.
Base de clasificación
La mercancía es atún congelado, pero no corresponde a las especies específicamente enumeradas como albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul o azul del sur, por lo que se clasifica en 030349 “los demás”. Si fuera atún fresco o refrigerado se clasificaría en 0302; si estuviera ahumado, seco o salado se clasificaría en 0305; si se elaborara en conserva o productos de pasta de pescado se clasificaría en el Capítulo 16. La correcta clasificación requiere confirmar la especie, el método de conservación y el grado de elaboración.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Indicar el nombre específico de la especie de atún en chino y su nombre científico en latín, por ejemplo “Los demás atunes congelados (nombre latino: Thunnus spp.)”, evitando la denominación genérica “pescado congelado”. Método de conservación: Especificar “congelado”, indicando la temperatura de congelación y el estado, por ejemplo “conservado congelado a -18 °C o menos”. Estado de elaboración: Indicar si está descabezado, eviscerado, deshuesado, en filetes, etc., por ejemplo “descabezado y eviscerado, congelado entero”. Nombre científico en latín: Proporcionar el nombre científico en latín del atún, como Thunnus albacares (atún de aleta amarilla), para distinguir con precisión la especie. Especificaciones: Indicar el peso o rango de tamaño por unidad, por ejemplo “5-10 kg por pieza”, lo que facilita la inspección aduanera. Forma de embalaje: Indicar el embalaje interior y exterior, por ejemplo “bolsa de plástico en el interior, caja de cartón en el exterior, 20 kg por caja”. Origen: Indicar el país/región de captura o cultivo, por ejemplo “originario de España”. Marca: Si tiene marca, indicar el nombre de la marca; si no tiene, escribir “ninguna”. Nombre de la mercancía: Los demás atunes congelados (nombre científico en latín: Thunnus thynnus)
Método de conservación: Congelado, a -18 °C o menos
Estado de elaboración: Descabezado y eviscerado, congelado entero
Especificaciones: 8-12 kg por pieza
Forma de embalaje: Bolsa de plástico en el interior, caja de cartón en el exterior, 20 kg por caja
Origen: España
Marca: Ninguna
Observaciones: No es albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul ni azul del sur Clasificar erróneamente el atún congelado en 0302 (fresco o refrigerado) por no especificar que el método de conservación es la congelación. Confundir el atún con el listado; el listado se clasifica en 030343 y debe distinguirse mediante el nombre científico en latín. Si el atún ha sido sometido a ahumado, debe clasificarse en 0305, no en 0303.
Nombre de la mercancía
Indicar el nombre específico de la especie de atún en chino y su nombre científico en latín, por ejemplo “Los demás atunes congelados (nombre latino: Thunnus spp.)”, evitando la denominación genérica “pescado congelado”.
⚠️ Escribir solo “atún congelado” sin indicar la especie específica, lo que impide determinar si corresponde a 030349.
Método de conservación
Especificar “congelado”, indicando la temperatura de congelación y el estado, por ejemplo “conservado congelado a -18 °C o menos”.
⚠️ Indicar erróneamente “fresco refrigerado” o “refrigerado”, lo que lleva a una clasificación incorrecta en 0302.
Estado de elaboración
Indicar si está descabezado, eviscerado, deshuesado, en filetes, etc., por ejemplo “descabezado y eviscerado, congelado entero”.
⚠️ No indicar el estado de elaboración, lo que puede llevar a confundirlo con un producto profundamente elaborado y clasificarlo en el Capítulo 16.
Nombre científico en latín
Proporcionar el nombre científico en latín del atún, como Thunnus albacares (atún de aleta amarilla), para distinguir con precisión la especie.
⚠️ Errores ortográficos o uso de nombres comunes, lo que impide corresponderlo a una subpartida específica.
Especificaciones
Indicar el peso o rango de tamaño por unidad, por ejemplo “5-10 kg por pieza”, lo que facilita la inspección aduanera.
⚠️ Descripción vaga de las especificaciones, como “mezcla de tamaños grande, mediano y pequeño”, lo que puede afectar la clasificación.
