El capítulo 85 abarca máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Este capítulo es la principal sección de clasificación de productos de alta tecnología en el SA, e incluye diversos equipos para la producción, conversión, almacenamiento, transmisión y aplicación de energía eléctrica. Las partidas del capítulo están ordenadas lógicamente por función, desde la generación y transformación de electricidad hasta los terminales de consumo; las lámparas incandescentes se clasifican en este capítulo como aparatos de alumbrado eléctrico. La partida 8539 abarca diversos productos de fuentes de luz eléctrica, incluidas lámparas incandescentes, lámparas de descarga (como fluorescentes, de vapor de sodio de alta presión), lámparas de diodos emisores de luz (LED) y proyectores cerrados, entre otros. Esta partida se subdivide en subpartidas según el principio de funcionamiento y el tipo tecnológico de la fuente de luz, distinguiendo principalmente las de radiación térmica (incandescentes) de las de descarga de gas y las de semiconductor (LED). La lámpara incandescente, como fuente de luz eléctrica tradicional, tiene una subpartida independiente dentro de esta partida. El código 853977 es una subpartida de seis dígitos: los primeros 2 dígitos ‘85’ representan el capítulo 85 (máquinas, aparatos y material eléctrico); los dígitos 3-4 ‘39’ representan la partida 8539 (diversas fuentes de luz eléctrica y aparatos de alumbrado); los dígitos 5-6 ‘77’ representan la subpartida 853977, es decir, lámparas incandescentes (tipos específicos no cubiertos por otras subpartidas). En la clasificación del SA, los dígitos 5-6 se utilizan para subdividir aún más las mercancías dentro de una partida, pero los países pueden añadir los dígitos 7-10 según sus propias necesidades estadísticas. Este código corresponde a lámparas incandescentes ordinarias, excluyendo las lámparas halógenas de tungsteno (853921) y las demás lámparas incandescentes de potencia ≤200 W y tensión >100 V (853922), entre otras. La lámpara incandescente emite luz al calentar el filamento mediante corriente eléctrica hasta el estado incandescente, por lo que pertenece a las fuentes de luz de radiación térmica y cumple la definición de ‘fuente de luz eléctrica’ de la partida 8539. Se clasifica en 853977 y no en otras subpartidas porque esta subpartida cubre específicamente las lámparas incandescentes no denominadas en otras partes. Las subpartidas vecinas 853921 corresponden a lámparas halógenas de tungsteno, 853922 a las demás lámparas incandescentes (potencia ≤200 W y tensión >100 V), 853929 a las demás lámparas incandescentes (las demás), mientras que 853977 suele referirse a lámparas incandescentes de potencia >200 W o tensión ≤100 V, según el texto de la subpartida.
Capítulo
El capítulo 85 abarca máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Este capítulo es la principal sección de clasificación de productos de alta tecnología en el SA, e incluye diversos equipos para la producción, conversión, almacenamiento, transmisión y aplicación de energía eléctrica. Las partidas del capítulo están ordenadas lógicamente por función, desde la generación y transformación de electricidad hasta los terminales de consumo; las lámparas incandescentes se clasifican en este capítulo como aparatos de alumbrado eléctrico.
Partida
La partida 8539 abarca diversos productos de fuentes de luz eléctrica, incluidas lámparas incandescentes, lámparas de descarga (como fluorescentes, de vapor de sodio de alta presión), lámparas de diodos emisores de luz (LED) y proyectores cerrados, entre otros. Esta partida se subdivide en subpartidas según el principio de funcionamiento y el tipo tecnológico de la fuente de luz, distinguiendo principalmente las de radiación térmica (incandescentes) de las de descarga de gas y las de semiconductor (LED). La lámpara incandescente, como fuente de luz eléctrica tradicional, tiene una subpartida independiente dentro de esta partida.
