Código HS: 910690
Temporizador de vehículo
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📋 Estructura

Capítulo
El capítulo 91 abarca relojes y sus partes, incluidos relojes personales, relojes de tablero, relojes para vehículos, aeronaves, embarcaciones y otros dispositivos de cronometraje, así como movimientos de relojería, partes y accesorios. Este capítulo no incluye dispositivos de cronometraje específicamente nombrados en otros capítulos, como los registradores de tiempo del capítulo 85 o los instrumentos de medición de tiempo del capítulo 90. La característica principal es que se utilizan para medir, indicar o registrar el tiempo, y generalmente son dispositivos de cronometraje mecánicos o electrónicos.
Partida
La partida 9106 abarca los registradores de tiempo y los aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo, con movimiento de relojería o motor sincrónico (por ejemplo, registradores de tiempo, selladores de tiempo), pero excluye los relojes de las partidas 9101 a 9105. Esta partida incluye cronómetros para vehículos, parquímetros, cronómetros de competición, cronómetros de producción y otros equipos de cronometraje industriales o especializados, cuya función principal es registrar o indicar intervalos de tiempo, en lugar de simplemente mostrar la hora actual.
Desglose
Los primeros 2 dígitos 91: Capítulo 91, relojes y sus partes. Los dígitos 3-4 06: partida 9106, registradores de tiempo y aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo, con movimiento de relojería o motor sincrónico. Los dígitos 5-6 90: subpartida 910690, los demás registradores de tiempo y aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo. Esta subpartida es residual y abarca otros aparatos similares no especificados en 910610 (registradores de tiempo) y 910620 (parquímetros), como cronómetros para vehículos, cronómetros industriales, cronómetros deportivos, etc.
Base de clasificación
El cronómetro para vehículos se utiliza para registrar o indicar intervalos de tiempo de funcionamiento del vehículo, generalmente equipado con un movimiento de relojería electrónico o mecánico, lo que cumple con la definición de la partida 9106 de 'aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo'. No se clasifica en 9105 (los demás relojes) porque su función principal no es mostrar la hora actual; no se clasifica en 8708 (partes de vehículos automóviles) porque su función principal es la cronometraje y no una parte mecánica del vehículo; no se clasifica en 8531 (aparatos de señalización eléctrica) porque no implica señales acústicas o luminosas.

