Código HS: 190240
Cuscús
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📋 Estructura

Capítulo
El Capítulo 19 abarca preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche y productos de pastelería. Incluye específicamente extracto de malta, pastas alimenticias, cuscús, productos de panadería, etc. Este capítulo no incluye cereales para consumo directo (Capítulo 10), harinas de cereales de un solo ingrediente (Capítulo 11) ni pasteles rellenos (subdivididos dentro del Capítulo 19). La característica principal son las preparaciones a base de cereales sometidas a procesamiento profundo, generalmente listas para consumo directo o cocción simple.
Partida
La partida 1902 abarca pastas alimenticias, ya sea cocidas o rellenas, o preparadas de otra forma, como espagueti, macarrones, fideos, lasañas, ñoquis, cuscús, etc. Sin embargo, la partida 1902 no incluye productos de panadería rellenos (partida 1905) ni granos de cereales crudos (Capítulo 10). El cuscús, como gránulos vaporizados elaborados a partir de sémola de trigo duro, es un producto típico de la categoría de pastas alimenticias.
Desglose
Los primeros 2 dígitos "19" representan el Capítulo 19, es decir, preparaciones a base de cereales, harinas, almidones o leche; productos de pastelería. Los dígitos 3-4 "02" representan la partida 1902, es decir, pastas alimenticias, ya sea cocidas o rellenas, o preparadas de otra forma. Los dígitos 5-6 "40" representan la subpartida 1902.40, que se refiere específicamente al cuscús, ya sea precocido al vapor o precocido. Esta subpartida se enumeró por separado en la versión HS 2017; anteriormente, el cuscús se clasificaba en 1902.30 u otras subpartidas de pastas alimenticias.
Base de clasificación
El cuscús se elabora a partir de sémola de trigo duro mediante amasado con agua y vaporización, lo que lo convierte en una preparación de pasta alimenticia, y no en harina de cereales simple o cereales sin procesar. No cumple con las definiciones del Capítulo 10 (cereales) o del Capítulo 11 (productos de la industria molinera), ni pertenece a los productos de panadería del Capítulo 19 (1905). Por lo tanto, se clasifica en 1902.40, específicamente para cuscús, distinguiéndose de los fideos comunes (1902.30).

📝 Elementos de declaración

Nombre del producto
Nombre del producto declarado en chino y en idioma extranjero, que debe coincidir con la mercancía real, por ejemplo, "Cuscús (Couscous)".
⚠️ Declararlo erróneamente como "mijo" o "sémola", lo que provoca una clasificación incorrecta.
Composición
Indicar las materias primas principales, como sémola de trigo duro, agua, y si se añaden otros ingredientes como sal, aceite, etc.
⚠️ Escribir solo "harina de trigo", sin distinguir entre sémola y harina fina.
Proceso de elaboración
Describir brevemente el método de procesamiento, como "vaporizado, secado, amasado en gránulos", y si es precocido al vapor o precocido.
⚠️ Omitir el estado de "precocido al vapor" o "precocido", lo que afecta la determinación de la subpartida.
Estado
Indicar si está cocido, relleno o listo para consumir, por ejemplo, "no cocido, requiere cocción antes de consumir".
⚠️ Declarar erróneamente cuscús listo para consumir como no cocido.
Especificaciones de envasado
Indicar envase para venta al por menor o a granel, por ejemplo, "500 g/bolsa, envase para venta al por menor".
⚠️ No indicar envase para venta al por menor, lo que puede afectar la aplicación de la tasa arancelaria.
Marca
Declarar el nombre de la marca; si no tiene, indicar "ninguna".
⚠️ Confundir la marca con el fabricante.
Fecha de producción/Vida útil
Completar según la realidad, para inspección aduanera y control de seguridad alimentaria.
⚠️ Formato de fecha incorrecto o ausente.
Ejemplo:
Nombre del producto: Cuscús (Couscous); Composición: sémola de trigo duro (98%), agua (2%); Proceso de elaboración: vaporizado, secado, amasado en gránulos, no precocido; Estado: no cocido, requiere cocción antes de consumir; Especificaciones de envasado: 500 g/bolsa, envase para venta al por menor; Marca: XYZ; Fecha de producción: 2025-01-01; Vida útil: 24 meses.
Errores comunes:

🎯 Lógica de clasificación

Base
Base principal de clasificación: el cuscús está elaborado a partir de sémola de trigo duro, sometido a vaporización y amasado en gránulos, y constituye una preparación de pasta alimenticia. Según las Notas Explicativas del SA, la partida 1902 incluye pastas alimenticias, ya sean cocidas o rellenas. La subpartida 1902.40 se refiere específicamente al cuscús, ya sea precocido al vapor o precocido. Por lo tanto, siempre que el producto cumpla con la definición de cuscús (gránulos vaporizados de sémola de trigo duro), se clasifica en 1902.40, y no en 1902.30 (otras pastas alimenticias) o 1904 (productos de cereales inflados).
Códigos confundidos:
190230 - Otras pastas alimenticias
1902.30 abarca otras pastas alimenticias no especificadas, como fideos comunes, macarrones. El cuscús tiene una subpartida específica 1902.40, que debe aplicarse prioritariamente, y no 1902.30.
190430 - Productos de cereales inflados o tostados
1904.30 corresponde a cereales inflados o tostados, como copos de desayuno. El cuscús son gránulos vaporizados, no inflados ni tostados, por lo que se clasifica en 1902.40.
110311 - Sémola y harina de trigo
1103.11 corresponde a sémola de cereales sin procesar; el cuscús ya ha sido vaporizado y amasado, es una preparación de pasta alimenticia, fuera del ámbito del Capítulo 11.
190120 - Mezclas para preparar pastas alimenticias
1901.20 corresponde a mezclas para pastas alimenticias; el cuscús es una pasta alimenticia terminada, no una mezcla, por lo que se clasifica en 1902.40.
Autoverificación:

❓ Preguntas frecuentes

Q: ¿Cuál es la diferencia entre el cuscús y el mijo común? ¿Por qué se clasifican de manera diferente?
A: El cuscús es una pasta alimenticia elaborada a partir de sémola de trigo duro, mientras que el mijo es un cereal (Capítulo 10). El cuscús ha sido vaporizado y amasado, es una preparación de pasta alimenticia, se clasifica en 1902.40; el mijo no está procesado, se clasifica en el Capítulo 10. Ambos difieren en materia prima, proceso y uso.
Q: ¿Existe diferencia de clasificación entre el cuscús precocido al vapor y el cuscús común?
A: No hay diferencia. La subpartida 1902.40 abarca todo el cuscús, ya sea precocido al vapor o precocido. Sin embargo, al declarar se debe indicar verazmente el estado para facilitar la verificación aduanera.
Q: Si al cuscús se le añaden condimentos, ¿sigue clasificándose en 1902.40?
A: Si los condimentos añadidos no modifican sus características esenciales, sigue clasificándose en 1902.40. Pero si se somete a un procesamiento profundo y se convierte en una comida lista para consumir, podría clasificarse en el Capítulo 16 o 21. Se recomienda determinar según la composición y el proceso.
Q: ¿Cómo consultar la tasa arancelaria de importación del cuscús?
A: La tasa varía según el país, los acuerdos comerciales y el origen. Se puede obtener la tasa más reciente a través del sitio web de la administración aduanera, plataformas de consulta de códigos HS o consultando a un agente de aduanas. Tenga en cuenta que los acuerdos de libre comercio pueden aplicar tasas preferenciales.
Q: ¿Cuál es el error de clasificación más común al declarar cuscús en aduana?
A: El más común es clasificarlo erróneamente en 1902.30 (otras pastas alimenticias) o 1103.11 (sémola de trigo). Se debe enfatizar su proceso de vaporización y amasado y su naturaleza de pasta alimenticia para asegurar la clasificación en 1902.40.
Q: Para la venta de cuscús mediante comercio electrónico transfronterizo, ¿hay requisitos especiales de declaración aduanera?
A: El comercio electrónico transfronterizo requiere proporcionar elementos de declaración completos, incluidos composición, proceso, estado, etc. Se debe indicar el envase para venta al por menor y cumplir con las normas de seguridad alimentaria del país importador. Se recomienda confirmar con antelación el código HS y las condiciones de regulación.
Q: ¿El cuscús se considera un producto de trigo y requiere cuota o licencia?
A: El cuscús, como preparación de pasta alimenticia, generalmente no requiere cuota de trigo, pero debe cumplir con las regulaciones de seguridad alimentaria. Las condiciones específicas de regulación varían según el país; se recomienda consultar las normas aduaneras del país importador.
Q: Si el cuscús se importa a granel, ¿cambia la clasificación?
A: La clasificación no cambia, sigue siendo 1902.40. Pero la importación a granel puede afectar la tasa arancelaria o los requisitos de regulación; al declarar se debe indicar la especificación de envasado.
⚠️ Aviso legal: La clasificación del código HS, los elementos de declaración, las tasas arancelarias y las condiciones regulatorias en esta página son solo para referencia y no constituyen asesoramiento legal. Las tasas y regulaciones están sujetas a cambios; prevalecerán los anuncios más recientes de la Administración General de Aduanas. Consulte a agentes aduaneros profesionales antes de importar/exportar.