Desglose
El código 853977 es una subpartida de seis dígitos: los primeros 2 dígitos ‘85’ representan el capítulo 85 (máquinas, aparatos y material eléctrico); los dígitos 3-4 ‘39’ representan la partida 8539 (diversas fuentes de luz eléctrica y aparatos de alumbrado); los dígitos 5-6 ‘77’ representan la subpartida 853977, es decir, lámparas incandescentes (tipos específicos no cubiertos por otras subpartidas). En la clasificación del SA, los dígitos 5-6 se utilizan para subdividir aún más las mercancías dentro de una partida, pero los países pueden añadir los dígitos 7-10 según sus propias necesidades estadísticas. Este código corresponde a lámparas incandescentes ordinarias, excluyendo las lámparas halógenas de tungsteno (853921) y las demás lámparas incandescentes de potencia ≤200 W y tensión >100 V (853922), entre otras.
Base de clasificación
La lámpara incandescente emite luz al calentar el filamento mediante corriente eléctrica hasta el estado incandescente, por lo que pertenece a las fuentes de luz de radiación térmica y cumple la definición de ‘fuente de luz eléctrica’ de la partida 8539. Se clasifica en 853977 y no en otras subpartidas porque esta subpartida cubre específicamente las lámparas incandescentes no denominadas en otras partes. Las subpartidas vecinas 853921 corresponden a lámparas halógenas de tungsteno, 853922 a las demás lámparas incandescentes (potencia ≤200 W y tensión >100 V), 853929 a las demás lámparas incandescentes (las demás), mientras que 853977 suele referirse a lámparas incandescentes de potencia >200 W o tensión ≤100 V, según el texto de la subpartida.
📝 Elementos de declaración
Denominación: Nombre estándar de la mercancía declarada; debe utilizarse la denominación normalizada aceptada por la aduana, como ‘lámpara incandescente’ o el modelo específico. Marca: Indicar el fabricante o la marca comercial; si no tiene marca, indicar ‘sin marca’. Modelo: Indicar el modelo o código de especificación del producto, para distinguir diferentes potencias, tensiones, etc. Potencia: Declarar la potencia nominal de la lámpara en vatios (W). Tensión: Declarar la tensión nominal de la lámpara en voltios (V). Uso: Explicar el escenario de uso de la lámpara, como ‘iluminación doméstica’, ‘iluminación industrial’, etc. Tipo de casquillo: Como E27, E14, B22, etc., para distinguir la especificación de conexión. Denominación: lámpara incandescente; Marca: PHILIPS; Modelo: A55 100W E27; Potencia: 100W; Tensión: 220V; Uso: iluminación doméstica; Tipo de casquillo: E27. Declarar erróneamente una lámpara halógena de tungsteno como lámpara incandescente ordinaria, lo que provoca un error de subpartida. Declaración falsa de potencia y tensión, lo que afecta la determinación de la subpartida (por ejemplo, 853922 y 853929). Marca mal cumplimentada, por ejemplo, indicando el agente en lugar del titular de la marca.
Denominación
Nombre estándar de la mercancía declarada; debe utilizarse la denominación normalizada aceptada por la aduana, como ‘lámpara incandescente’ o el modelo específico.
⚠️ Declararla erróneamente como ‘lámpara LED’ o ‘lámpara de bajo consumo’, lo que provoca una clasificación incorrecta.
Marca
Indicar el fabricante o la marca comercial; si no tiene marca, indicar ‘sin marca’.
⚠️ Declarar erróneamente la marca del distribuidor como marca del fabricante.
Modelo
Indicar el modelo o código de especificación del producto, para distinguir diferentes potencias, tensiones, etc.
⚠️ Modelo incompleto o que no coincide con el producto físico.
Potencia
Declarar la potencia nominal de la lámpara en vatios (W).
⚠️ Omitir la potencia o utilizar una unidad incorrecta (por ejemplo, kilovatios por error).
Tensión
Declarar la tensión nominal de la lámpara en voltios (V).
⚠️ Confundir tensión con potencia, o no indicar corriente alterna/continua.
Uso
Explicar el escenario de uso de la lámpara, como ‘iluminación doméstica’, ‘iluminación industrial’, etc.
⚠️ Descripción del uso demasiado genérica, como ‘iluminación’ sin distinguir el escenario.
Tipo de casquillo
Como E27, E14, B22, etc., para distinguir la especificación de conexión.