📝 Elementos de declaración

Nombre del producto
Nombre estándar del producto declarado, que debe reflejar con precisión la función del producto, como 'cronómetro para vehículos', 'registrador de tiempo para vehículos'.
⚠️ Declarar de forma genérica como 'cronómetro' o 'accesorio de vehículo', sin reflejar la propiedad específica para vehículos.
Uso
Indicar el escenario de uso específico del producto, como 'instalado en vehículos comerciales para registrar el tiempo de funcionamiento', 'utilizado para cronometraje de vehículos de ingeniería'.
⚠️ Escribir solo 'para vehículos', sin distinguir si registra tiempo o muestra la hora.
Principio de funcionamiento
Indicar el método de cronometraje, como 'cronometraje por oscilador electrónico', 'movimiento de relojería mecánico', 'accionado por motor sincrónico'.
⚠️ Declarar erróneamente como 'cronometraje por GPS' o 'cronometraje por unidad de control del motor'.
Marca
Indicar la marca del producto; si no tiene marca, escribir 'sin marca'.
⚠️ Confundir la marca con el modelo, u omitir la marca, lo que genera controversias de clasificación.
Modelo
Indicar el modelo o especificación específica para facilitar la identificación.
⚠️ Modelo incompleto o que no coincide con el producto físico.
¿Equipado con movimiento de relojería?
Especificar si está equipado con un movimiento de relojería o motor sincrónico, lo cual es clave para la clasificación en 9106.
⚠️ Marcar erróneamente 'No', lo que podría llevar a clasificarlo en otra partida.
Modo de visualización
Indicar si es visualización digital, visualización por agujas o sin visualización (solo registro).
⚠️ Declarar erróneamente un registrador de tiempo sin visualización como visualizador.
Ejemplo:
Nombre del producto: cronómetro para vehículos; Uso: instalado en vehículos comerciales para registrar el tiempo de funcionamiento del motor; Principio de funcionamiento: cronometraje por oscilador electrónico, equipado con movimiento de relojería de cuarzo; Marca: XX; Modelo: T-100; ¿Equipado con movimiento de relojería?: Sí; Modo de visualización: visualización digital.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base principal de clasificación: si el producto está equipado con un movimiento de relojería o motor sincrónico, y si su función principal es medir, registrar o indicar intervalos de tiempo. El cronómetro para vehículos generalmente se instala en vehículos para registrar el tiempo de funcionamiento o intervalos de tiempo, lo que cumple con el texto de la partida 9106. Si solo muestra la hora actual, se clasifica en 9105; si es una parte mecánica del vehículo (como un sensor de velocidad), se clasifica en 8708; si es un aparato de señalización eléctrica, se clasifica en 8531.
Códigos confundidos:
9105 - Los demás relojes
9105 son relojes que muestran la hora actual, como relojes de vehículo; 9106 son aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo, como cronómetros para vehículos. La diferencia clave radica en si la función es mostrar la hora o cronometrar.
8708 - Partes y accesorios de vehículos automóviles
8708 abarca partes mecánicas o eléctricas de vehículos, como tableros de instrumentos, sensores; el cronómetro para vehículos, si es un dispositivo de cronometraje independiente, debe clasificarse en 9106, no como parte del vehículo.
8531 - Aparatos de señalización eléctrica
8531 abarca aparatos de señalización como timbres eléctricos, luces indicadoras; el cronómetro para vehículos, si solo registra tiempo sin función de señalización, debe clasificarse en 9106.
9029 - Cuentarrevoluciones, contadores de producción
9029 abarca cuentarrevoluciones, contadores de producción, etc., que generalmente no están equipados con movimiento de relojería; el cronómetro para vehículos, si está equipado con movimiento de relojería, debe clasificarse en 9106.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cuál es la diferencia entre un cronómetro para vehículos y un reloj de vehículo?
A: El cronómetro para vehículos se utiliza para registrar o indicar intervalos de tiempo (como el tiempo de funcionamiento del motor), generalmente se clasifica en 9106; el reloj de vehículo se utiliza para mostrar la hora actual, se clasifica en 9105. La diferencia radica en si la función principal es cronometrar o mostrar la hora.
Q: ¿Cómo determinar si un cronómetro para vehículos debe clasificarse en 9106?
A: La clave es ver si está equipado con un movimiento de relojería o motor sincrónico, y si su función principal es medir, registrar o indicar intervalos de tiempo. Si solo muestra la hora actual, se clasifica en 9105; si es una parte mecánica del vehículo, se clasifica en 8708.
Q: Al declarar un cronómetro para vehículos, ¿qué elementos son obligatorios?
A: Se debe proporcionar nombre del producto, uso, principio de funcionamiento, marca, modelo, si está equipado con movimiento de relojería, modo de visualización, etc. Entre ellos, '¿equipado con movimiento de relojería?' es el elemento clave para la clasificación en 9106.
Q: Si el cronómetro para vehículos tiene función GPS, ¿cómo debe clasificarse?
A: Si el GPS solo auxilia en la cronometraje y la función principal sigue siendo el registro de tiempo, se clasifica en 9106; si el GPS es la función principal, podría clasificarse en 8526 (radar y equipos de radionavegación). Debe determinarse según la función principal.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre la subpartida 910690 y 910610, 910620?
A: 910610 son registradores de tiempo, 910620 son parquímetros, 910690 son los demás registradores de tiempo y aparatos para medir, registrar o indicar intervalos de tiempo. Los cronómetros para vehículos generalmente se clasifican en 910690.
Q: Después de clasificar el cronómetro para vehículos en 9106, ¿cómo consultar la tasa arancelaria?
A: La tasa arancelaria debe consultarse según el arancel de aduanas del país/región de destino, generalmente a través del código HS en el sitio web oficial del arancel o consultando a un agente de aduanas. Tenga en cuenta que las tasas cambian, prevalezca el arancel más reciente.
Q: Si el cronómetro para vehículos es un accesorio original del vehículo, ¿necesariamente se clasifica en 8708?
A: No necesariamente. Si el cronómetro funciona de forma independiente y su función principal es la cronometraje, aún debe clasificarse en 9106. 8708 se aplica a partes mecánicas o eléctricas del vehículo, no a dispositivos de cronometraje independientes.
Q: Para la venta transfronteriza de cronómetros para vehículos, ¿cómo asegurar una clasificación correcta?
A: Se recomienda verificar el manual del producto para confirmar si está equipado con movimiento de relojería y si la función principal es la cronometraje. Puede consultar las decisiones de clasificación aduanera o consultar a un agente de aduanas profesional para evitar retrasos en el despacho debido a errores de clasificación.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.