Código HS: 030344
Atún ojo grande congelado
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 03 abarca pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, incluidos los productos vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados y ahumados, pero excluye los alimentos condimentados o en conserva (que se clasifican en el Capítulo 16). Este capítulo es la clasificación central del comercio internacional de productos acuáticos e involucra toda la cadena de captura, acuicultura y procesamiento.
Partida
La partida 0303 se refiere exclusivamente a pescados congelados (excepto filetes y demás carne de pescado), es decir, pescados enteros o simplemente procesados como descabezados o eviscerados. Esta partida se subdivide por especie e incluye principales peces comerciales como atunes, salmones y bacalaos, pero excluye filetes de pescado congelados (0304) y carne de pescado congelada (0304).
Desglose
El código 030344 es una subpartida de seis dígitos: los primeros 2 dígitos “03” representan el Capítulo 03 (pescados y invertebrados acuáticos); los dígitos 3-4 “03” representan la partida 0303 (pescados congelados, excepto filetes); los dígitos 5-6 “44” representan la subpartida 030344, que se refiere específicamente al atún ojón congelado (Bigeye tuna, Thunnus obesus). El “44” es el código único asignado por el sistema SA a una especie específica del género Thunnus, distinto de otros atunes (como 030341 atún de aleta amarilla, 030342 listado, etc.).
Base de clasificación
El producto es atún ojón congelado, nombre científico Thunnus obesus, cumple con la definición de la partida 0303 “pescados congelados” y la subpartida 030344 enumera explícitamente el atún ojón. No se clasifica en 0304 (filetes de pescado congelados) porque el producto está entero o simplemente procesado; no se clasifica en 0302 (pescados frescos o refrigerados) porque su estado es congelado; no se clasifica en 0305 (secos, salados o ahumados) porque el método de procesamiento no corresponde.

📝 Elementos de declaración

Nombre del producto
Nombre en chino y en idioma extranjero del producto declarado; debe utilizarse el nombre científico normalizado o el nombre común, como “atún ojón congelado” o “Frozen bigeye tuna”.
⚠️ Escribir solo “atún” sin especificar la variedad ojón, o escribir erróneamente “tuna” causando ambigüedad de clasificación.
Nombre científico latino
Completar el nombre científico latino de la especie; el atún ojón es Thunnus obesus, utilizado para la verificación de especies por la aduana y la gestión de especies en peligro.
⚠️ Errores de ortografía como escribir Thunnus obesus como Thunnus obessus, u omitir el nombre del género.
Método de elaboración o conservación
Indicar el método de congelación, como “congelado entero”, “congelado descabezado y eviscerado”, “congelado en bloques”, etc., debe ser coherente con los requisitos de la partida 0303.
⚠️ Indicar “fresco o refrigerado” o “seco” causando error de clasificación, u omitir si está eviscerado.
Estado
Especificar que está congelado; puede añadirse la temperatura central (por ejemplo, inferior a -18 °C) para distinguirlo de estados fresco, refrigerado, seco, ahumado, etc.
⚠️ Escribir solo “congelado” pero en realidad es semicongelado o refrigerado con hielo, generando controversia de clasificación.
Especificaciones
Declarar el peso o rango de tamaño por pieza, como “10-20 kg/pieza”, lo que afecta aranceles y estadísticas comerciales.
⚠️ No proporcionar especificaciones o usar descripciones vagas como “mezcla de grandes, medianos y pequeños”.
Especificaciones de embalaje
Indicar el embalaje interno y externo, como “20 kg/caja, caja de espuma con hielo”, para facilitar la inspección aduanera.
⚠️ Indicar “a granel” pero en realidad tiene embalaje cuantificado, resultando en declaración inexacta.
Marca
Si tiene marca, debe declararse el nombre de la marca; si no tiene, puede indicarse “ninguna”.
⚠️ Omitir la declaración de marca, o confundir el nombre del buque con la marca.
Fecha de producción
Declarar la fecha de captura o procesamiento, en formato año-mes-día, para trazabilidad de seguridad alimentaria.
⚠️ Completar solo el año o el mes, de forma incompleta.
Ejemplo:
Nombre del producto: atún ojón congelado; Nombre científico latino: Thunnus obesus; Método de elaboración o conservación: descabezado y eviscerado, congelado entero, temperatura central -18 °C; Estado: congelado; Especificaciones: 15-25 kg/pieza; Especificaciones de embalaje: 20 kg/caja, caja de espuma con hielo; Marca: ninguna; Fecha de producción: 2025-01-15.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
La base central de clasificación es el Arancel de Importación y Exportación y las notas del SA: la partida 0303 abarca pescados congelados (excepto filetes), y la subpartida 030344 enumera explícitamente el atún ojón (Thunnus obesus). Al determinar, debe confirmarse que el producto está entero o simplemente procesado como descabezado o eviscerado, no transformado en filetes o carne de pescado, y que su estado de conservación es congelado (temperatura central normalmente inferior a -18 °C). También debe verificarse el nombre científico latino para evitar confusión con otros atunes.