Declarar erróneamente una lámpara halógena de tungsteno como lámpara incandescente ordinaria, lo que provoca un error de subpartida.
Declaración falsa de potencia y tensión, lo que afecta la determinación de la subpartida (por ejemplo, 853922 y 853929).
Marca mal cumplimentada, por ejemplo, indicando el agente en lugar del titular de la marca.
🎯 Lógica de clasificación
La base central de clasificación son las notas del capítulo 85 del Arancel de Aduanas y el texto de las subpartidas de la partida 8539. La clasificación de las lámparas incandescentes debe considerar simultáneamente su principio de funcionamiento (radiación térmica), potencia, tensión y si son halógenas de tungsteno. Si la potencia es ≤200 W y la tensión >100 V, deben clasificarse en 853922; si son lámparas halógenas de tungsteno, en 853921; las demás lámparas incandescentes (como potencia >200 W o tensión ≤100 V) se clasifican en 853929 o 853977 (según la estructura específica de la subpartida). Además, debe tenerse en cuenta que las lámparas LED se clasifican en 853950 y las lámparas fluorescentes en 853931, etc. 853921 Lámparas halógenas de tungsteno: Las lámparas halógenas de tungsteno contienen gas halógeno en su interior y son un tipo de lámpara incandescente, pero la subpartida 853921 las denomina específicamente, mientras que las lámparas incandescentes ordinarias se clasifican en 853922, 853929 o 853977. 853922 Demás lámparas incandescentes, de potencia ≤200 W y tensión >100 V: Esta subpartida abarca las lámparas incandescentes de potencia no superior a 200 W y tensión superior a 100 V, mientras que 853977 suele referirse a lámparas incandescentes de potencia >200 W o tensión ≤100 V. 853929 Demás lámparas incandescentes: 853929 es una subpartida residual que abarca las lámparas incandescentes no denominadas en otras partes, mientras que 853977 puede ser un tipo específico; debe verificarse la estructura de la subpartida. 853950 Lámparas de diodos emisores de luz (LED): Las lámparas LED utilizan la emisión de luz de semiconductores, con un principio de funcionamiento completamente distinto al de las lámparas incandescentes; se clasifican en 853950 y no deben confundirse. 853931 Lámparas fluorescentes, de cátodo caliente: Las lámparas fluorescentes son lámparas de descarga de gas y requieren balasto; su estructura y principio de funcionamiento difieren de los de las lámparas incandescentes. Confirmar si la lámpara funciona por incandescencia. Verificar si la potencia y la tensión cumplen las condiciones de la subpartida. Comprobar si contiene gas halógeno (lámpara halógena de tungsteno). Confirmar si el tipo de casquillo afecta la clasificación. Excluir otras fuentes de luz como LED o fluorescentes.
Base
La base central de clasificación son las notas del capítulo 85 del Arancel de Aduanas y el texto de las subpartidas de la partida 8539. La clasificación de las lámparas incandescentes debe considerar simultáneamente su principio de funcionamiento (radiación térmica), potencia, tensión y si son halógenas de tungsteno. Si la potencia es ≤200 W y la tensión >100 V, deben clasificarse en 853922; si son lámparas halógenas de tungsteno, en 853921; las demás lámparas incandescentes (como potencia >200 W o tensión ≤100 V) se clasifican en 853929 o 853977 (según la estructura específica de la subpartida). Además, debe tenerse en cuenta que las lámparas LED se clasifican en 853950 y las lámparas fluorescentes en 853931, etc.
Códigos confundidos:
853921 - Lámparas halógenas de tungsteno
Las lámparas halógenas de tungsteno contienen gas halógeno en su interior y son un tipo de lámpara incandescente, pero la subpartida 853921 las denomina específicamente, mientras que las lámparas incandescentes ordinarias se clasifican en 853922, 853929 o 853977.
853922 - Demás lámparas incandescentes, de potencia ≤200 W y tensión >100 V
Esta subpartida abarca las lámparas incandescentes de potencia no superior a 200 W y tensión superior a 100 V, mientras que 853977 suele referirse a lámparas incandescentes de potencia >200 W o tensión ≤100 V.