Forma de embalaje
Indicar el embalaje interior y exterior, por ejemplo “bolsa de plástico en el interior, caja de cartón en el exterior, 20 kg por caja”.
⚠️ No indicar el embalaje, lo que puede afectar los requisitos de inspección y cuarentena.
Origen
Indicar el país/región de captura o cultivo, por ejemplo “originario de España”.
⚠️ Escribir genéricamente “UE”, debiendo especificar el país.
Marca
Si tiene marca, indicar el nombre de la marca; si no tiene, escribir “ninguna”.
⚠️ La marca no coincide con la mercancía real, lo que genera problemas de propiedad intelectual.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: Los demás atunes congelados (nombre científico en latín: Thunnus thynnus)
Método de conservación: Congelado, a -18 °C o menos
Estado de elaboración: Descabezado y eviscerado, congelado entero
Especificaciones: 8-12 kg por pieza
Forma de embalaje: Bolsa de plástico en el interior, caja de cartón en el exterior, 20 kg por caja
Origen: España
Marca: Ninguna
Observaciones: No es albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul ni azul del sur
Errores comunes:
Clasificar erróneamente el atún congelado en 0302 (fresco o refrigerado) por no especificar que el método de conservación es la congelación.
Confundir el atún con el listado; el listado se clasifica en 030343 y debe distinguirse mediante el nombre científico en latín.
Si el atún ha sido sometido a ahumado, debe clasificarse en 0305, no en 0303.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación es: 1) la mercancía es un pescado del género Thunnus; 2) el método de conservación es la congelación (temperatura inferior al punto de congelación); 3) no ha sido sometido a ahumado, secado, salado u otro procesamiento; 4) no corresponde a las subpartidas específicamente enumeradas de albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul o azul del sur. Asimismo, debe consultarse el Arancel de Importación y Exportación y las decisiones de clasificación aduanera para asegurar que la especie y el estado de elaboración cumplan con la descripción de 030349. 030341 Atunes albacoras o de aleta larga congelados: 030341 se refiere específicamente al atún albacora o de aleta larga (Thunnus alalunga), mientras que 030349 corresponde a otras especies. Si no se puede determinar la especie, debe distinguirse mediante el nombre científico en latín. 030342 Atunes de aleta amarilla congelados: 030342 se refiere específicamente al atún de aleta amarilla (Thunnus albacares); 030349 no incluye esta especie. Al declarar debe proporcionarse el nombre científico exacto. 030343 Listados congelados: El listado (Katsuwonus pelamis), aunque a menudo se confunde con el atún, se clasifica en 030343, diferente de 030349. Debe prestarse atención a las diferencias taxonómicas. 030344 Atunes de ojo grande congelados: El atún de ojo grande (Thunnus obesus) se clasifica en 030344; 030349 solo abarca atunes no enumerados. Una declaración errónea puede causar una clasificación incorrecta. 030345 Atunes azules congelados: El atún azul (Thunnus thynnus) se clasifica en 030345, con diferencias evidentes respecto de 030349. Debe verificarse el nombre científico en latín para evitar confusiones. Confirmar que la mercancía es del género Thunnus y no es albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul ni azul del sur. Confirmar que el método de conservación es la congelación, no fresco o refrigerado, seco, ahumado ni salado. Confirmar que no ha sido sometido a procesamiento profundo, como elaboración en conserva, albóndigas de pescado, etc. Verificar el nombre científico en latín para asegurar que coincide con el nombre declarado de la mercancía. Comprobar que el embalaje y las etiquetas cumplen los requisitos para productos acuáticos congelados.
Base
La base central de clasificación es: 1) la mercancía es un pescado del género Thunnus; 2) el método de conservación es la congelación (temperatura inferior al punto de congelación); 3) no ha sido sometido a ahumado, secado, salado u otro procesamiento; 4) no corresponde a las subpartidas específicamente enumeradas de albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul o azul del sur. Asimismo, debe consultarse el Arancel de Importación y Exportación y las decisiones de clasificación aduanera para asegurar que la especie y el estado de elaboración cumplan con la descripción de 030349.