Códigos confundidos:
030341 - Atún de aleta amarilla congelado
El atún de aleta amarilla (Thunnus albacares) y el atún ojón son especies diferentes; 030341 es una subpartida exclusiva para el atún de aleta amarilla. Ambos difieren en morfología, color de aletas y distribución, y la clasificación debe basarse en el nombre científico latino.
030342 - Listado congelado
El listado (Katsuwonus pelamis) pertenece al género Katsuwonus, no al género Thunnus, es de menor tamaño y textura diferente; 030342 es la subpartida del listado y no debe usarse indistintamente con 030344.
030343 - Atún rojo congelado
El atún rojo (Thunnus thynnus) es otra especie, de alto valor económico; 030343 es su subpartida y se distingue del atún ojón por tamaño, longitud de aletas y carne.
030349 - Los demás atunes congelados
030349 comprende especies del género Thunnus no enumeradas, como el atún albacora; el atún ojón ya tiene subpartida exclusiva 030344, por lo que no se clasifica aquí.
030487 - Filetes de atún congelados
030487 corresponde a filetes de atún congelados, pertenecientes a la partida 0304; si el atún ojón ya está cortado en filetes, se clasifica en 030487 y no en 030344.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo consultar el código SA del atún ojón congelado?
A: Puede consultarse en el sitio web de la Administración General de Aduanas o en el Arancel de Importación y Exportación: primero determinar el capítulo (Capítulo 03), luego buscar la partida 0303 (pescados congelados) y finalmente buscar la subpartida 030344 según la especie. También puede usarse una herramienta de consulta de códigos SA ingresando “atún ojón” o “Thunnus obesus”.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre los códigos del atún ojón congelado y del atún de aleta amarilla congelado?
A: Ambos son atunes congelados, pero de especies diferentes: el atún ojón se clasifica en 030344 y el atún de aleta amarilla en 030341. Al declarar debe proporcionarse el nombre científico latino; la aduana puede verificar características como el color de las aletas y el tamaño, y una declaración errónea puede causar clasificación incorrecta y sanciones.
Q: Si el atún ojón ya está deshuesado y cortado en filetes, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Si ya está cortado en filetes, no pertenece a la partida 0303 y debe clasificarse en 030487 (filetes de atún congelados) dentro de la partida 0304. La partida 0303 solo abarca pescado congelado entero o simplemente procesado como descabezado o eviscerado; los filetes deben clasificarse por separado.
Q: ¿Qué elementos clave deben proporcionarse al declarar?
A: Los elementos clave incluyen nombre del producto, nombre científico latino, método de elaboración o conservación, estado, especificaciones, especificaciones de embalaje, marca y fecha de producción. El nombre científico latino y el estado son especialmente importantes, ya que determinan directamente la clasificación; se recomienda preparar de antemano documentos que certifiquen la especie.
Q: ¿La importación de atún ojón congelado involucra la gestión de especies en peligro?
A: El atún ojón no está incluido en los apéndices de CITES, pero algunas organizaciones regionales de ordenación pesquera pueden exigir certificados de captura. Al importar debe verificarse que provenga de pesca legal y preparar certificados pertinentes, como el documento estadístico de ICCAT.
Q: ¿Cómo distinguir el atún ojón congelado del refrigerado con hielo?
A: El congelado requiere temperatura central inferior a -18 °C y se clasifica en 0303; el refrigerado con hielo solo se enfría con hielo, con temperatura cercana a 0 °C, y se clasifica en 0302. Al declarar debe proporcionarse el registro de temperatura; la aduana puede inspeccionar el estado de la mercancía.
Q: ¿Cómo consultar la tasa arancelaria del código 030344?
A: La tasa varía según el país, los acuerdos comerciales y los ajustes anuales. Se recomienda consultar el Arancel de Importación y Exportación más reciente de la Administración General de Aduanas o usar el sistema oficial de consulta de tasas, ingresando el código 030344, el país de origen y el modo de comercio para obtener la tasa exacta.
Q: ¿Qué consecuencias tiene clasificar erróneamente el atún ojón en otro código de atún?
A: Puede causar diferencias arancelarias, errores estadísticos e incluso sanciones aduaneras por declaración inexacta. Si implica una declaración errónea de especies en peligro, también podría conllevar responsabilidad legal. Se recomienda verificar estrictamente el nombre científico latino y, si es necesario, solicitar una clasificación anticipada.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.