El Capítulo 72 abarca el acero y sus manufacturas, incluidos arrabio, ferroaleaciones, hierro de reducción directa, chatarra, lingotes de acero, productos semiterminados de acero, productos planos, productos largos, tubos, etc. Este capítulo es el más importante del SA en cuanto a materiales metálicos, ya que abarca toda la cadena industrial del acero, desde las materias primas hasta los productos terminados. La partida 7225 pertenece a las partidas de productos planos de acero aleado de este capítulo, y se distingue del acero al carbono común (7208-7212) y del acero inoxidable (7219-7222). La partida 7225 abarca productos planos de acero aleado laminados en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, tanto en rollos como sin enrollar, pero excluye el acero inoxidable, el acero rápido, el acero magnético al silicio y otros aceros aleados específicos. Los productos de esta partida generalmente han sido laminados en caliente pero no han sido laminados en frío ni sometidos a tratamiento superficial posterior; su espesor puede superar los 10 mm y se utilizan ampliamente en la fabricación de maquinaria, buques, puentes, recipientes a presión y otros campos. Los 2 primeros dígitos, 72: indican el Capítulo 72, acero y sus manufacturas, que abarca todos los materiales de acero y algunas manufacturas. Los dígitos 3.º y 4.º, 25: indican la partida 7225, es decir, productos planos de acero aleado laminados en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, en rollos o sin enrollar. Los dígitos 5.º y 6.º, 30: indican la subpartida 722530, es decir, los demás aceros aleados distintos del acero inoxidable, el acero rápido y el acero magnético al silicio, laminados en caliente, en rollos, sin elaboración posterior. Esta subpartida se distingue de la 722540 (sin enrollar) y de la 722550 (laminados en frío). La mercancía es fleje de acero aleado laminado en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, en rollos, y su composición de aleación cumple los requisitos de las notas del Capítulo 72 (por ejemplo, contenido de boro, cromo, níquel y otros elementos por encima de los umbrales establecidos), por lo que se clasifica en la 722530. Si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7226; si fuera acero inoxidable, se clasificaría en la 7219; si fuera acero rápido, se clasificaría en una subpartida específica de la 7225.
Capítulo
El Capítulo 72 abarca el acero y sus manufacturas, incluidos arrabio, ferroaleaciones, hierro de reducción directa, chatarra, lingotes de acero, productos semiterminados de acero, productos planos, productos largos, tubos, etc. Este capítulo es el más importante del SA en cuanto a materiales metálicos, ya que abarca toda la cadena industrial del acero, desde las materias primas hasta los productos terminados. La partida 7225 pertenece a las partidas de productos planos de acero aleado de este capítulo, y se distingue del acero al carbono común (7208-7212) y del acero inoxidable (7219-7222).
Partida
La partida 7225 abarca productos planos de acero aleado laminados en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, tanto en rollos como sin enrollar, pero excluye el acero inoxidable, el acero rápido, el acero magnético al silicio y otros aceros aleados específicos. Los productos de esta partida generalmente han sido laminados en caliente pero no han sido laminados en frío ni sometidos a tratamiento superficial posterior; su espesor puede superar los 10 mm y se utilizan ampliamente en la fabricación de maquinaria, buques, puentes, recipientes a presión y otros campos.
Desglose
Los 2 primeros dígitos, 72: indican el Capítulo 72, acero y sus manufacturas, que abarca todos los materiales de acero y algunas manufacturas. Los dígitos 3.º y 4.º, 25: indican la partida 7225, es decir, productos planos de acero aleado laminados en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, en rollos o sin enrollar. Los dígitos 5.º y 6.º, 30: indican la subpartida 722530, es decir, los demás aceros aleados distintos del acero inoxidable, el acero rápido y el acero magnético al silicio, laminados en caliente, en rollos, sin elaboración posterior. Esta subpartida se distingue de la 722540 (sin enrollar) y de la 722550 (laminados en frío).