Códigos confundidos:
030341 - Atunes albacoras o de aleta larga congelados
030341 se refiere específicamente al atún albacora o de aleta larga (Thunnus alalunga), mientras que 030349 corresponde a otras especies. Si no se puede determinar la especie, debe distinguirse mediante el nombre científico en latín.
030342 - Atunes de aleta amarilla congelados
030342 se refiere específicamente al atún de aleta amarilla (Thunnus albacares); 030349 no incluye esta especie. Al declarar debe proporcionarse el nombre científico exacto.
030343 - Listados congelados
El listado (Katsuwonus pelamis), aunque a menudo se confunde con el atún, se clasifica en 030343, diferente de 030349. Debe prestarse atención a las diferencias taxonómicas.
030344 - Atunes de ojo grande congelados
El atún de ojo grande (Thunnus obesus) se clasifica en 030344; 030349 solo abarca atunes no enumerados. Una declaración errónea puede causar una clasificación incorrecta.
030345 - Atunes azules congelados
El atún azul (Thunnus thynnus) se clasifica en 030345, con diferencias evidentes respecto de 030349. Debe verificarse el nombre científico en latín para evitar confusiones.
Autoverificación:
✓ Confirmar que la mercancía es del género Thunnus y no es albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul ni azul del sur.
✓ Confirmar que el método de conservación es la congelación, no fresco o refrigerado, seco, ahumado ni salado.
✓ Confirmar que no ha sido sometido a procesamiento profundo, como elaboración en conserva, albóndigas de pescado, etc.
✓ Verificar el nombre científico en latín para asegurar que coincide con el nombre declarado de la mercancía.
✓ Comprobar que el embalaje y las etiquetas cumplen los requisitos para productos acuáticos congelados.
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo determinar si el atún congelado se clasifica en 030349? Primero confirmar que es del género Thunnus y que el método de conservación es la congelación. Luego excluir las especies específicamente enumeradas como albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul y azul del sur; los demás atunes restantes se clasifican en 030349. Se recomienda proporcionar el nombre científico en latín y el estado de elaboración para una clasificación precisa. ¿Cuál es la diferencia principal entre 030349 y 0302 (atún fresco o refrigerado)? La diferencia clave es el método de conservación: 0302 es fresco o refrigerado, con temperatura cercana a 0 °C; 030349 es congelado, con temperatura generalmente inferior a -18 °C. Si el atún solo está refrigerado sin congelar, debe clasificarse en 0302. Al declarar debe indicarse la temperatura de conservación. Si el atún congelado ha sido ahumado, ¿en qué código debe clasificarse? El atún ahumado, incluso si está congelado, se clasifica en 0305 (pescados secos, salados o ahumados) por haber sido sometido a ahumado. 030349 solo abarca atunes congelados no ahumados. Nota: si después del ahumado se elabora en conserva, se clasifica en el Capítulo 16. Al declarar 030349, ¿es obligatorio proporcionar el nombre científico en latín? Sí, el nombre científico en latín es clave para distinguir las especies de atún. La aduana puede exigir el nombre científico para confirmar si corresponde a 030349. Si no se puede proporcionar, puede generar controversias de clasificación o demoras. Se recomienda completar el nombre científico completo en el campo de observaciones de la declaración. ¿El descabezado y eviscerado del atún congelado afecta la clasificación? El descabezado y eviscerado es un procesamiento primario que no altera la esencia de la mercancía, por lo que sigue clasificándose en 0303. Sin embargo, si se corta en filetes o se preparan filetes de pescado, si no se alteran las características básicas, aún podría clasificarse en 0303; si se elaboran albóndigas de pescado, pasta de pescado, etc., se clasifica en el Capítulo 16. ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de 030349? Los tipos arancelarios cambian; se recomienda consultar el tipo más reciente en el sitio web de la Administración General de Aduanas, en la “Ventana Única” del comercio internacional de China o en el Arancel de Importación y Exportación. También puede consultar a un agente de aduanas profesional. Nota: diferentes orígenes pueden aplicar tipos preferenciales; se requiere certificado de origen. ¿Qué certificados de inspección y cuarentena se requieren para importar atún de la subpartida 030349? Generalmente se requiere certificado sanitario oficial del país exportador, certificado de origen, licencia de cuarentena de animales y plantas de entrada (si aplica), certificado de captura, etc. Los requisitos específicos se rigen por las últimas exigencias aduaneras. Se recomienda confirmar con el agente de aduanas con antelación para evitar omisiones. ¿Qué consecuencias tiene declarar erróneamente 030349 como 030342? Puede causar una clasificación incorrecta, afectando la recaudación de impuestos y las estadísticas. Si la aduana lo detecta, puede exigir la modificación de la declaración, el pago de impuestos adicionales e incluso sanciones. Se recomienda declarar con veracidad y, si es necesario, solicitar una clasificación anticipada.