853929 - Demás lámparas incandescentes
853929 es una subpartida residual que abarca las lámparas incandescentes no denominadas en otras partes, mientras que 853977 puede ser un tipo específico; debe verificarse la estructura de la subpartida.
853950 - Lámparas de diodos emisores de luz (LED)
Las lámparas LED utilizan la emisión de luz de semiconductores, con un principio de funcionamiento completamente distinto al de las lámparas incandescentes; se clasifican en 853950 y no deben confundirse.
853931 - Lámparas fluorescentes, de cátodo caliente
Las lámparas fluorescentes son lámparas de descarga de gas y requieren balasto; su estructura y principio de funcionamiento difieren de los de las lámparas incandescentes.
Autoverificación:
✓ Confirmar si la lámpara funciona por incandescencia.
✓ Verificar si la potencia y la tensión cumplen las condiciones de la subpartida.
✓ Comprobar si contiene gas halógeno (lámpara halógena de tungsteno).
✓ Confirmar si el tipo de casquillo afecta la clasificación.
✓ Excluir otras fuentes de luz como LED o fluorescentes.
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el código SA de una lámpara incandescente? Puede consultarse a través del sistema de consulta del arancel de la Administración General de Aduanas, sitios web de consulta de códigos SA o consultando a un agente de aduanas. Introduzca la palabra clave ‘lámpara incandescente’, filtre por el capítulo 85 y determine la subpartida específica según parámetros como potencia y tensión. Tenga en cuenta que 853977 puede variar según la estructura de subpartidas de cada país, por lo que debe prevalecer el arancel real. ¿Cuál es la diferencia de clasificación entre una lámpara incandescente y una lámpara halógena de tungsteno? La lámpara halógena de tungsteno es un tipo de lámpara incandescente, pero debido a que contiene gas halógeno, tiene una subpartida independiente, la 853921. Las lámparas incandescentes ordinarias se clasifican en 853922, 853929 o 853977 según su potencia y tensión. Al declarar, debe especificarse si contiene halógeno; de lo contrario, puede producirse un error de clasificación. ¿Puede clasificarse una lámpara LED en 853977? No. Las lámparas LED utilizan la emisión de luz de semiconductores y pertenecen a las fuentes de luz de estado sólido, por lo que deben clasificarse en la subpartida 853950. La 853977 solo se aplica a lámparas incandescentes. Una clasificación errónea provocará el rechazo en la revisión aduanera e incluso sanciones. Al declarar lámparas incandescentes, ¿por qué son importantes la potencia y la tensión? Porque la división entre las subpartidas 853922 y 853929 se basa precisamente en la potencia y la tensión: potencia ≤200 W y tensión >100 V se clasifican en 853922; las demás en 853929. Si la potencia es >200 W o la tensión ≤100 V, pueden clasificarse en 853977. Una declaración precisa evita controversias de clasificación. ¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de las lámparas incandescentes? El tipo impositivo varía según el país, los acuerdos comerciales y los ajustes anuales. Puede obtenerse el tipo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, plataformas de consulta arancelaria o consultando a un agente de aduanas profesional. Tenga en cuenta las condiciones de aplicación del tipo de nación más favorecida, el tipo general y los tipos preferenciales de los acuerdos. ¿Qué elementos de declaración se requieren para la exportación de lámparas incandescentes? Generalmente incluyen denominación, marca, modelo, potencia, tensión, uso, tipo de casquillo, etc. Los requisitos específicos dependen de la aduana; se recomienda confirmar con antelación con el agente de aduanas para garantizar que los elementos de declaración sean completos y precisos, y evitar devoluciones o inspecciones. ¿Es el código SA de las lámparas incandescentes el mismo en diferentes países? Los primeros 6 dígitos del código SA son básicamente consistentes a nivel internacional, pero el séptimo dígito y los siguientes pueden variar según el país. Por ejemplo, el HTSUS de Estados Unidos y el TARIC de la Unión Europea pueden tener subdivisiones después de los 6 dígitos. Para la importación y exportación debe prevalecer el arancel del país de destino o de origen. Si la lámpara incandescente se utiliza en un equipo especial, ¿cambia su clasificación? Si la lámpara incandescente se importa junto con el equipo como parte o accesorio y es claramente exclusiva para un equipo determinado, podría clasificarse según el equipo. Pero si se importa por separado, sigue clasificándose según la propia lámpara. Debe determinarse según la Regla General Interpretativa 2 a) si constituye un artículo completo.