Base de clasificación
La mercancía es fleje de acero aleado laminado en caliente, de anchura superior o igual a 600 mm, en rollos, y su composición de aleación cumple los requisitos de las notas del Capítulo 72 (por ejemplo, contenido de boro, cromo, níquel y otros elementos por encima de los umbrales establecidos), por lo que se clasifica en la 722530. Si la anchura fuera inferior a 600 mm, se clasificaría en la 7226; si fuera acero inoxidable, se clasificaría en la 7219; si fuera acero rápido, se clasificaría en una subpartida específica de la 7225.
📝 Elementos de declaración
Nombre de la mercancía: Denominación estándar de la mercancía declarada, que debe incluir material, forma y estado de elaboración, por ejemplo, "fleje de acero aleado laminado en caliente". Composición del material: Declarar el contenido de los principales elementos de aleación (como cromo, níquel, molibdeno, boro, etc.) y el contenido de carbono, que deben cumplir la definición de acero aleado de las notas del Capítulo 72. Dimensiones y especificaciones: Declarar el espesor y la anchura; la anchura debe ser superior o igual a 600 mm y el espesor suele ser superior o igual a 4,75 mm (rollo laminado en caliente). Estado de elaboración: Especificar que es laminado en caliente, sin revestir, sin galvanizar y sin laminar en frío; únicamente enrollado después del laminado en caliente. Estado del rollo: Declarar si es rollo (coil) o no enrollado (plate); en el caso de rollo, indicar el diámetro interior, el diámetro exterior y el peso del rollo. Uso: Declarar el uso principal, como fabricación de maquinaria, piezas estructurales de automóviles, tuberías, etc., para ayudar a la clasificación. Grado: Declarar el grado específico del acero (como Q345B, 16Mn, etc.) para facilitar la verificación de la composición y la norma. Nombre de la mercancía: fleje de acero aleado laminado en caliente; composición del material: C 0,15 %, Mn 1,30 %, Si 0,30 %, P 0,020 %, S 0,010 %, Cr 0,50 %, Ni 0,30 %, Mo 0,10 %, B 0,002 %; dimensiones y especificaciones: espesor 6,0 mm, anchura 1250 mm; estado de elaboración: laminado en caliente, sin decapar, sin galvanizar; estado del rollo: rollo, diámetro interior 610 mm, diámetro exterior 1800 mm, peso del rollo 20 toneladas; uso: para fabricar piezas estructurales de maquinaria; grado: Q345B. Error en la declaración de la anchura: si la anchura real es inferior a 600 mm, debe clasificarse en la 7226, pero se declara erróneamente como superior o igual a 600 mm. El contenido de elementos de aleación no alcanza los requisitos de las notas del Capítulo 7225 y en realidad es acero al carbono común, por lo que debe clasificarse en la 7208. Declarar erróneamente el decapado, el aceitado u otros tratamientos simples posteriores al laminado en caliente como laminado en frío, lo que provoca un error en la subpartida.
Nombre de la mercancía
Denominación estándar de la mercancía declarada, que debe incluir material, forma y estado de elaboración, por ejemplo, "fleje de acero aleado laminado en caliente".
⚠️ Escribir solo "fleje de acero" o "acero aleado", sin indicar el estado de laminado en caliente y de fleje.
Composición del material
Declarar el contenido de los principales elementos de aleación (como cromo, níquel, molibdeno, boro, etc.) y el contenido de carbono, que deben cumplir la definición de acero aleado de las notas del Capítulo 72.
⚠️ Proporcionar únicamente el contenido de carbono y omitir los umbrales de los elementos de aleación, lo que provoca errores de clasificación.
Dimensiones y especificaciones
Declarar el espesor y la anchura; la anchura debe ser superior o igual a 600 mm y el espesor suele ser superior o igual a 4,75 mm (rollo laminado en caliente).
⚠️ Declarar una anchura inferior a 600 mm y clasificar erróneamente en la 7226; confundir las unidades de espesor.
Estado de elaboración
Especificar que es laminado en caliente, sin revestir, sin galvanizar y sin laminar en frío; únicamente enrollado después del laminado en caliente.
⚠️ Declarar erróneamente el decapado, el aceitado u otros tratamientos simples como laminado en frío o tratamiento superficial.
Estado del rollo
Declarar si es rollo (coil) o no enrollado (plate); en el caso de rollo, indicar el diámetro interior, el diámetro exterior y el peso del rollo.