Q: ¿Cómo determinar si el atún congelado se clasifica en 030349?
A: Primero confirmar que es del género Thunnus y que el método de conservación es la congelación. Luego excluir las especies específicamente enumeradas como albacora o de aleta larga, aleta amarilla, listado, ojo grande, azul y azul del sur; los demás atunes restantes se clasifican en 030349. Se recomienda proporcionar el nombre científico en latín y el estado de elaboración para una clasificación precisa.
Q: ¿Cuál es la diferencia principal entre 030349 y 0302 (atún fresco o refrigerado)?
A: La diferencia clave es el método de conservación: 0302 es fresco o refrigerado, con temperatura cercana a 0 °C; 030349 es congelado, con temperatura generalmente inferior a -18 °C. Si el atún solo está refrigerado sin congelar, debe clasificarse en 0302. Al declarar debe indicarse la temperatura de conservación.
Q: Si el atún congelado ha sido ahumado, ¿en qué código debe clasificarse?
A: El atún ahumado, incluso si está congelado, se clasifica en 0305 (pescados secos, salados o ahumados) por haber sido sometido a ahumado. 030349 solo abarca atunes congelados no ahumados. Nota: si después del ahumado se elabora en conserva, se clasifica en el Capítulo 16.
Q: Al declarar 030349, ¿es obligatorio proporcionar el nombre científico en latín?
A: Sí, el nombre científico en latín es clave para distinguir las especies de atún. La aduana puede exigir el nombre científico para confirmar si corresponde a 030349. Si no se puede proporcionar, puede generar controversias de clasificación o demoras. Se recomienda completar el nombre científico completo en el campo de observaciones de la declaración.
Q: ¿El descabezado y eviscerado del atún congelado afecta la clasificación?
A: El descabezado y eviscerado es un procesamiento primario que no altera la esencia de la mercancía, por lo que sigue clasificándose en 0303. Sin embargo, si se corta en filetes o se preparan filetes de pescado, si no se alteran las características básicas, aún podría clasificarse en 0303; si se elaboran albóndigas de pescado, pasta de pescado, etc., se clasifica en el Capítulo 16.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de 030349?
A: Los tipos arancelarios cambian; se recomienda consultar el tipo más reciente en el sitio web de la Administración General de Aduanas, en la “Ventana Única” del comercio internacional de China o en el Arancel de Importación y Exportación. También puede consultar a un agente de aduanas profesional. Nota: diferentes orígenes pueden aplicar tipos preferenciales; se requiere certificado de origen.
Q: ¿Qué certificados de inspección y cuarentena se requieren para importar atún de la subpartida 030349?
A: Generalmente se requiere certificado sanitario oficial del país exportador, certificado de origen, licencia de cuarentena de animales y plantas de entrada (si aplica), certificado de captura, etc. Los requisitos específicos se rigen por las últimas exigencias aduaneras. Se recomienda confirmar con el agente de aduanas con antelación para evitar omisiones.
Q: ¿Qué consecuencias tiene declarar erróneamente 030349 como 030342?
A: Puede causar una clasificación incorrecta, afectando la recaudación de impuestos y las estadísticas. Si la aduana lo detecta, puede exigir la modificación de la declaración, el pago de impuestos adicionales e incluso sanciones. Se recomienda declarar con veracidad y, si es necesario, solicitar una clasificación anticipada.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.