Q: ¿Cómo consultar el código SA de una lámpara incandescente?
A: Puede consultarse a través del sistema de consulta del arancel de la Administración General de Aduanas, sitios web de consulta de códigos SA o consultando a un agente de aduanas. Introduzca la palabra clave ‘lámpara incandescente’, filtre por el capítulo 85 y determine la subpartida específica según parámetros como potencia y tensión. Tenga en cuenta que 853977 puede variar según la estructura de subpartidas de cada país, por lo que debe prevalecer el arancel real.
Q: ¿Cuál es la diferencia de clasificación entre una lámpara incandescente y una lámpara halógena de tungsteno?
A: La lámpara halógena de tungsteno es un tipo de lámpara incandescente, pero debido a que contiene gas halógeno, tiene una subpartida independiente, la 853921. Las lámparas incandescentes ordinarias se clasifican en 853922, 853929 o 853977 según su potencia y tensión. Al declarar, debe especificarse si contiene halógeno; de lo contrario, puede producirse un error de clasificación.
Q: ¿Puede clasificarse una lámpara LED en 853977?
A: No. Las lámparas LED utilizan la emisión de luz de semiconductores y pertenecen a las fuentes de luz de estado sólido, por lo que deben clasificarse en la subpartida 853950. La 853977 solo se aplica a lámparas incandescentes. Una clasificación errónea provocará el rechazo en la revisión aduanera e incluso sanciones.
Q: Al declarar lámparas incandescentes, ¿por qué son importantes la potencia y la tensión?
A: Porque la división entre las subpartidas 853922 y 853929 se basa precisamente en la potencia y la tensión: potencia ≤200 W y tensión >100 V se clasifican en 853922; las demás en 853929. Si la potencia es >200 W o la tensión ≤100 V, pueden clasificarse en 853977. Una declaración precisa evita controversias de clasificación.
Q: ¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación de las lámparas incandescentes?
A: El tipo impositivo varía según el país, los acuerdos comerciales y los ajustes anuales. Puede obtenerse el tipo más reciente a través del sitio web oficial de la Administración General de Aduanas, plataformas de consulta arancelaria o consultando a un agente de aduanas profesional. Tenga en cuenta las condiciones de aplicación del tipo de nación más favorecida, el tipo general y los tipos preferenciales de los acuerdos.
Q: ¿Qué elementos de declaración se requieren para la exportación de lámparas incandescentes?
A: Generalmente incluyen denominación, marca, modelo, potencia, tensión, uso, tipo de casquillo, etc. Los requisitos específicos dependen de la aduana; se recomienda confirmar con antelación con el agente de aduanas para garantizar que los elementos de declaración sean completos y precisos, y evitar devoluciones o inspecciones.
Q: ¿Es el código SA de las lámparas incandescentes el mismo en diferentes países?
A: Los primeros 6 dígitos del código SA son básicamente consistentes a nivel internacional, pero el séptimo dígito y los siguientes pueden variar según el país. Por ejemplo, el HTSUS de Estados Unidos y el TARIC de la Unión Europea pueden tener subdivisiones después de los 6 dígitos. Para la importación y exportación debe prevalecer el arancel del país de destino o de origen.
Q: Si la lámpara incandescente se utiliza en un equipo especial, ¿cambia su clasificación?
A: Si la lámpara incandescente se importa junto con el equipo como parte o accesorio y es claramente exclusiva para un equipo determinado, podría clasificarse según el equipo. Pero si se importa por separado, sigue clasificándose según la propia lámpara. Debe determinarse según la Regla General Interpretativa 2 a) si constituye un artículo completo.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.