⚠️ Declarar erróneamente un producto no enrollado como rollo, lo que afecta la distinción entre las subpartidas 722530 y 722540.
Uso
Declarar el uso principal, como fabricación de maquinaria, piezas estructurales de automóviles, tuberías, etc., para ayudar a la clasificación.
⚠️ Describir el uso de forma demasiado amplia, por ejemplo, "uso industrial", lo que no ayuda a determinar la clasificación.
Grado
Declarar el grado específico del acero (como Q345B, 16Mn, etc.) para facilitar la verificación de la composición y la norma.
⚠️ Que el grado no coincida con la composición o utilizar grados no normalizados.
Ejemplo: Nombre de la mercancía: fleje de acero aleado laminado en caliente; composición del material: C 0,15 %, Mn 1,30 %, Si 0,30 %, P 0,020 %, S 0,010 %, Cr 0,50 %, Ni 0,30 %, Mo 0,10 %, B 0,002 %; dimensiones y especificaciones: espesor 6,0 mm, anchura 1250 mm; estado de elaboración: laminado en caliente, sin decapar, sin galvanizar; estado del rollo: rollo, diámetro interior 610 mm, diámetro exterior 1800 mm, peso del rollo 20 toneladas; uso: para fabricar piezas estructurales de maquinaria; grado: Q345B.
Errores comunes:
Error en la declaración de la anchura: si la anchura real es inferior a 600 mm, debe clasificarse en la 7226, pero se declara erróneamente como superior o igual a 600 mm.
El contenido de elementos de aleación no alcanza los requisitos de las notas del Capítulo 7225 y en realidad es acero al carbono común, por lo que debe clasificarse en la 7208.
Declarar erróneamente el decapado, el aceitado u otros tratamientos simples posteriores al laminado en caliente como laminado en frío, lo que provoca un error en la subpartida.
🎯 Lógica de clasificación
Base fundamental de clasificación: 1) el material es acero aleado y cumple la definición de acero aleado de las notas del Capítulo 72 (por ejemplo, contenido de boro superior o igual a 0,0008 % u otros elementos de aleación por encima del umbral); 2) anchura superior o igual a 600 mm; 3) laminado en caliente, en rollos; 4) sin laminado en frío ni tratamiento superficial posterior. Además, deben excluirse el acero inoxidable, el acero rápido, el acero magnético al silicio y otras partidas específicas. 7208 Rollos de acero al carbono común laminados en caliente: La 7208 corresponde a acero al carbono común, cuyo contenido de elementos de aleación no alcanza el estándar de acero aleado; la 722530 corresponde a acero aleado, cuyo contenido de elementos de aleación supera los umbrales de las notas del capítulo. 722540 Acero aleado laminado en caliente no enrollado: La 722540 corresponde a productos no enrollados (placas, hojas); la 722530 corresponde a rollos. Los rollos y las placas se diferencian en el proceso de laminación y en el uso. 722550 Rollos de acero aleado laminados en frío: La 722550 corresponde a laminado en frío, con menor espesor y alta lisura superficial; la 722530 corresponde a laminado en caliente, con cascarilla de laminación en la superficie y mayor espesor. 722691 Fleje estrecho de acero aleado laminado en caliente: La 722691 tiene anchura inferior a 600 mm; la 722530 tiene anchura superior o igual a 600 mm. La anchura es la clave para distinguir las partidas. 7219 Rollos de acero inoxidable laminados en caliente: La 7219 corresponde a acero inoxidable, con contenido de cromo superior o igual a 10,5 %; la 722530 corresponde a otros aceros aleados, cuyo contenido de cromo suele ser menor. ¿La anchura es superior o igual a 600 mm? ¿El contenido de elementos de aleación cumple las notas del Capítulo 7225? ¿Está laminado en caliente y no laminado en frío? ¿Está en estado de rollo? ¿Se excluyen el acero inoxidable, el acero rápido y el acero magnético al silicio?
