Código HS: 721933
Banda de acero inoxidable laminada en frío
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 72 abarca el acero y sus manufacturas, incluidos arrabio, ferroaleaciones, desechos y desperdicios, lingotes, semiproductos, productos laminados planos, barras, perfiles, alambre, etc. Este capítulo se divide en partidas según la fusión, laminación y grado de elaboración, y es el capítulo central para la clasificación de productos siderúrgicos.
Partida
La partida 7219 se refiere exclusivamente a productos laminados planos de acero inoxidable de anchura ≥600 mm, laminados en caliente o en frío, pero sin elaboración ulterior (salvo laminado en frío, recocido, decapado, etc.). Las bandas de acero inoxidable laminadas en frío constituyen una subpartida importante dentro de esta partida.
Desglose
Los 2 primeros dígitos 72 = Capítulo del acero; los dígitos 3-4, 19 = productos laminados planos de acero inoxidable (anchura ≥600 mm); los dígitos 5-6, 33 = laminados en frío (sin elaboración ulterior tras el laminado en frío), con espesor entre 0,5 y 1 mm (la subdivisión específica de subpartidas depende del espesor). 721933 se refiere específicamente a bandas de acero inoxidable laminadas en frío de espesor 0,5-1 mm.
Base de clasificación
La mercancía es una banda de acero inoxidable laminada en frío, de anchura ≥600 mm, espesor 0,5-1 mm, sin elaboración ulterior, y cumple la descripción de la partida 7219 y de la subpartida 721933. Códigos adyacentes como 721932 (¿espesor 0,5-1 mm? En realidad, ¿721932 es 0,5-1 mm? Verificar: ¿721932 es espesor 0,5-1 mm? Normalmente 721932 es 0,5-1 mm, ¿721933 es 1-3 mm? Pero según el código HS, ¿721933 es 0,5-1 mm? Confirmar: 721931 espesor ≥4,75 mm, 721932 espesor 3-4,75 mm, 721933 espesor 1-3 mm, 721934 espesor 0,5-1 mm, 721935 espesor <0,5 mm. Por lo tanto, 721933 corresponde a bandas de acero inoxidable laminadas en frío de espesor 1-3 mm. Dado que el usuario indica 721933, debe respetarse.

📝 Elementos de declaración

Nombre de la mercancía
Nombre declarado de la mercancía, por ejemplo, «banda de acero inoxidable laminada en frío»
⚠️ Escribir solo «banda de acero inoxidable» sin indicar laminado en frío
Material
Grado y composición del acero inoxidable, como 304, 316L, etc.
⚠️ No indicar el grado específico o la composición
Especificaciones
Espesor, anchura, longitud (para rollos puede indicarse diámetro interior y exterior)
⚠️ Omitir la unidad de espesor o anchura
Estado de elaboración
Laminado en frío, recocido, decapado, pulido, etc.
⚠️ No indicar si ha sido sometido a elaboración ulterior
Uso
Por ejemplo, para utensilios de cocina, piezas de automóvil, decoración arquitectónica, etc.
⚠️ Descripción del uso demasiado general
Marca
Fabricante o marca
⚠️ No proporcionar información de marca
Modelo
Modelo del producto o número de pedido
⚠️ Confundir modelo con material
Ejemplo:
Nombre de la mercancía: banda de acero inoxidable laminada en frío; Material: 304; Especificaciones: espesor 1,2 mm, anchura 1219 mm, rollo; Estado de elaboración: laminado en frío, recocido, decapado; Uso: para fabricación de utensilios de cocina; Marca: TISCO; Modelo: 304-2B.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base de clasificación: 1) material de acero inoxidable; 2) anchura ≥600 mm; 3) laminado en frío y sin elaboración ulterior; 4) espesor entre 1-3 mm (721933). Deben verificarse las notas de subpartida del Arancel y las decisiones de clasificación aduanera.
Códigos confundidos:
721932 - Banda de acero inoxidable laminada en frío
Espesor 3-4,75 mm, diferente del rango de espesor de 721933
721934 - Banda de acero inoxidable laminada en frío
Espesor 0,5-1 mm, diferente del rango de espesor de 721933
721935 - Banda de acero inoxidable laminada en frío
Espesor <0,5 mm, diferente del rango de espesor de 721933
722020 - Banda de acero inoxidable laminada en frío
Anchura <600 mm, corresponde a banda estrecha, se clasifica en 7220
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cómo consultar el tipo impositivo de importación del 721933?
A: Puede consultarse en el sitio web de la Administración General de Aduanas o utilizando el Arancel de Importación y Exportación de la República Popular China; los tipos impositivos se ajustan según las políticas, por lo que se recomienda utilizar la versión más reciente.
Q: ¿Cuál es la diferencia entre 721933 y 721934?
A: La principal diferencia es el espesor: 721933 tiene espesor de 1-3 mm y 721934 tiene espesor de 0,5-1 mm. Al declarar debe medirse con precisión el espesor.
Q: Si la banda de acero inoxidable laminada en frío tiene exactamente 600 mm de anchura, ¿en qué código se clasifica?
A: La anchura ≥600 mm se clasifica en 7219; la anchura <600 mm se clasifica en 7220. 600 mm cumple con 7219.
Q: Si ha sido sometida a pulido, ¿sigue clasificándose en 721933?
A: Si solo ha sido laminada en frío, recocida y decapada, sigue clasificándose en 721933; si además ha sido pulida, revestida, etc., podría clasificarse en otra partida.
Q: ¿Es aceptable escribir «acero inoxidable» como material al declarar?
A: Se recomienda indicar el grado específico, como 304 o 316, para que la aduana pueda confirmar la clasificación.
Q: ¿Cuál es la devolución de impuestos a la exportación del 721933?
A: El tipo de devolución de impuestos a la exportación debe consultarse según la política más reciente; puede variar en distintos períodos, por lo que se recomienda consultar a la autoridad fiscal o aduanera local.
Q: ¿Cómo determinar si se trata de «elaboración ulterior»?
A: La elaboración ulterior incluye pulido, revestimiento, corte y conformado, etc.; el recocido y el decapado posteriores al laminado en frío no se consideran elaboración ulterior.
Q: ¿Qué documentos se requieren para importar bandas de acero inoxidable laminadas en frío?
A: Normalmente se requieren contrato, factura, lista de empaque, conocimiento de embarque, certificado de origen, etc., según los requisitos aduaneros específicos.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.