Base
Base fundamental de clasificación: 1) el material es acero aleado y cumple la definición de acero aleado de las notas del Capítulo 72 (por ejemplo, contenido de boro superior o igual a 0,0008 % u otros elementos de aleación por encima del umbral); 2) anchura superior o igual a 600 mm; 3) laminado en caliente, en rollos; 4) sin laminado en frío ni tratamiento superficial posterior. Además, deben excluirse el acero inoxidable, el acero rápido, el acero magnético al silicio y otras partidas específicas.
Códigos confundidos:
7208 - Rollos de acero al carbono común laminados en caliente
La 7208 corresponde a acero al carbono común, cuyo contenido de elementos de aleación no alcanza el estándar de acero aleado; la 722530 corresponde a acero aleado, cuyo contenido de elementos de aleación supera los umbrales de las notas del capítulo.
722540 - Acero aleado laminado en caliente no enrollado
La 722540 corresponde a productos no enrollados (placas, hojas); la 722530 corresponde a rollos. Los rollos y las placas se diferencian en el proceso de laminación y en el uso.
722550 - Rollos de acero aleado laminados en frío
La 722550 corresponde a laminado en frío, con menor espesor y alta lisura superficial; la 722530 corresponde a laminado en caliente, con cascarilla de laminación en la superficie y mayor espesor.
722691 - Fleje estrecho de acero aleado laminado en caliente
La 722691 tiene anchura inferior a 600 mm; la 722530 tiene anchura superior o igual a 600 mm. La anchura es la clave para distinguir las partidas.
7219 - Rollos de acero inoxidable laminados en caliente
La 7219 corresponde a acero inoxidable, con contenido de cromo superior o igual a 10,5 %; la 722530 corresponde a otros aceros aleados, cuyo contenido de cromo suele ser menor.
Autoverificación:
✓ ¿La anchura es superior o igual a 600 mm?
✓ ¿El contenido de elementos de aleación cumple las notas del Capítulo 7225?
✓ ¿Está laminado en caliente y no laminado en frío?
✓ ¿Está en estado de rollo?
✓ ¿Se excluyen el acero inoxidable, el acero rápido y el acero magnético al silicio?
❓ Preguntas frecuentes
¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de la 722530? Puede consultarse en el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China, en la Ventanilla Única de Comercio Internacional o en el Arancel Aduanero de Importación y Exportación de la República Popular China. Los tipos varían según los acuerdos comerciales, el origen y otros factores; se recomienda utilizar el arancel y los anuncios aduaneros más recientes. ¿Cuál es la diferencia principal entre la 722530 y la 722540? La 722530 corresponde a rollos; la 722540 corresponde a productos no enrollados (como placas). Los rollos suelen producirse en trenes de laminación continua en caliente y se entregan enrollados; los productos no enrollados se cortan a medida o se laminan en hojas individuales. La clasificación debe determinarse según el estado real de entrega. Si mi fleje de acero tiene una anchura de 600 mm, ¿en qué código debe clasificarse? Una anchura exactamente de 600 mm cumple la condición de "anchura superior o igual a 600 mm" de la partida 7225, por lo que debe clasificarse en la 722530 (si es rollo) o en la 722540 (si no es rollo). Si la anchura es de 599 mm, se clasifica en la 7226. ¿Los rollos de acero aleado decapados después del laminado en caliente siguen clasificándose en la 722530? El decapado es un tratamiento superficial que no modifica el estado de laminado en caliente, por lo que sigue clasificándose en la 722530. Sin embargo, si se ha laminado en frío, se clasifica en la 722550. El decapado, el aceitado y otros tratamientos simples no afectan la clasificación como laminado en caliente. ¿Cómo determinar si mi acero es acero aleado? Según las notas del Capítulo 72, el acero aleado debe contener una determinada cantidad de elementos de aleación (como aluminio, cromo, cobalto, cobre, manganeso, molibdeno, níquel, titanio, tungsteno, vanadio, circonio, etc.) por encima de los umbrales establecidos, o contener boro superior o igual a 0,0008 %. Los umbrales específicos pueden consultarse en las notas del capítulo. Al declarar la 722530, ¿qué informes de ensayo deben presentarse? Normalmente se requiere el certificado de material (Mill Certificate), que indique la composición química y las propiedades mecánicas. La aduana puede exigir un informe de ensayo de un tercero para verificar el contenido de elementos de aleación y la anchura, entre otras especificaciones. ¿Cuál es la tasa de reembolso de exportación de la 722530? La tasa de reembolso de exportación se ajusta según las políticas nacionales; se recomienda consultar la base de datos más reciente de tasas de reembolso de exportación de la Administración Estatal de Impuestos. Por lo general, la tasa de reembolso de los flejes de acero aleado difiere de la del acero común y debe determinarse según el código de mercancía. Si la mercancía es realmente acero aleado, pero la anchura es inferior a 600 mm, ¿en qué código debe clasificarse? Los flejes de acero aleado de anchura inferior a 600 mm deben clasificarse en la partida 7226; la subpartida concreta se determina según el estado de elaboración (laminado en caliente, laminado en frío) y el estado del rollo. Por ejemplo, los flejes estrechos de acero aleado laminados en caliente se clasifican en la 722691.
Q: ¿Cómo consultar el tipo arancelario de importación de la 722530?
A: Puede consultarse en el sitio web oficial de la Administración General de Aduanas de China, en la Ventanilla Única de Comercio Internacional o en el Arancel Aduanero de Importación y Exportación de la República Popular China. Los tipos varían según los acuerdos comerciales, el origen y otros factores; se recomienda utilizar el arancel y los anuncios aduaneros más recientes.
Q: ¿Cuál es la diferencia principal entre la 722530 y la 722540?
A: La 722530 corresponde a rollos; la 722540 corresponde a productos no enrollados (como placas). Los rollos suelen producirse en trenes de laminación continua en caliente y se entregan enrollados; los productos no enrollados se cortan a medida o se laminan en hojas individuales. La clasificación debe determinarse según el estado real de entrega.
Q: Si mi fleje de acero tiene una anchura de 600 mm, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Una anchura exactamente de 600 mm cumple la condición de "anchura superior o igual a 600 mm" de la partida 7225, por lo que debe clasificarse en la 722530 (si es rollo) o en la 722540 (si no es rollo). Si la anchura es de 599 mm, se clasifica en la 7226.
Q: ¿Los rollos de acero aleado decapados después del laminado en caliente siguen clasificándose en la 722530?
A: El decapado es un tratamiento superficial que no modifica el estado de laminado en caliente, por lo que sigue clasificándose en la 722530. Sin embargo, si se ha laminado en frío, se clasifica en la 722550. El decapado, el aceitado y otros tratamientos simples no afectan la clasificación como laminado en caliente.
Q: ¿Cómo determinar si mi acero es acero aleado?
A: Según las notas del Capítulo 72, el acero aleado debe contener una determinada cantidad de elementos de aleación (como aluminio, cromo, cobalto, cobre, manganeso, molibdeno, níquel, titanio, tungsteno, vanadio, circonio, etc.) por encima de los umbrales establecidos, o contener boro superior o igual a 0,0008 %. Los umbrales específicos pueden consultarse en las notas del capítulo.
Q: Al declarar la 722530, ¿qué informes de ensayo deben presentarse?
A: Normalmente se requiere el certificado de material (Mill Certificate), que indique la composición química y las propiedades mecánicas. La aduana puede exigir un informe de ensayo de un tercero para verificar el contenido de elementos de aleación y la anchura, entre otras especificaciones.
Q: ¿Cuál es la tasa de reembolso de exportación de la 722530?
A: La tasa de reembolso de exportación se ajusta según las políticas nacionales; se recomienda consultar la base de datos más reciente de tasas de reembolso de exportación de la Administración Estatal de Impuestos. Por lo general, la tasa de reembolso de los flejes de acero aleado difiere de la del acero común y debe determinarse según el código de mercancía.
Q: Si la mercancía es realmente acero aleado, pero la anchura es inferior a 600 mm, ¿en qué código debe clasificarse?
A: Los flejes de acero aleado de anchura inferior a 600 mm deben clasificarse en la partida 7226; la subpartida concreta se determina según el estado de elaboración (laminado en caliente, laminado en frío) y el estado del rollo. Por ejemplo, los flejes estrechos de acero aleado laminados en caliente se clasifican en la 722691.
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